{"id":109141,"date":"2020-09-20T12:25:13","date_gmt":"2020-09-20T16:25:13","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=109141"},"modified":"2020-09-20T12:25:13","modified_gmt":"2020-09-20T16:25:13","slug":"tc-decidio-sobre-expedientes-relativos-a-decisiones-jurisdiccionales-revision-de-sentencia-de-amparo-y-demanda-de-suspension-de-ejecucion-de-sentencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/09\/20\/tc-decidio-sobre-expedientes-relativos-a-decisiones-jurisdiccionales-revision-de-sentencia-de-amparo-y-demanda-de-suspension-de-ejecucion-de-sentencia\/","title":{"rendered":"TC\u00a0 decidi\u00f3 sobre expedientes relativos \u00a0a decisiones jurisdiccionales, revisi\u00f3n\u00a0 de sentencia de amparo y\u00a0 demanda de suspensi\u00f3n de ejecuci\u00f3n de sentencia"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-109142 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_WhatsApp-Image-2020-09-15-at-6.50.32-AM-800x800.jpg\" alt=\"\" width=\"800\" height=\"800\" \/>SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) conoci\u00f3 y decidi\u00f3 doce expedientes, siete relativos a recursos de revisi\u00f3n constitucional de decisiones jurisdiccionales, cuatro sobre recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo y uno sobre solicitud de suspensi\u00f3n de ejecuci\u00f3n de sentencia, durante sesiones de Pleno virtual realizadas en esta semana con la participaci\u00f3n de las juezas y jueces que integran el Pleno.<\/p>\n<p>En las reuniones de trabajo encabezadas por su presidente, Dr. Milton Ray Guevara, se conocieron los expedientes TC-04-2019-0168, TC-04-2019-0070, TC-04-2013-0118, TC-04-2020-0014, TC-04-2020-0021, TC-04-2020-0024 y\u00a0TC-04-2020-0010,\u00a0relativos al recurso de revisi\u00f3n constitucional de decisiones jurisdiccionales. Los magistrados tambi\u00e9n conocieron los expedientes TC-05-2020-0018, TC-05-2019-0184,\u00a0TC-05-2020-0024\u00a0y TC-05-2020-0008\u00a0sobre revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo.<\/p>\n<p>Asimismo, los jueces del TC conocieron el expediente TC-07-2020-0008, relativo a la solicitud de suspensi\u00f3n de ejecuci\u00f3n de sentencia.<\/p>\n<p>En al expediente TC-04-2019-0168, interpuesto por la entidad social Loto Real del Cibao, S. A., contra la Sentencia 386, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia en fecha diecis\u00e9is (16) de mayo de dos mil dieciocho (2018), se decidi\u00f3 homologar el desistimiento del recurso de revisi\u00f3n de que se trata.<\/p>\n<p>Respecto del expediente TC-04-2019-0070, incoado por Mirella Altagracia Sol\u00eds Castillo contra la Sentencia n\u00fam. 746, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia en fecha treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018), la decisi\u00f3n tomada fue declarar el recurso inadmisible.<\/p>\n<p>En lo que respecta al expediente TC-04-2013-0118, interpuesto por la se\u00f1ora Ana Hilda Sald\u00edvar Rodr\u00edguez, contra la Sentencia 165, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil trece (2013), lo decidido fue declarar inadmisible el recurso de revisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Sobre el expediente TC-04-2020-0014, incoado por Inmoland S. A. contra la Sentencia 100, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia en fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018), la decisi\u00f3n tomada fue acoger el recurso y, por tanto, anular la sentencia recurrida.<\/p>\n<p>En cuanto al expediente TC-05-2020-0018, interpuesto por el se\u00f1or Ezequiel Mercedes Guerrero contra la Sentencia 201900377, dictada por el Tribunal de Tierra de Jurisdicci\u00f3n Original de San Pedro de Macor\u00eds en fecha cinco (5) de noviembre de dos mil diecinueve (2019), la decisi\u00f3n adoptada fue rechazar el recurso y, por tanto, confirmar la sentencia atacada.<\/p>\n<p>Al conocer el expediente TC-05-2019-0184, incoado por el Ministerio de Salud P\u00fablica y Asistencia Social (Mispas) contra la Sentencia 00217-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha veintitr\u00e9s (23) de mayo de dos mil diecis\u00e9is (2016), la decisi\u00f3n adoptada fue declarar inadmisible el recurso.<\/p>\n<p>En cuanto al expediente TC-07-2020-0008, interpuesto por el Banco M\u00faltiple BHD Le\u00f3n S.A., contra la Sentencia 83, de fecha primero (1) de mayo de dos mil diecinueve (2019), por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, se decidi\u00f3 rechazar la solicitud de suspensi\u00f3n de que se trata.<\/p>\n<p>Respecto del expediente TC-04-2020-0021, incoado por las se\u00f1oras Romena Espinal Javier y Arlenis Rojas Espinal, contra la Resoluci\u00f3n 2868-2017, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veinte (20) de junio de dos mil diecisiete (2017), la decisi\u00f3n tomada fue acoger el recurso y, por tanto, anular la resoluci\u00f3n atacada.<\/p>\n<p>Sobre el expediente TC-04-2020-0024, interpuesto por el se\u00f1or Patricio Javier Bencosme Ramos contra la Sentencia 2249, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), la decisi\u00f3n tomada fue rechazar el recurso y, por tanto, confirmar la sentencia recurrida.<\/p>\n<p>Asimismo, al conocer el expediente\u00a0TC-05-2020-0024, interpuesto por el Consorcio de Propietarios de la Torre ES, Jorge M\u00e9ndez y Gustavo Casado, contra la Sentencia 034-2019-SCON-01233, dictada por la Primera Sala de la C\u00e1mara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintisiete (27) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), la decisi\u00f3n adoptada fue acoger el recurso, revocar la sentencia atacada y declarar inadmisible la acci\u00f3n de amparo.<\/p>\n<p>Respecto al expediente\u00a0TC-05-2020-0008, relativo al recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Ricardo Ch\u00e1vez contra la Sentencia 0030-03-2019-SSEN-00102, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el nueve (9) de abril de dos mil diecinueve (2019), la decisi\u00f3n tomada fue rechazar el recurso y, por tanto, confirmar la decisi\u00f3n recurrida.<\/p>\n<p>Finalmente, en lo que se refiere al expediente\u00a0TC-04-2020-0010, relativo al recurso de revisi\u00f3n constitucional de decisi\u00f3n jurisdiccional interpuesto por Wilson Santana Jos\u00e9 contra la Sentencia 706, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018),\u00a0lo decidido por el Tribunal Constitucional fue declarar el recurso inadmisible.<\/p>\n<p>El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situaci\u00f3n causada por la pandemia de COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estar\u00e1 sesionando igualmente. El TC inform\u00f3 que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicaci\u00f3n de los comunicados sobre adopci\u00f3n de decisiones que seguir\u00e1n siendo emitidos, conforme la normativa institucional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) conoci\u00f3 y decidi\u00f3 doce expedientes, siete relativos a recursos de revisi\u00f3n constitucional de decisiones jurisdiccionales, cuatro sobre recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo y uno sobre solicitud de suspensi\u00f3n de ejecuci\u00f3n de sentencia, durante sesiones de Pleno virtual realizadas en esta semana con la participaci\u00f3n de las juezas y jueces que integran el Pleno. En las reuniones de trabajo encabezadas por su presidente, Dr. Milton Ray Guevara, se conocieron los expedientes TC-04-2019-0168, TC-04-2019-0070, TC-04-2013-0118, TC-04-2020-0014, TC-04-2020-0021, TC-04-2020-0024 y\u00a0TC-04-2020-0010,\u00a0relativos al recurso de revisi\u00f3n constitucional de decisiones jurisdiccionales. Los magistrados tambi\u00e9n conocieron los expedientes TC-05-2020-0018, TC-05-2019-0184,\u00a0TC-05-2020-0024\u00a0y TC-05-2020-0008\u00a0sobre revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo. Asimismo, los jueces del TC conocieron el expediente TC-07-2020-0008, relativo a la solicitud de suspensi\u00f3n de ejecuci\u00f3n de sentencia. En al expediente TC-04-2019-0168, interpuesto por la entidad social Loto Real del Cibao, S. A., contra la Sentencia 386, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia en fecha diecis\u00e9is (16) de mayo de dos mil dieciocho (2018), se decidi\u00f3 homologar el desistimiento del recurso de revisi\u00f3n de que se trata. Respecto del expediente TC-04-2019-0070, incoado por Mirella Altagracia Sol\u00eds Castillo contra la Sentencia n\u00fam. 746, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia en fecha treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018), la decisi\u00f3n tomada fue declarar el recurso inadmisible. En lo que respecta al expediente TC-04-2013-0118, interpuesto por la se\u00f1ora Ana Hilda Sald\u00edvar Rodr\u00edguez, contra la Sentencia 165, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil trece (2013), lo decidido fue declarar inadmisible el recurso de revisi\u00f3n. Sobre el expediente TC-04-2020-0014, incoado por Inmoland S. A. contra la Sentencia 100, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia en fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018), la decisi\u00f3n tomada fue acoger el recurso y, por tanto, anular la sentencia recurrida. En cuanto al expediente TC-05-2020-0018, interpuesto por el se\u00f1or Ezequiel Mercedes Guerrero contra la Sentencia 201900377, dictada por el Tribunal de Tierra de Jurisdicci\u00f3n Original de San Pedro de Macor\u00eds en fecha cinco (5) de noviembre de dos mil diecinueve (2019), la decisi\u00f3n adoptada fue rechazar el recurso y, por tanto, confirmar la sentencia atacada. Al conocer el expediente TC-05-2019-0184, incoado por el Ministerio de Salud P\u00fablica y Asistencia Social (Mispas) contra la Sentencia 00217-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha veintitr\u00e9s (23) de mayo de dos mil diecis\u00e9is (2016), la decisi\u00f3n adoptada fue declarar inadmisible el recurso. En cuanto al expediente TC-07-2020-0008, interpuesto por el Banco M\u00faltiple BHD Le\u00f3n S.A., contra la Sentencia 83, de fecha primero (1) de mayo de dos mil diecinueve (2019), por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, se decidi\u00f3 rechazar la solicitud de suspensi\u00f3n de que se trata. Respecto del expediente TC-04-2020-0021, incoado por las se\u00f1oras Romena Espinal Javier y Arlenis Rojas Espinal, contra la Resoluci\u00f3n 2868-2017, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veinte (20) de junio de dos mil diecisiete (2017), la decisi\u00f3n tomada fue acoger el recurso y, por tanto, anular la resoluci\u00f3n atacada. Sobre el expediente TC-04-2020-0024, interpuesto por el se\u00f1or Patricio Javier Bencosme Ramos contra la Sentencia 2249, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), la decisi\u00f3n tomada fue rechazar el recurso y, por tanto, confirmar la sentencia recurrida. Asimismo, al conocer el expediente\u00a0TC-05-2020-0024, interpuesto por el Consorcio de Propietarios de la Torre ES, Jorge M\u00e9ndez y Gustavo Casado, contra la Sentencia 034-2019-SCON-01233, dictada por la Primera Sala de la C\u00e1mara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintisiete (27) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), la decisi\u00f3n adoptada fue acoger el recurso, revocar la sentencia atacada y declarar inadmisible la acci\u00f3n de amparo. Respecto al expediente\u00a0TC-05-2020-0008, relativo al recurso de revisi\u00f3n constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Ricardo Ch\u00e1vez contra la Sentencia 0030-03-2019-SSEN-00102, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el nueve (9) de abril de dos mil diecinueve (2019), la decisi\u00f3n tomada fue rechazar el recurso y, por tanto, confirmar la decisi\u00f3n recurrida. Finalmente, en lo que se refiere al expediente\u00a0TC-04-2020-0010, relativo al recurso de revisi\u00f3n constitucional de decisi\u00f3n jurisdiccional interpuesto por Wilson Santana Jos\u00e9 contra la Sentencia 706, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018),\u00a0lo decidido por el Tribunal Constitucional fue declarar el recurso inadmisible. El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situaci\u00f3n causada por la pandemia de COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estar\u00e1 sesionando igualmente. El TC inform\u00f3 que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicaci\u00f3n de los comunicados sobre adopci\u00f3n de decisiones que seguir\u00e1n siendo emitidos, conforme la normativa institucional. &nbsp; &nbsp;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[20],"tags":[],"class_list":["post-109141","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-football"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/109141","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=109141"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/109141\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":109143,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/109141\/revisions\/109143"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=109141"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=109141"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=109141"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}