{"id":103145,"date":"2020-07-14T19:49:45","date_gmt":"2020-07-14T23:49:45","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=103145"},"modified":"2020-07-14T19:49:45","modified_gmt":"2020-07-14T23:49:45","slug":"participacion-ciudadana-interviene-ante-tsa-en-recurso-contencioso-contra-concurso-interno-eleccion-miembros-del-mp","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/07\/14\/participacion-ciudadana-interviene-ante-tsa-en-recurso-contencioso-contra-concurso-interno-eleccion-miembros-del-mp\/","title":{"rendered":"Participaci\u00f3n Ciudadana interviene ante TSA en recurso contencioso contra concurso interno elecci\u00f3n miembros del MP"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-103146 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/836f929d-participaci\u00f3n-ciudadana-800x688.jpg\" alt=\"\" width=\"223\" height=\"192\" \/>Rep\u00fablica Dominicana.\u00a0El movimiento c\u00edvico, Participaci\u00f3n Ciudadana,\u00a0deposit\u00f3 un escrito de intervenci\u00f3n\u00a0voluntaria en el recurso contencioso administrativo interpuesto por varios fiscales\u00a0el pasado mes de febrero\u00a0por ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), procurando\u00a0la nulidad del concurso interno CIT-01-2020 del Ministerio P\u00fablico, mediante el cual se escoger\u00edan los titulares\u00a0de procuradur\u00edas de cortes regionales, procuradur\u00edas especializadas, fiscal\u00edas y abogados del Estado.<\/p>\n<p>\u201cSolicitamos al\u00a0TSA declarar nulo el concurso ya que el mismo viola principios\u00a0fundamentales\u00a0que rigen\u00a0la Administraci\u00f3n\u00a0y es\u00a0contrario a la Constituci\u00f3n dominicana,\u00a0a la\u00a0Ley No. 133-11 Org\u00e1nica del Ministerio P\u00fablico y\u00a0al\u00a0Reglamento de Carrera del Ministerio P\u00fablico.\u00a0 Entre las irregularidades que presenta el concurso\u00a0se cuenta que el mismo\u00a0fue convocado sin previamente haberse establecido los escalafones correspondientes dentro del Ministerio P\u00fablico y que,\u00a0de acuerdo a la Ley, son indispensables previo a la designaci\u00f3n de cualquier titular, movimiento de miembros y nombramiento de sustitutos. Sin el establecimiento de estos escalafones no se garantiza el respeto a la carrera de los miembros del Ministerio P\u00fablico afectando el nombramiento de estos y comprometiendo su independencia y seriedad\u201d, expres\u00f3 el Consejo Nacional de la organizaci\u00f3n de la sociedad civil.<\/p>\n<p>En un comunicado de prensa, Participaci\u00f3n Ciudadana indic\u00f3 que el concurso tambi\u00e9n fue realizado sin\u00a0respeto al principio de\u00a0debida publicidad,\u00a0sin\u00a0transparencia y con\u00a0un censurable hermetismo,\u00a0ya que ni los concursantes ni la ciudadan\u00eda en general pueden conocer qui\u00e9nes fueron los aspirantes a los diferentes puestos.<\/p>\n<p>\u201cAsimismo, y como forma de procurar un nombramiento discrecional de los nuevos miembros, el concurso viola el debido proceso y la tutela judicial efectiva al otorgarle mayor puntuaci\u00f3n en el proceso de evaluaci\u00f3n a las etapas m\u00e1s discrecionales\u00a0del mismo,\u00a0como son las entrevistas, en lugar de guiarse -en base al principio constitucional de la buena administraci\u00f3n-, por las mejores pr\u00e1cticas que privilegian los m\u00e9ritos, competencias,\u00a0la experiencia y trayectoria de los aspirantes. Las bases del concurso igualmente vulneran el debido proceso, entre otras cosas, al impedir\u00a0que los concursantes puedan recurrir cualquier decisi\u00f3n en su contra\u201d, agregaron.<\/p>\n<p>Con su intervenci\u00f3n, Participaci\u00f3n Ciudadana busca que este proceso irregular sea declarado nulo y consecuentemente se frene el intento de secuestro y control del Ministerio P\u00fablico que esta entidad ha venido denunciando.<\/p>\n<p>En\u00a0el recurso de intervenci\u00f3n voluntaria ante el Tribunal Superior Administrativo contra el concurso interno de elecci\u00f3n de miembros del Ministerio P\u00fablico, Participaci\u00f3n Ciudadana tiene como abogados apoderados a la Dra.\u00a0Fabiola Medina Garnes, el Dr Jes\u00fas Francos Rodr\u00edguez y la Dra. Melissa Sili\u00e9 Ruiz.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Rep\u00fablica Dominicana.\u00a0El movimiento c\u00edvico, Participaci\u00f3n Ciudadana,\u00a0deposit\u00f3 un escrito de intervenci\u00f3n\u00a0voluntaria en el recurso contencioso administrativo interpuesto por varios fiscales\u00a0el pasado mes de febrero\u00a0por ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), procurando\u00a0la nulidad del concurso interno CIT-01-2020 del Ministerio P\u00fablico, mediante el cual se escoger\u00edan los titulares\u00a0de procuradur\u00edas de cortes regionales, procuradur\u00edas especializadas, fiscal\u00edas y abogados del Estado. \u201cSolicitamos al\u00a0TSA declarar nulo el concurso ya que el mismo viola principios\u00a0fundamentales\u00a0que rigen\u00a0la Administraci\u00f3n\u00a0y es\u00a0contrario a la Constituci\u00f3n dominicana,\u00a0a la\u00a0Ley No. 133-11 Org\u00e1nica del Ministerio P\u00fablico y\u00a0al\u00a0Reglamento de Carrera del Ministerio P\u00fablico.\u00a0 Entre las irregularidades que presenta el concurso\u00a0se cuenta que el mismo\u00a0fue convocado sin previamente haberse establecido los escalafones correspondientes dentro del Ministerio P\u00fablico y que,\u00a0de acuerdo a la Ley, son indispensables previo a la designaci\u00f3n de cualquier titular, movimiento de miembros y nombramiento de sustitutos. 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En un comunicado de prensa, Participaci\u00f3n Ciudadana indic\u00f3 que el concurso tambi\u00e9n fue realizado sin\u00a0respeto al principio de\u00a0debida publicidad,\u00a0sin\u00a0transparencia y con\u00a0un censurable hermetismo,\u00a0ya que ni los concursantes ni la ciudadan\u00eda en general pueden conocer qui\u00e9nes fueron los aspirantes a los diferentes puestos. \u201cAsimismo, y como forma de procurar un nombramiento discrecional de los nuevos miembros, el concurso viola el debido proceso y la tutela judicial efectiva al otorgarle mayor puntuaci\u00f3n en el proceso de evaluaci\u00f3n a las etapas m\u00e1s discrecionales\u00a0del mismo,\u00a0como son las entrevistas, en lugar de guiarse -en base al principio constitucional de la buena administraci\u00f3n-, por las mejores pr\u00e1cticas que privilegian los m\u00e9ritos, competencias,\u00a0la experiencia y trayectoria de los aspirantes. 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