{"id":105536,"date":"2020-08-12T16:30:59","date_gmt":"2020-08-12T20:30:59","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=105536"},"modified":"2020-08-12T16:30:59","modified_gmt":"2020-08-12T20:30:59","slug":"consejo-del-poder-judicial-destituye-a-tres-jueces-por-faltas-disciplinarias-graves","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/08\/12\/consejo-del-poder-judicial-destituye-a-tres-jueces-por-faltas-disciplinarias-graves\/","title":{"rendered":"Consejo del Poder Judicial destituye a tres jueces  por faltas disciplinarias graves"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-105537 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/poder-judicial-1-e1586392102600-800x416.jpg\" alt=\"\" width=\"315\" height=\"164\" \/>\u00a0SANTO DOMINGO (RD).- El Consejo del Poder Judicial destituy\u00f3 a tres jueces que cometieron faltas graves, dos de ellos por pactar con personas vinculadas a un caso de narcotr\u00e1fico y uno por actuar con parcialidad a favor de los demandantes en un proceso contra la distribuidora de electricidad Edesur.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los destituidos por ser declarados disciplinariamente responsables de comportamientos alejados de sus deberes son Manuel del Socorro P\u00e9rez Garc\u00eda y Saulo Ysabel D\u00edaz, de la C\u00e1mara Penal de la Corte de Apelaci\u00f3n de Santo Domingo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, Robert Antonio de Aza Batista, juez de la C\u00e1mara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de San Juan de la Maguana.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n con respecto a P\u00e9rez Garc\u00eda y D\u00edaz responde a la investigaci\u00f3n abierta en 2017 en relaci\u00f3n con la sentencia que ordena un nuevo juicio a los imputados Winston Rizik y Nelson Rizik, procesados en Monte Plata por narcotr\u00e1fico y lavado de activos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La acusaci\u00f3n indicaba que P\u00e9rez Garc\u00eda, entonces presidente de la corte, sostuvo reuni\u00f3n con un emisario a fin de convenir cu\u00e1l ser\u00eda el resultado de la decisi\u00f3n que se iba a adoptar y que ese intermediario sostuvo diversos encuentros con uno de los imputados, interacci\u00f3n en la que hubo acuerdos e inclusive entrega de suma de dinero.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El expediente disciplinario indica que D\u00edaz realiz\u00f3 contacto con personas allegadas al proceso y a las partes a fin de producir un voto disidente en torno a favorecer la libertad de los imputados, acci\u00f3n por la que se aprovech\u00f3 de determinadas partidas econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La sanci\u00f3n establece que los investigados violaron el principio de legalidad, establecido en la Ley de Organizaci\u00f3n Judicial, 821, y sus modificaciones, y en el art\u00edculo 66, numerales 7 y 14, de la Ley 327, sobre Carrera Judicial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, los principios de objetividad y equidad, imparcialidad administrativa y judicial, prudencia, responsabilidad y transparencia del C\u00f3digo de Comportamiento \u00c9tico del Poder Judicial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En cambio, De Aza Batista fue hallado responsable por parcialidad a favor de 37 personas beneficiadas con una sentencia que condenaba a Edesur al pago de dos millones de pesos por da\u00f1os y perjuicio, por tirar una l\u00ednea de cables por terrenos de los demandantes, cuya propiedad se pretendi\u00f3 probar con documentos firmados por un estudiante que fingi\u00f3 ser agrimensor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Consejo determin\u00f3 que durante el conocimiento del caso, el disciplinado mantuvo contactos tanto con el abogado de las partes, as\u00ed como con el representante de todos los demandantes y testigo principal, con unas 30 llamadas registradas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En su Resoluci\u00f3n Disciplinaria 004-2020 el consejo hall\u00f3 al juez responsable de violentar los art\u00edculos 41, 1, 3, 60, 61 y 66 numeral 2 de la Ley 327-98, sobre Carrera Judicial, y los art\u00edculos 147 numerales 1, 14, 15 y 18, y 149 numeral 2 de su Reglamento de Aplicaci\u00f3n, as\u00ed como el principio de imparcialidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En ese caso, tambi\u00e9n declara no responsables disciplinariamente a los jueces Milton Castillo, Ernesto Ram\u00edrez y Loyda de la Rosa, quienes conocieron la demanda en la Corte de Apelaci\u00f3n de San Juan de la Maguana; no obstante los remite por ante el Comit\u00e9 de Comportamiento \u00c9tico, por haber emitido opiniones \u201cque no son propias de un juzgador\u201d, en torno a la acusaci\u00f3n de que hab\u00eda hecho Edesur al juez de primera instancia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0SANTO DOMINGO (RD).- El Consejo del Poder Judicial destituy\u00f3 a tres jueces que cometieron faltas graves, dos de ellos por pactar con personas vinculadas a un caso de narcotr\u00e1fico y uno por actuar con parcialidad a favor de los demandantes en un proceso contra la distribuidora de electricidad Edesur. &nbsp; Los destituidos por ser declarados disciplinariamente responsables de comportamientos alejados de sus deberes son Manuel del Socorro P\u00e9rez Garc\u00eda y Saulo Ysabel D\u00edaz, de la C\u00e1mara Penal de la Corte de Apelaci\u00f3n de Santo Domingo. &nbsp; Adem\u00e1s, Robert Antonio de Aza Batista, juez de la C\u00e1mara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de San Juan de la Maguana. &nbsp; La decisi\u00f3n con respecto a P\u00e9rez Garc\u00eda y D\u00edaz responde a la investigaci\u00f3n abierta en 2017 en relaci\u00f3n con la sentencia que ordena un nuevo juicio a los imputados Winston Rizik y Nelson Rizik, procesados en Monte Plata por narcotr\u00e1fico y lavado de activos. &nbsp; La acusaci\u00f3n indicaba que P\u00e9rez Garc\u00eda, entonces presidente de la corte, sostuvo reuni\u00f3n con un emisario a fin de convenir cu\u00e1l ser\u00eda el resultado de la decisi\u00f3n que se iba a adoptar y que ese intermediario sostuvo diversos encuentros con uno de los imputados, interacci\u00f3n en la que hubo acuerdos e inclusive entrega de suma de dinero. &nbsp; El expediente disciplinario indica que D\u00edaz realiz\u00f3 contacto con personas allegadas al proceso y a las partes a fin de producir un voto disidente en torno a favorecer la libertad de los imputados, acci\u00f3n por la que se aprovech\u00f3 de determinadas partidas econ\u00f3micas. &nbsp; La sanci\u00f3n establece que los investigados violaron el principio de legalidad, establecido en la Ley de Organizaci\u00f3n Judicial, 821, y sus modificaciones, y en el art\u00edculo 66, numerales 7 y 14, de la Ley 327, sobre Carrera Judicial. &nbsp; Tambi\u00e9n, los principios de objetividad y equidad, imparcialidad administrativa y judicial, prudencia, responsabilidad y transparencia del C\u00f3digo de Comportamiento \u00c9tico del Poder Judicial. &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; En cambio, De Aza Batista fue hallado responsable por parcialidad a favor de 37 personas beneficiadas con una sentencia que condenaba a Edesur al pago de dos millones de pesos por da\u00f1os y perjuicio, por tirar una l\u00ednea de cables por terrenos de los demandantes, cuya propiedad se pretendi\u00f3 probar con documentos firmados por un estudiante que fingi\u00f3 ser agrimensor. &nbsp; El Consejo determin\u00f3 que durante el conocimiento del caso, el disciplinado mantuvo contactos tanto con el abogado de las partes, as\u00ed como con el representante de todos los demandantes y testigo principal, con unas 30 llamadas registradas. &nbsp; En su Resoluci\u00f3n Disciplinaria 004-2020 el consejo hall\u00f3 al juez responsable de violentar los art\u00edculos 41, 1, 3, 60, 61 y 66 numeral 2 de la Ley 327-98, sobre Carrera Judicial, y los art\u00edculos 147 numerales 1, 14, 15 y 18, y 149 numeral 2 de su Reglamento de Aplicaci\u00f3n, as\u00ed como el principio de imparcialidad. &nbsp; En ese caso, tambi\u00e9n declara no responsables disciplinariamente a los jueces Milton Castillo, Ernesto Ram\u00edrez y Loyda de la Rosa, quienes conocieron la demanda en la Corte de Apelaci\u00f3n de San Juan de la Maguana; no obstante los remite por ante el Comit\u00e9 de Comportamiento \u00c9tico, por haber emitido opiniones \u201cque no son propias de un juzgador\u201d, en torno a la acusaci\u00f3n de que hab\u00eda hecho Edesur al juez de primera instancia.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[20],"tags":[],"class_list":["post-105536","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-football"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105536","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=105536"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105536\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":105538,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105536\/revisions\/105538"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=105536"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=105536"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=105536"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}