{"id":101656,"date":"2020-05-25T16:11:03","date_gmt":"2020-05-25T20:11:03","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=101656"},"modified":"2020-05-25T16:11:03","modified_gmt":"2020-05-25T20:11:03","slug":"jce-aplica-sentencia-tsa-y-establece-orden-de-los-partidos-para-elecciones-del-5-de-julio-de-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/05\/25\/jce-aplica-sentencia-tsa-y-establece-orden-de-los-partidos-para-elecciones-del-5-de-julio-de-2020\/","title":{"rendered":"JCE aplica Sentencia TSA y establece orden de los partidos para elecciones del 5 de julio de 2020"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-101657 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/image_content_7414792_20161031110430.jpg\" alt=\"\" width=\"491\" height=\"315\" \/>Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n, aprob\u00f3 este lunes la Resoluci\u00f3n 51-2020 que establece el orden de los partidos en las boletas de las Elecciones Extraordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones del 5 julio de 2020, por aplicaci\u00f3n de la Sentencia N\u00fam. 0030-03-2020-SSEN-00090, emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA), de fecha 22 de mayo de 2020.<\/p>\n<p>En tal sentido, la Resoluci\u00f3n dispuso que, de ahora en adelante, el criterio v\u00e1lido que determina el orden num\u00e9rico que los partidos ocupar\u00e1n en la boleta electoral de las elecciones 5 de julio de 2020 sea resultado de los votos v\u00e1lidos obtenidos de manera individual por cada partido pol\u00edtico en los niveles presidencial, congresual y municipal de las pasadas elecciones ordinarias generales que fueron celebradas el 15 de mayo del a\u00f1o 2016, tal y como lo estableci\u00f3 la Resoluci\u00f3n 34-2019, de fecha de 10 de diciembre de 2019, cuya suspensi\u00f3n finaliz\u00f3 con la Sentencia N\u00fam. 0030-03-2020-SSEN-00090 .<\/p>\n<p>Con la aplicaci\u00f3n de dicho criterio, el orden de los partidos para las elecciones del 5 de julio de 2020 es el siguiente:<\/p>\n<p>Asimismo, la indicada Resoluci\u00f3n dej\u00f3 sin efecto pura y simplemente la Resoluci\u00f3n No. 49-2020, dictada por el Pleno de la JCE en fecha 15 del mes de mayo del a\u00f1o 2020, por el imperio y los efectos jur\u00eddicos de la mencionada sentencia.<\/p>\n<p>La referida Sentencia del TSA rechaz\u00f3 el recurso contencioso administrativo incoado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) contra las Resoluciones N0. 34\/2019 y 35\/2019, dictadas por la JCE en fecha 10 y 17 de diciembre del a\u00f1o 2019, respectivamente, por considerar que \u201cdichas decisiones se encuentran debidamente fundamentadas en derecho y que se cumpli\u00f3 con el procedimiento de ley correspondiente\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n, aprob\u00f3 este lunes la Resoluci\u00f3n 51-2020 que establece el orden de los partidos en las boletas de las Elecciones Extraordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones del 5 julio de 2020, por aplicaci\u00f3n de la Sentencia N\u00fam. 0030-03-2020-SSEN-00090, emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA), de fecha 22 de mayo de 2020. En tal sentido, la Resoluci\u00f3n dispuso que, de ahora en adelante, el criterio v\u00e1lido que determina el orden num\u00e9rico que los partidos ocupar\u00e1n en la boleta electoral de las elecciones 5 de julio de 2020 sea resultado de los votos v\u00e1lidos obtenidos de manera individual por cada partido pol\u00edtico en los niveles presidencial, congresual y municipal de las pasadas elecciones ordinarias generales que fueron celebradas el 15 de mayo del a\u00f1o 2016, tal y como lo estableci\u00f3 la Resoluci\u00f3n 34-2019, de fecha de 10 de diciembre de 2019, cuya suspensi\u00f3n finaliz\u00f3 con la Sentencia N\u00fam. 0030-03-2020-SSEN-00090 . Con la aplicaci\u00f3n de dicho criterio, el orden de los partidos para las elecciones del 5 de julio de 2020 es el siguiente: Asimismo, la indicada Resoluci\u00f3n dej\u00f3 sin efecto pura y simplemente la Resoluci\u00f3n No. 49-2020, dictada por el Pleno de la JCE en fecha 15 del mes de mayo del a\u00f1o 2020, por el imperio y los efectos jur\u00eddicos de la mencionada sentencia. La referida Sentencia del TSA rechaz\u00f3 el recurso contencioso administrativo incoado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) contra las Resoluciones N0. 34\/2019 y 35\/2019, dictadas por la JCE en fecha 10 y 17 de diciembre del a\u00f1o 2019, respectivamente, por considerar que \u201cdichas decisiones se encuentran debidamente fundamentadas en derecho y que se cumpli\u00f3 con el procedimiento de ley correspondiente\u201d.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":101657,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[15],"tags":[],"class_list":["post-101656","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/101656","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=101656"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/101656\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":101658,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/101656\/revisions\/101658"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/101657"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=101656"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=101656"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=101656"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}