{"id":105715,"date":"2020-08-13T20:17:46","date_gmt":"2020-08-14T00:17:46","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=105715"},"modified":"2020-08-13T20:17:46","modified_gmt":"2020-08-14T00:17:46","slug":"tribunal-de-estados-unidos-ratifica-fallo-contra-reclamantes-de-indemnizacion-de-us41-5-millones-por-paralizacion-proyecto-turistico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/08\/13\/tribunal-de-estados-unidos-ratifica-fallo-contra-reclamantes-de-indemnizacion-de-us41-5-millones-por-paralizacion-proyecto-turistico\/","title":{"rendered":"Tribunal de Estados Unidos ratifica fallo contra reclamantes de indemnizaci\u00f3n de US$41.5 millones por paralizaci\u00f3n proyecto tur\u00edstico"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-105716 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/300px-USSupremeCourtWestFacade.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"213\" \/>SANTO DOMINGO .- La Rep\u00fablica Dominicana obtuvo una decisi\u00f3n favorable ante la Acci\u00f3n en Nulidad de Laudo presentada por los se\u00f1ores Michael y Lisa Ballantine ante la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia, despu\u00e9s de la desestimaci\u00f3n por un Tribunal Arbitral de su reclamo de una indemnizaci\u00f3n de 41.5 millones de d\u00f3lares por la paralizaci\u00f3n de un proyecto tur\u00edstico inmobiliario que violaba las leyes ambientales del pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n la ofreci\u00f3 la Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n de Acuerdos y Tratados Internacionales (DICOEX) del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), que explic\u00f3 que la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia deneg\u00f3 la petici\u00f3n de los Ballantine de anular el Laudo y cerr\u00f3 el procedimiento. El juez estuvo de acuerdo con el argumento principal de la Rep\u00fablica Dominicana, de que la notificaci\u00f3n de los Ballantine fue entregada al Estado dominicano demasiado tarde (es decir, luego de transcurrido el plazo de los tres meses) y, por lo tanto, no conoci\u00f3 los m\u00e9ritos de la petici\u00f3n de los Ballantine.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La demanda de nulidad fue sometida a ra\u00edz del Laudo definitivo que emitiera el 3 de septiembre del 2019 el Tribunal Arbitral que conoci\u00f3 sobre el reclamo de los se\u00f1ores Ballantine, en el marco del Cap\u00edtulo 10 sobre Inversi\u00f3n del Tratado de Libre Comercio Rep\u00fablica Dominicana-Centroam\u00e9rica- Estados Unidos (DR-CAFTA). Mediante dicho laudo, el Tribunal hab\u00eda desestimado la demanda arbitral por ausencia de jurisdicci\u00f3n, evitando que el Estado dominicano pagara a los demandantes la suma de US$41.5 millones por alegados da\u00f1os directos y morales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Posteriormente, los Ballantine iniciaron una acci\u00f3n para revocar el Laudo. En particular, solicitaron ante la Corte de Distrito del Distrito de Columbia que el Laudo fuera anulado ya que, entre otras cosas, supuestamente la mayor\u00eda del Tribunal hab\u00eda ignorado la ley que el mismo Tribunal Arbitral hab\u00eda referido que era relevante para el caso y que supuestamente uno o ambos \u00e1rbitros (miembros de la mayor\u00eda), no eran imparciales, seg\u00fan detalla una nota de la Direcci\u00f3n de Comunicaciones del MICM.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n de Comercio Exterior (DICOEX), como Autoridad Nacional Coordinadora estuvo a cargo de liderar el proceso de defensa del Estado junto al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Equipo Interinstitucional estuvo conformado por Yahaira Sosa, Marcelo A. Salazar, Leidylin Contreras, Raquel de la Rosa y Mary Estefany D\u00edaz, por parte del MICM; Patricia Abreu, Rosa Otero, Johanna Montero y Claudia Adames por parte de Medio Ambiente y Flavio Dar\u00edo Espinal, Nathalie Hern\u00e1ndez y Sara Patnella por la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los abogados que actuaron en representaci\u00f3n del Estado para este caso fue la firma internacional Arnold &amp; Porter liderada por los abogados Ra\u00fal Herrera, Reeves Anderson, Mallory Silberman, Rachel Ryan y Claudia Taveras.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Comunicacio<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SANTO DOMINGO .- La Rep\u00fablica Dominicana obtuvo una decisi\u00f3n favorable ante la Acci\u00f3n en Nulidad de Laudo presentada por los se\u00f1ores Michael y Lisa Ballantine ante la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia, despu\u00e9s de la desestimaci\u00f3n por un Tribunal Arbitral de su reclamo de una indemnizaci\u00f3n de 41.5 millones de d\u00f3lares por la paralizaci\u00f3n de un proyecto tur\u00edstico inmobiliario que violaba las leyes ambientales del pa\u00eds. &nbsp; La informaci\u00f3n la ofreci\u00f3 la Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n de Acuerdos y Tratados Internacionales (DICOEX) del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), que explic\u00f3 que la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia deneg\u00f3 la petici\u00f3n de los Ballantine de anular el Laudo y cerr\u00f3 el procedimiento. El juez estuvo de acuerdo con el argumento principal de la Rep\u00fablica Dominicana, de que la notificaci\u00f3n de los Ballantine fue entregada al Estado dominicano demasiado tarde (es decir, luego de transcurrido el plazo de los tres meses) y, por lo tanto, no conoci\u00f3 los m\u00e9ritos de la petici\u00f3n de los Ballantine. &nbsp; La demanda de nulidad fue sometida a ra\u00edz del Laudo definitivo que emitiera el 3 de septiembre del 2019 el Tribunal Arbitral que conoci\u00f3 sobre el reclamo de los se\u00f1ores Ballantine, en el marco del Cap\u00edtulo 10 sobre Inversi\u00f3n del Tratado de Libre Comercio Rep\u00fablica Dominicana-Centroam\u00e9rica- Estados Unidos (DR-CAFTA). Mediante dicho laudo, el Tribunal hab\u00eda desestimado la demanda arbitral por ausencia de jurisdicci\u00f3n, evitando que el Estado dominicano pagara a los demandantes la suma de US$41.5 millones por alegados da\u00f1os directos y morales. &nbsp; Posteriormente, los Ballantine iniciaron una acci\u00f3n para revocar el Laudo. En particular, solicitaron ante la Corte de Distrito del Distrito de Columbia que el Laudo fuera anulado ya que, entre otras cosas, supuestamente la mayor\u00eda del Tribunal hab\u00eda ignorado la ley que el mismo Tribunal Arbitral hab\u00eda referido que era relevante para el caso y que supuestamente uno o ambos \u00e1rbitros (miembros de la mayor\u00eda), no eran imparciales, seg\u00fan detalla una nota de la Direcci\u00f3n de Comunicaciones del MICM. &nbsp; La Direcci\u00f3n de Comercio Exterior (DICOEX), como Autoridad Nacional Coordinadora estuvo a cargo de liderar el proceso de defensa del Estado junto al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo. &nbsp; El Equipo Interinstitucional estuvo conformado por Yahaira Sosa, Marcelo A. 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