{"id":117100,"date":"2021-03-30T16:34:56","date_gmt":"2021-03-30T20:34:56","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=117100"},"modified":"2021-03-30T16:34:56","modified_gmt":"2021-03-30T20:34:56","slug":"mas-de-270-abogados-piden-al-presidente-abinader-ejercer-su-liderazgo-para-incluir-3-causales-en-codigo-penal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2021\/03\/30\/mas-de-270-abogados-piden-al-presidente-abinader-ejercer-su-liderazgo-para-incluir-3-causales-en-codigo-penal\/","title":{"rendered":"M\u00e1s de 270 abogados piden al presidente Abinader ejercer su liderazgo para incluir 3 causales en C\u00f3digo Penal"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-117101 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2021\/03\/thumbnail_Foto-EFE-Orlando-Barrias.png\" alt=\"\" width=\"383\" height=\"250\" \/>Un grupo de 272 abogadas y abogados dominicanos que apoyan la inclusi\u00f3n de las tres causales para la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo en el C\u00f3digo Penal enviaron una carta al presidente Luis Abinader pidiendo que ejerza su liderazgo pol\u00edtico para que esta reforma legal sea una realidad y cumpla con sus obligaciones constitucionales de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos a la vida, a la salud, la autonom\u00eda, y la dignidad de las mujeres y las ni\u00f1as dominicanas.<\/p>\n<p>En la misiva, las y los doscientos setenta y dos juristas establecen que\u00a0la inclusi\u00f3n de las tres causales de eximente de responsabilidad penal por la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo constituye una medida constitucionalmente v\u00e1lida, y aseguran que al prohibir el aborto en todos los casos el pa\u00eds est\u00e1 en violaci\u00f3n de todas las normas de salud y derechos humanos que existen, incluyendo la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Afirman que obligar a una mujer, a una ni\u00f1a o adolescente a mantener un embarazo producto de una violaci\u00f3n sexual, o incesto, llevarlo a t\u00e9rmino cuando existe constancia de la inviabilidad fuera del \u00fatero o cuando su vida corre peligro por este embarazo, constituye un acto cruel, inhumano y degradante.<\/p>\n<p><strong>A continuaci\u00f3n, la carta completa:<\/strong><\/p>\n<p>Carta abierta al presidente Luis Abinader<\/p>\n<p>Asunto: Apoyo de abogadas y abogados a la inclusi\u00f3n de las tres causales para la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo en la reforma del C\u00f3digo Penal<\/p>\n<p>30 de marzo de 2021<\/p>\n<p>Sr. Luis Abinader<\/p>\n<p>Presidente Constitucional de la Rep\u00fablica Dominicana<\/p>\n<p>Palacio Nacional<\/p>\n<p>Se\u00f1or presidente:<\/p>\n<p>Desde el 24 de marzo, nuestro Congreso est\u00e1 discutiendo la reforma del C\u00f3digo Penal. Este debate incluye la despenalizaci\u00f3n del aborto en tres causales: cuando el embarazo suponga un riesgo para la vida de la mujer o ni\u00f1a embarazada, cuando el feto no sea viable, y cuando el embarazo sea resultado de violaci\u00f3n o incesto. Las abogadas y abogados suscribientes le recordamos que desde su posici\u00f3n puede ejercer su liderazgo pol\u00edtico para que esta reforma legal sea una realidad y cumpla as\u00ed usted, se\u00f1or presidente, con sus deberes constitucionales de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos a la vida, a la salud, la autonom\u00eda, y la dignidad de las mujeres y las ni\u00f1as dominicanas.<\/p>\n<p>Como bien ha afirmado la Comisi\u00f3n Especial designada por la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo para el estudio del proyecto del C\u00f3digo Penal, la inclusi\u00f3n de las tres causales de eximente de responsabilidad penal por la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo constituye una medida constitucionalmente v\u00e1lida, en la medida que cada una de las causales protege derechos fundamentales de las mujeres, que de otro modo ser\u00edan vulnerados, al estar legalmente obligadas a continuar un embarazo en contra de su voluntad y su vida en dignidad en los tres supuestos indicados.<\/p>\n<p>La primera causal, eliminando la penalizaci\u00f3n de la interrupci\u00f3n del embarazo cuando suponga un riesgo para la vida de la mujer o ni\u00f1a, responde al mandato constitucional de la protecci\u00f3n del derecho a la vida, a la salud y a la atenci\u00f3n m\u00e9dica de la mujer y las ni\u00f1as. La segunda causal sobre la inviabilidad del feto protege los derechos a la dignidad, a la integridad f\u00edsica y ps\u00edquica de la mujer. Y la tercera causal que permite interrumpir el embarazo cuando sea resultado de violaci\u00f3n o incesto, est\u00e1 \u00edntimamente ligada con la imperativa protecci\u00f3n de los derechos a la dignidad, a la integridad f\u00edsica y ps\u00edquica de la mujer y al libre desarrollo de la personalidad. En efecto, obligar a una mujer, a una ni\u00f1a o adolescente a mantener un embarazo producto de una violaci\u00f3n sexual, o incesto, llevarlo a t\u00e9rmino cuando existe constancia de la inviabilidad fuera del \u00fatero de la mujer o cuando su vida corre peligro por este embarazo, constituye un acto cruel, inhumano y degradante seg\u00fan ha sido considerado el Comit\u00e9 de Derechos Humanos de la ONU a trav\u00e9s de su jurisprudencia.<\/p>\n<p>Las estad\u00edsticas son claras: las leyes que penalizan el aborto de manera absoluta no reducen la cantidad de abortos, sino que empujan a las mujeres a someterse a tales procedimientos en condiciones de extrema inseguridad y precarias condiciones de higiene y salubridad. Como indican los estudios sobre el tema, esta es una importante causa de muerte y de graves da\u00f1os a su integridad f\u00edsica. La despenalizaci\u00f3n por causales es el est\u00e1ndar m\u00ednimo de protecci\u00f3n en salud materna, seg\u00fan los organismos internacionales rectores de la salud como la OMS y la OPS.<\/p>\n<p>Si bien aprobar las causales no obliga a ninguna persona a abortar, es imperativo que las mujeres y ni\u00f1as dominicanas tengan la posibilidad de decidir por s\u00ed mismas si interrumpir, o no, un embarazo en estas tres situaciones excepcionales, sin sufrir ninguna consecuencia legal por la decisi\u00f3n que puedan tomar. De igual manera, es vital que no haya consecuencias legales para los servidores de la salud que les asistan (doctores, enfermeras, laboratoristas, entre otros).<\/p>\n<p>El Estado se configura como garante de derechos de las personas, de la libertad individual y de la justicia social, y usted, como presidente constitucional, se ha comprometido con la protecci\u00f3n y defensa de los derechos de la poblaci\u00f3n y el respeto a la Constituci\u00f3n. Es lamentable que la Rep\u00fablica Dominicana no provea el est\u00e1ndar m\u00ednimo de protecci\u00f3n legal para la salud materna a las mujeres y las ni\u00f1as de este pa\u00eds.<\/p>\n<p>No podemos dejar de enfatizar que las tres causales persiguen armonizar derechos fundamentales en conflicto, justamente como ordena la Constituci\u00f3n dominicana en su art\u00edculo 74. Este ejercicio de armonizaci\u00f3n de derechos fundamentales no es extra\u00f1o en nuestra legislaci\u00f3n, ni siquiera cuando del derecho a la vida se trata. Es as\u00ed que, a modo de ejemplo, nuestro actual c\u00f3digo penal reconoce en su art\u00edculo 328 la \u201cleg\u00edtima defensa\u201d como eximente de responsabilidad penal para el homicidio. Por el contrario, la penalizaci\u00f3n absoluta de la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo no solo resulta una soluci\u00f3n irrazonable, desproporcionada y por ende contraria al art\u00edculo 74, sino que, desconoce en su totalidad los derechos a la vida, la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.<\/p>\n<p>En vista de todo lo anterior, le exhortamos que, como presidente de la Rep\u00fablica Dominicana y l\u00edder del partido mayoritario en el Congreso, impulse y lidere a su partido para que la interrupci\u00f3n del embarazo en estas tres causales sea legal, segura y gratuita. Aprobar el aborto en estas tres causales es garantizar la vida, salud y dignidad de las mujeres y ni\u00f1as dominicanas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un grupo de 272 abogadas y abogados dominicanos que apoyan la inclusi\u00f3n de las tres causales para la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo en el C\u00f3digo Penal enviaron una carta al presidente Luis Abinader pidiendo que ejerza su liderazgo pol\u00edtico para que esta reforma legal sea una realidad y cumpla con sus obligaciones constitucionales de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos a la vida, a la salud, la autonom\u00eda, y la dignidad de las mujeres y las ni\u00f1as dominicanas. 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Las estad\u00edsticas son claras: las leyes que penalizan el aborto de manera absoluta no reducen la cantidad de abortos, sino que empujan a las mujeres a someterse a tales procedimientos en condiciones de extrema inseguridad y precarias condiciones de higiene y salubridad. Como indican los estudios sobre el tema, esta es una importante causa de muerte y de graves da\u00f1os a su integridad f\u00edsica. La despenalizaci\u00f3n por causales es el est\u00e1ndar m\u00ednimo de protecci\u00f3n en salud materna, seg\u00fan los organismos internacionales rectores de la salud como la OMS y la OPS. Si bien aprobar las causales no obliga a ninguna persona a abortar, es imperativo que las mujeres y ni\u00f1as dominicanas tengan la posibilidad de decidir por s\u00ed mismas si interrumpir, o no, un embarazo en estas tres situaciones excepcionales, sin sufrir ninguna consecuencia legal por la decisi\u00f3n que puedan tomar. De igual manera, es vital que no haya consecuencias legales para los servidores de la salud que les asistan (doctores, enfermeras, laboratoristas, entre otros). El Estado se configura como garante de derechos de las personas, de la libertad individual y de la justicia social, y usted, como presidente constitucional, se ha comprometido con la protecci\u00f3n y defensa de los derechos de la poblaci\u00f3n y el respeto a la Constituci\u00f3n. Es lamentable que la Rep\u00fablica Dominicana no provea el est\u00e1ndar m\u00ednimo de protecci\u00f3n legal para la salud materna a las mujeres y las ni\u00f1as de este pa\u00eds. No podemos dejar de enfatizar que las tres causales persiguen armonizar derechos fundamentales en conflicto, justamente como ordena la Constituci\u00f3n dominicana en su art\u00edculo 74. Este ejercicio de armonizaci\u00f3n de derechos fundamentales no es extra\u00f1o en nuestra legislaci\u00f3n, ni siquiera cuando del derecho a la vida se trata. 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