{"id":120159,"date":"2021-08-09T19:43:35","date_gmt":"2021-08-09T23:43:35","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=120159"},"modified":"2021-08-09T19:43:35","modified_gmt":"2021-08-09T23:43:35","slug":"pro-consumidor-asegura-si-posee-potestad-sancionadora","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2021\/08\/09\/pro-consumidor-asegura-si-posee-potestad-sancionadora\/","title":{"rendered":"Pro Consumidor asegura si posee potestad sancionadora"},"content":{"rendered":"<h4><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone  wp-image-120160\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2021\/08\/PROCONSUMIDOR-800x600.jpg\" alt=\"\" width=\"621\" height=\"466\" \/><\/h4>\n<h4>Eddy Alc\u00e1ntara sostiene sentencia de la Suprema Corte de Justicia no es oponible a las atribuciones de esa instituci\u00f3n.-<\/h4>\n<p>Santo Domingo.- El director ejecutivo del Instituto Nacional de Protecci\u00f3n del Consumidor (Pro Consumidor) declaro este lunes que contrario a lo que se ha querido interpretar con la sentencia de la tercera sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), esa instituci\u00f3n \u00absi posee potestad sancionadora\u00bb.<\/p>\n<p>El doctor Eddy Alc\u00e1ntara explico en ese sentido que las atribuciones de Pro consumidor est\u00e1n establecidas en su norma 358-05 y ratificadas por el Tribunal Constitucional \u00ab\u00d3rgano que se sobrepone a toda la conformaci\u00f3n jur\u00eddica dominicana\u00bb.<\/p>\n<p>El funcionario dijo que resulta \u00abextra\u00f1o\u00bb que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia haya evacuado una decisi\u00f3n inobservando el contenido de la sentencia del TC y la propia ley que dio origen a Pro Consumidor \u00abpara perjudicar a los consumidores afectados por proveedores que procuran blindar sus acciones en perjuicio de la ciudadan\u00eda\u00bb<\/p>\n<p>\u00abPro Consumidor no permitir\u00e1 que por componendas o no, se afecten los derechos de los consumidores para que se le permita en consecuencia a una empresa determinada continuar con practicas abusivas en perjuicio de los consumidores, que en definitiva somos todos los dominicanos\u00bb, agrego<\/p>\n<p>Alc\u00e1ntara resalt\u00f3, asimismo, que contrario a lo que se ha divulgado del contenido de la referida sentencia, la instituci\u00f3n defensora de los consumidores \u00abarreciara los operativos en contra de esa abusiva practica, de despachar menos cantidad de los productos por lo que est\u00e1n pagando los consumidores\u00bb<\/p>\n<h4>Atacar\u00e1 decisi\u00f3n<\/h4>\n<p>El director ejecutivo de Pro Consumidor anuncio que atacara la decisi\u00f3n de la Tercera Sala de la SCJ porque esta es contraria a otras sentencias de esa alta corte, principalmente la numero 80-19 y con ello \u00abhace un desacato a la decisi\u00f3n del Tribunal Constitucional, generando un conflicto en la cadena de mando por el car\u00e1cter jer\u00e1rquico de este ultimo con el primero, lo que resulta altamente peligroso para el sistema jur\u00eddico nacional\u00bb<\/p>\n<p>Eddy Alc\u00e1ntara explico ene se sentido que en lasa pr\u00f3ximas horas depositaran un recurso de revisi\u00f3n por ante la misma sala, de la SCJ en procura de que los magistrados responsable de la decisi\u00f3n \u00abrectifiquen su posici\u00f3n y as\u00ed evitar mantener una confrontaci\u00f3n de criterio con el \u00f3rgano supremo en materia jurisdiccional y garante de los derechos del consumidor, que lo es el Tribunal Constitucional de la Republica Dominicana\u00bb<\/p>\n<p>Alc\u00e1ntara record\u00f3 que el articulo 53 de la constituci\u00f3n de la Republica consagra el derecho al consumidor para disponer de bienes y servicios de calidad, \u00abtambi\u00e9n a una informaci\u00f3n objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las caracter\u00edsticas de esos productos y servicios que use o consuma bajo las previsiones y normas establecidas por la ley 358-05 y su reglamento, y ninguna decisi\u00f3n no objetiva, con el caso de la especie, puede fragmentar la garant\u00eda que ha establecido La norma sustantiva a favor de los consumidores\u00bb<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Eddy Alc\u00e1ntara sostiene sentencia de la Suprema Corte de Justicia no es oponible a las atribuciones de esa instituci\u00f3n.- Santo Domingo.- El director ejecutivo del Instituto Nacional de Protecci\u00f3n del Consumidor (Pro Consumidor) declaro este lunes que contrario a lo que se ha querido interpretar con la sentencia de la tercera sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), esa instituci\u00f3n \u00absi posee potestad sancionadora\u00bb. El doctor Eddy Alc\u00e1ntara explico en ese sentido que las atribuciones de Pro consumidor est\u00e1n establecidas en su norma 358-05 y ratificadas por el Tribunal Constitucional \u00ab\u00d3rgano que se sobrepone a toda la conformaci\u00f3n jur\u00eddica dominicana\u00bb. El funcionario dijo que resulta \u00abextra\u00f1o\u00bb que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia haya evacuado una decisi\u00f3n inobservando el contenido de la sentencia del TC y la propia ley que dio origen a Pro Consumidor \u00abpara perjudicar a los consumidores afectados por proveedores que procuran blindar sus acciones en perjuicio de la ciudadan\u00eda\u00bb \u00abPro Consumidor no permitir\u00e1 que por componendas o no, se afecten los derechos de los consumidores para que se le permita en consecuencia a una empresa determinada continuar con practicas abusivas en perjuicio de los consumidores, que en definitiva somos todos los dominicanos\u00bb, agrego Alc\u00e1ntara resalt\u00f3, asimismo, que contrario a lo que se ha divulgado del contenido de la referida sentencia, la instituci\u00f3n defensora de los consumidores \u00abarreciara los operativos en contra de esa abusiva practica, de despachar menos cantidad de los productos por lo que est\u00e1n pagando los consumidores\u00bb Atacar\u00e1 decisi\u00f3n El director ejecutivo de Pro Consumidor anuncio que atacara la decisi\u00f3n de la Tercera Sala de la SCJ porque esta es contraria a otras sentencias de esa alta corte, principalmente la numero 80-19 y con ello \u00abhace un desacato a la decisi\u00f3n del Tribunal Constitucional, generando un conflicto en la cadena de mando por el car\u00e1cter jer\u00e1rquico de este ultimo con el primero, lo que resulta altamente peligroso para el sistema jur\u00eddico nacional\u00bb Eddy Alc\u00e1ntara explico ene se sentido que en lasa pr\u00f3ximas horas depositaran un recurso de revisi\u00f3n por ante la misma sala, de la SCJ en procura de que los magistrados responsable de la decisi\u00f3n \u00abrectifiquen su posici\u00f3n y as\u00ed evitar mantener una confrontaci\u00f3n de criterio con el \u00f3rgano supremo en materia jurisdiccional y garante de los derechos del consumidor, que lo es el Tribunal Constitucional de la Republica Dominicana\u00bb Alc\u00e1ntara record\u00f3 que el articulo 53 de la constituci\u00f3n de la Republica consagra el derecho al consumidor para disponer de bienes y servicios de calidad, \u00abtambi\u00e9n a una informaci\u00f3n objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las caracter\u00edsticas de esos productos y servicios que use o consuma bajo las previsiones y normas establecidas por la ley 358-05 y su reglamento, y ninguna decisi\u00f3n no objetiva, con el caso de la especie, puede fragmentar la garant\u00eda que ha establecido La norma sustantiva a favor de los consumidores\u00bb &nbsp;<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":120160,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[15],"tags":[1498],"class_list":["post-120159","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales","tag-proconsumidorcanastabasicatribunalconstitucionalsupremacortedejusticia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/120159","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=120159"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/120159\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":120161,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/120159\/revisions\/120161"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/120160"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=120159"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=120159"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=120159"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}