{"id":112256,"date":"2020-11-14T20:20:44","date_gmt":"2020-11-15T00:20:44","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=112256"},"modified":"2020-11-14T20:20:44","modified_gmt":"2020-11-15T00:20:44","slug":"ministerio-de-trabajo-emite-resolucion-para-regular-el-teletrabajo-en-el-pais","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/11\/14\/ministerio-de-trabajo-emite-resolucion-para-regular-el-teletrabajo-en-el-pais\/","title":{"rendered":"Ministerio de Trabajo emite resoluci\u00f3n para regular el Teletrabajo en el pa\u00eds.\u00a0"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-112257 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/thumbnail_Luis-Miguel-De-Camps-533x800.jpg\" alt=\"\" width=\"133\" height=\"200\" \/>Santo Domingo, jueves 12 de noviembre.\u00a0\u00a0El ministerio de Trabajo anunci\u00f3 mediante un comunicado de prensa la emisi\u00f3n de la Resoluci\u00f3n n\u00famero 23\/2020 sobre la regulaci\u00f3n del teletrabajo como modalidad especial de trabajo.<\/p>\n<p>El ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps dijo que dicha resoluci\u00f3n se emite en el marco de la b\u00fasqueda de las mejores condiciones a favor de los trabajadores y los empleadores, atendiendo a la actual crisis que enfrenta el pa\u00eds provocada por la pandemia del COVID -19.<\/p>\n<p>\u201cEstamos conscientes de que dadas las condiciones y la necesidad de reactivar el trabajo en nuestro pa\u00eds, debemos encontrar soluciones que beneficien tanto a los trabajadores como los empleadores. El teletrabajo es una modalidad que no solo se adapta a la crisis mundial a la que nos enfrentamos, sino que adem\u00e1s nos permite promover el empleo digno a tantas personas que por distintas razones que ya conocemos, no pueden ejercer una labor presencial\u00a0\u201d, expres\u00f3.<\/p>\n<p>Concluy\u00f3 que el Ministerio de Trabajo velar\u00e1 a trav\u00e9s de sus \u00e1reas correspondientes por el cumplimiento efectivo de la emitida resoluci\u00f3n,\u00a0\u00a0continuando con su labor de construir soluciones consensuadas para salvaguardar los derechos de los trabajores y sus empleadores.<\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n del teletrabajo como modalidad especial de trabajo sera voluntaria, estar\u00e1 condicionada a un acuerdo por escrito entre ambas partes y estar\u00e1 sujeta a las disposiciones del C\u00f3digo de Trabajo, la Ley 87\/01 que crea el Sistema\u00a0\u00a0Dominicano de Seguridad Social y las dem\u00e1s normas que regulan el trabajo en la Rep\u00fablica Dominicana.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, los acuerdos de teletrabajo deben adecuarse a los criterios contenidos en esta resoluci\u00f3n y deben ser comunicados a la Direcci\u00f3n General de Trabajo (DGT) del Ministerio de Trabajo.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n n\u00famero 23\/2020 se encuentra disponible en el portal de transparencia de la instituci\u00f3n. Para m\u00e1s informaci\u00f3n visitar la web www.mt.gob.do.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo, jueves 12 de noviembre.\u00a0\u00a0El ministerio de Trabajo anunci\u00f3 mediante un comunicado de prensa la emisi\u00f3n de la Resoluci\u00f3n n\u00famero 23\/2020 sobre la regulaci\u00f3n del teletrabajo como modalidad especial de trabajo. El ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps dijo que dicha resoluci\u00f3n se emite en el marco de la b\u00fasqueda de las mejores condiciones a favor de los trabajadores y los empleadores, atendiendo a la actual crisis que enfrenta el pa\u00eds provocada por la pandemia del COVID -19. \u201cEstamos conscientes de que dadas las condiciones y la necesidad de reactivar el trabajo en nuestro pa\u00eds, debemos encontrar soluciones que beneficien tanto a los trabajadores como los empleadores. El teletrabajo es una modalidad que no solo se adapta a la crisis mundial a la que nos enfrentamos, sino que adem\u00e1s nos permite promover el empleo digno a tantas personas que por distintas razones que ya conocemos, no pueden ejercer una labor presencial\u00a0\u201d, expres\u00f3. Concluy\u00f3 que el Ministerio de Trabajo velar\u00e1 a trav\u00e9s de sus \u00e1reas correspondientes por el cumplimiento efectivo de la emitida resoluci\u00f3n,\u00a0\u00a0continuando con su labor de construir soluciones consensuadas para salvaguardar los derechos de los trabajores y sus empleadores. La aplicaci\u00f3n del teletrabajo como modalidad especial de trabajo sera voluntaria, estar\u00e1 condicionada a un acuerdo por escrito entre ambas partes y estar\u00e1 sujeta a las disposiciones del C\u00f3digo de Trabajo, la Ley 87\/01 que crea el Sistema\u00a0\u00a0Dominicano de Seguridad Social y las dem\u00e1s normas que regulan el trabajo en la Rep\u00fablica Dominicana. As\u00ed mismo, los acuerdos de teletrabajo deben adecuarse a los criterios contenidos en esta resoluci\u00f3n y deben ser comunicados a la Direcci\u00f3n General de Trabajo (DGT) del Ministerio de Trabajo. La resoluci\u00f3n n\u00famero 23\/2020 se encuentra disponible en el portal de transparencia de la instituci\u00f3n. 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