{"id":102452,"date":"2020-06-26T20:48:24","date_gmt":"2020-06-27T00:48:24","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=102452"},"modified":"2020-06-26T20:48:24","modified_gmt":"2020-06-27T00:48:24","slug":"pleno-jce-aprueba-reglamento-sobre-la-distribucion-de-la-contribucion-economica-extraordinaria-del-estado-a-los-partidos-politicos-para-elecciones-del-5-de-julio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/06\/26\/pleno-jce-aprueba-reglamento-sobre-la-distribucion-de-la-contribucion-economica-extraordinaria-del-estado-a-los-partidos-politicos-para-elecciones-del-5-de-julio\/","title":{"rendered":"Pleno JCE aprueba Reglamento sobre la distribuci\u00f3n de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica extraordinaria del Estado a los partidos pol\u00edticos para elecciones del 5 de julio"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-102454 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/06\/junta-1-800x450.jpg\" alt=\"\" width=\"240\" height=\"135\" \/>Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n, aprob\u00f3 este viernes el Reglamento sobre la distribuci\u00f3n de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica extraordinaria del Estado a los partidos pol\u00edticos para las elecciones del 5 de julio de 2020, en el cual ratific\u00f3 su criterio adoptado para la asignaci\u00f3n del orden de los partidos en las boletas electorales, a los fines de la distribuci\u00f3n extraordinaria de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado.<\/p>\n<p>En tal sentido, la aprobaci\u00f3n de dicho Reglamento se produjo luego de que, en fecha 23 de junio del a\u00f1o 2020, fue promulgada la Ley No. 68-20, mediante la cual se aprueba la asignaci\u00f3n extraordinaria de recursos a los partidos pol\u00edticos para cubrir los aspectos log\u00edsticos de las venideras elecciones del 5 de julio de 2020, por la suma de mil millones de pesos dominicanos con 00\/100 (RD$l,000,000,000.00), y de cuyo valor se beneficiar\u00e1n aquellos partidos pol\u00edticos que participar\u00e1n en dicho proceso.<\/p>\n<p>En virtud de lo que establece el Art\u00edculo 68 de la Ley de partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos, la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica extraordinaria del Estado ser\u00e1 distribuida de la manera siguiente:<\/p>\n<p>1. El ochenta por ciento (80%) equivalente al monto de ochocientos millones de pesos dominicanos con 00\/100 (RD$800,000,000.00), que ser\u00e1 distribuido en partes iguales entre los partidos pol\u00edticos que obtuvieron m\u00e1s del cinco por ciento (5%) de la totalidad de los votos v\u00e1lidos emitidos en esos comicios.<\/p>\n<p>2. El doce por ciento (12%) equivalente a la suma de ciento dieciocho millones seiscientos sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis Pesos dominicanos con 16\/100 (RD$118,664,586.18), que ser\u00e1 distribuido en partes iguales entre los que hayan alcanzado m\u00e1s del uno por ciento (1 %) y menos del cinco por ciento (5%) de la totalidad de los votos v\u00e1lidos emitidos en esos comicios.<\/p>\n<p>3. El ocho por ciento (8%) equivalente a la suma de ochenta y un millones trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos trece pesos dominicanos con 80\/00 (RD$81,335,413.80), que ser\u00e1 distribuido en partes iguales entre los que hayan alcanzado entre cero punto<\/p>\n<p>cero uno por ciento (0.01 %) y uno por ciento (1%) de la totalidad de los votos v\u00e1lidos emitidos en esos comicios.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n, aprob\u00f3 este viernes el Reglamento sobre la distribuci\u00f3n de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica extraordinaria del Estado a los partidos pol\u00edticos para las elecciones del 5 de julio de 2020, en el cual ratific\u00f3 su criterio adoptado para la asignaci\u00f3n del orden de los partidos en las boletas electorales, a los fines de la distribuci\u00f3n extraordinaria de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado. En tal sentido, la aprobaci\u00f3n de dicho Reglamento se produjo luego de que, en fecha 23 de junio del a\u00f1o 2020, fue promulgada la Ley No. 68-20, mediante la cual se aprueba la asignaci\u00f3n extraordinaria de recursos a los partidos pol\u00edticos para cubrir los aspectos log\u00edsticos de las venideras elecciones del 5 de julio de 2020, por la suma de mil millones de pesos dominicanos con 00\/100 (RD$l,000,000,000.00), y de cuyo valor se beneficiar\u00e1n aquellos partidos pol\u00edticos que participar\u00e1n en dicho proceso. En virtud de lo que establece el Art\u00edculo 68 de la Ley de partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos, la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica extraordinaria del Estado ser\u00e1 distribuida de la manera siguiente: 1. El ochenta por ciento (80%) equivalente al monto de ochocientos millones de pesos dominicanos con 00\/100 (RD$800,000,000.00), que ser\u00e1 distribuido en partes iguales entre los partidos pol\u00edticos que obtuvieron m\u00e1s del cinco por ciento (5%) de la totalidad de los votos v\u00e1lidos emitidos en esos comicios. 2. El doce por ciento (12%) equivalente a la suma de ciento dieciocho millones seiscientos sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis Pesos dominicanos con 16\/100 (RD$118,664,586.18), que ser\u00e1 distribuido en partes iguales entre los que hayan alcanzado m\u00e1s del uno por ciento (1 %) y menos del cinco por ciento (5%) de la totalidad de los votos v\u00e1lidos emitidos en esos comicios. 3. El ocho por ciento (8%) equivalente a la suma de ochenta y un millones trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos trece pesos dominicanos con 80\/00 (RD$81,335,413.80), que ser\u00e1 distribuido en partes iguales entre los que hayan alcanzado entre cero punto cero uno por ciento (0.01 %) y uno por ciento (1%) de la totalidad de los votos v\u00e1lidos emitidos en esos comicios.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-102452","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politic"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/102452","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=102452"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/102452\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":102455,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/102452\/revisions\/102455"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=102452"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=102452"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=102452"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}