{"id":107979,"date":"2020-09-06T14:39:22","date_gmt":"2020-09-06T18:39:22","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=107979"},"modified":"2020-09-06T14:39:22","modified_gmt":"2020-09-06T18:39:22","slug":"tribunal-constitucional-conocio-y-decidio-siete-expedientes-cinco-de-ellos-relativos-a-recurso-de-revision-constitucional-de-sentencia-de-amparo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/09\/06\/tribunal-constitucional-conocio-y-decidio-siete-expedientes-cinco-de-ellos-relativos-a-recurso-de-revision-constitucional-de-sentencia-de-amparo\/","title":{"rendered":"Tribunal Constitucional conoci\u00f3 y decidi\u00f3 siete expedientes, cinco de ellos relativos a\u00a0recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-107980 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_REUNION-PLENO-DEL-VIERNES-800x800.jpg\" alt=\"\" width=\"800\" height=\"800\" \/>SANTO DOMINGO. \u2013 El Tribunal Constitucional (TC) decidi\u00f3 esta semana siete expedientes, cinco\u00a0sobre recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo, uno sobre recurso\u00a0de casaci\u00f3n declinado por la Suprema Corte de Justicia y otro\u00a0relativo a un\u00a0recurso de revisi\u00f3n constitucional de decisi\u00f3n jurisdiccional, conocidos en sesiones celebradas de forma virtual con la participaci\u00f3n de los jueces y juezas que integran el Pleno.<\/p>\n<p>El presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, encabez\u00f3 las sesiones en las que se conocieron los expedientes\u00a0TC-05-2019-0292,\u00a0TC-05-2018-0166,\u00a0TC-05-2020-0028, TC-05-2019-0270 y TC-05-2019-0274, relativos al recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo, as\u00ed como el expediente TC-08-2012-0090 sobre recurso de casaci\u00f3n y el TC-04-2020-0017,\u00a0relativo a recurso de\u00a0revisi\u00f3n\u00a0constitucional de decisi\u00f3n jurisdiccional.<\/p>\n<p>En cuanto al expediente\u00a0TC-05-2019-0292, interpuesto por Jose\u0301 Ramo\u0301n Valbuena Valdez contra la Sentencia 271-2019-SSEN-00015, dictada por la Presidencia de la Ca\u0301mara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial de Puerto Plata el veintinueve (29) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), la decisi\u00f3n adoptada es admitir, acoger el recurso y revocar la sentencia atacada; as\u00ed como acoger la acci\u00f3n de amparo y ordenar al Ayuntamiento Municipal de Sos\u00faa la entrega de la informaci\u00f3n solicitada.<\/p>\n<p>Con respecto al expediente\u00a0TC-05-2018-0166, incoado por Alba Matos y Cristina V\u00e1squez contra la Sentencia 030-2017-SSEN-00444, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el once (11) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), lo decidido por el Tribunal Constitucional es declarar admisible el recurso, acoger y, por tanto, revocar la decisi\u00f3n recurrida.<\/p>\n<p>En el expediente\u00a0TC-05-2020-0028, interpuesto por Daryl Montes de Oca, magistrado procurador fiscal en funciones ante el Distrito Judicial de San Cristo\u0301bal, contra la Sentencia 301-2019-SSEN-00118, dictada por la Segunda Ca\u0301mara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristo\u0301bal el cuatro (4) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), se decidi\u00f3 declarar inadmisible.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al expediente\u00a0TC-05-2019-0270, incoado por Jose\u0301 Miguel G\u00f3mez Sena contra la Sentencia 0030-03-2019-SSEN-00093, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de abril de dos mil diecinueve (2019),\u00a0la decisi\u00f3n adoptada es admitir en cuanto a la forma y rechazar en cuanto al fondo.<\/p>\n<p>En lo que se refiere al expediente\u00a0TC-05-2019-0274, interpuesto por Mar\u00eda Antonia Almonte Peralta contra la Sentencia 0514-2018-SSEN-00366, dictada por la Presidencia de la Ca\u0301mara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el veinticuatro (24) de julio de dos mil dieciocho (2018),\u00a0lo decidido por el Tribunal Constitucional es acoger el recurso y revocar la decisi\u00f3n recurrida.<\/p>\n<p>En\u00a0el expediente\u00a0TC-08-2012-0090, incoado por la Empresa de Transmisi\u00f3n El\u00e9ctrica Dominicana contra la Sentencia 02-2010, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Las Matas de Farf\u00e1n el veintid\u00f3s (22) de noviembre de dos mil diez (2010),\u00a0la\u00a0decisi\u00f3n\u00a0adoptada\u00a0fue\u00a0acoger el recurso, revocar la sentencia y declarar inadmisible\u00a0la\u00a0acci\u00f3n\u00a0por\u00a0su\u00a0notoria improcedencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Finalmente, sobre el expediente TC-04-2020-0017, interpuesto por Dersilida Ambalina Patrone Ortiz contra la Sentencia 808, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el cuatro (4) de julio de dos mil dieciocho (2018), se decidi\u00f3 admitir el recurso, rechazarlo en cuanto al fondo, y confirmar la sentencia atacada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situaci\u00f3n causada por la pandemia de COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estar\u00e1 sesionando igualmente. El TC se\u00f1al\u00f3 que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicaci\u00f3n de los comunicados sobre adopci\u00f3n de decisiones que seguir\u00e1n siendo emitidos conforme la normativa institucional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SANTO DOMINGO. \u2013 El Tribunal Constitucional (TC) decidi\u00f3 esta semana siete expedientes, cinco\u00a0sobre recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo, uno sobre recurso\u00a0de casaci\u00f3n declinado por la Suprema Corte de Justicia y otro\u00a0relativo a un\u00a0recurso de revisi\u00f3n constitucional de decisi\u00f3n jurisdiccional, conocidos en sesiones celebradas de forma virtual con la participaci\u00f3n de los jueces y juezas que integran el Pleno. El presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, encabez\u00f3 las sesiones en las que se conocieron los expedientes\u00a0TC-05-2019-0292,\u00a0TC-05-2018-0166,\u00a0TC-05-2020-0028, TC-05-2019-0270 y TC-05-2019-0274, relativos al recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo, as\u00ed como el expediente TC-08-2012-0090 sobre recurso de casaci\u00f3n y el TC-04-2020-0017,\u00a0relativo a recurso de\u00a0revisi\u00f3n\u00a0constitucional de decisi\u00f3n jurisdiccional. 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En el expediente\u00a0TC-05-2020-0028, interpuesto por Daryl Montes de Oca, magistrado procurador fiscal en funciones ante el Distrito Judicial de San Cristo\u0301bal, contra la Sentencia 301-2019-SSEN-00118, dictada por la Segunda Ca\u0301mara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristo\u0301bal el cuatro (4) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), se decidi\u00f3 declarar inadmisible. En relaci\u00f3n al expediente\u00a0TC-05-2019-0270, incoado por Jose\u0301 Miguel G\u00f3mez Sena contra la Sentencia 0030-03-2019-SSEN-00093, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de abril de dos mil diecinueve (2019),\u00a0la decisi\u00f3n adoptada es admitir en cuanto a la forma y rechazar en cuanto al fondo. En lo que se refiere al expediente\u00a0TC-05-2019-0274, interpuesto por Mar\u00eda Antonia Almonte Peralta contra la Sentencia 0514-2018-SSEN-00366, dictada por la Presidencia de la Ca\u0301mara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el veinticuatro (24) de julio de dos mil dieciocho (2018),\u00a0lo decidido por el Tribunal Constitucional es acoger el recurso y revocar la decisi\u00f3n recurrida. En\u00a0el expediente\u00a0TC-08-2012-0090, incoado por la Empresa de Transmisi\u00f3n El\u00e9ctrica Dominicana contra la Sentencia 02-2010, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Las Matas de Farf\u00e1n el veintid\u00f3s (22) de noviembre de dos mil diez (2010),\u00a0la\u00a0decisi\u00f3n\u00a0adoptada\u00a0fue\u00a0acoger el recurso, revocar la sentencia y declarar inadmisible\u00a0la\u00a0acci\u00f3n\u00a0por\u00a0su\u00a0notoria improcedencia. &nbsp; Finalmente, sobre el expediente TC-04-2020-0017, interpuesto por Dersilida Ambalina Patrone Ortiz contra la Sentencia 808, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el cuatro (4) de julio de dos mil dieciocho (2018), se decidi\u00f3 admitir el recurso, rechazarlo en cuanto al fondo, y confirmar la sentencia atacada. &nbsp; El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situaci\u00f3n causada por la pandemia de COVID-19. 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