{"id":121012,"date":"2021-10-04T13:12:48","date_gmt":"2021-10-04T17:12:48","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=121012"},"modified":"2021-10-04T13:12:48","modified_gmt":"2021-10-04T17:12:48","slug":"ex-juez-hermogenes-acosta-afirma-reforma-carta-magna-debe-abordar-division-en-salas-esa-alta-corte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2021\/10\/04\/ex-juez-hermogenes-acosta-afirma-reforma-carta-magna-debe-abordar-division-en-salas-esa-alta-corte\/","title":{"rendered":"Ex juez Herm\u00f3genes Acosta, afirma reforma Carta Magna debe abordar divisi\u00f3n en salas esa Alta Corte"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-121013 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/thumbnail_IMG-20211001-WA0023.jpg\" alt=\"\" width=\"770\" height=\"424\" \/>El ex juez del Tribunal Constitucional, doctor Herm\u00f3genes Acosta, afirm\u00f3 que una reforma de la Carta Magna debe abordar la divisi\u00f3n en salas esa Alta Corte, como ocurre actualmente en todas esas instancias jurisdiccionales en la regi\u00f3n latinoamericana, con el prop\u00f3sito de tener una justicia m\u00e1s \u00e1gil en la materia.<\/p>\n<p>Entrevistado por el periodista Federico M\u00e9ndez, en el programa Esferas de Poder, que se transmite los domingos de 8:00 a 9:00 de la ma\u00f1ana, por RNN Canal 27, sostuvo que a la justicia constitucional dominicana le hace falta ese tipo de reforma para ser mucho m\u00e1s efectiva.\u00a8<\/p>\n<p>Coment\u00f3 que el TC est\u00e1 integrado por trece magistrados y todos los casos sometidos a la Alta Corte deben ser decididos por el Pleno.<\/p>\n<p>\u201cNo es como la Suprema Corte de Justicia, que tiene la Sala Penal, la Sala Civil, Contencioso-Administrativo y tambi\u00e9n el Pleno tiene algunas competencias\u201d, adujo.<\/p>\n<p>En el caso dominicano, dijo que para tomar una decisi\u00f3n se requieren nueve jueces del TC y en el proyecto se plantea la posibilidad de que para determinadas materias no sea necesaria esa cantidad de votos, sino una mayor\u00eda simple, para las acciones de amparo y decisiones jurisdiccionales.<\/p>\n<p>Sostuvo que se trata de recomendaciones pertinentes y es una evidencia que quienes trabajaron la propuesta hecha por el presidente Luis Abinader tienen conciencia de la realidad de la justicia constitucional dominicana.<\/p>\n<p>\u201cLos tribunales constitucionales de la regi\u00f3n, todos est\u00e1n divididos en salas, es decir, que no todo lo resuelve el Pleno\u201d, recalc\u00f3.<\/p>\n<p>Observ\u00f3 que como consecuencia de esa situaci\u00f3n, para decidir un amparo el conocimiento puede durar a\u00f1os, lo cual desnaturaliza esa acci\u00f3n constitucional.<\/p>\n<p>\u201cEn la realidad, los casos duran mucho tiempo porque no es tan f\u00e1cil obtener nueve votos en un pleno de trece jueces, eso es dif\u00edcil, te lo digo yo que lo viv\u00ed durante nueve a\u00f1os, muy dif\u00edcil\u201d, argument\u00f3.<\/p>\n<p>Acosta manifest\u00f3 que en la propuesta se sugiere que los nueve votos del TC se queden solamente para decidir las acciones de inconstitucionalidad, el control preventivo de los tratados internacionales y las cuestiones atinentes a los conflictos de competencia, medida que califica como correcta porque se trata de asuntos que no tienen tanta urgencia como los anteriores.<\/p>\n<p>\u201cEstuve leyendo la propuesta del Poder Ejecutivo y pudiera decir, de entrada, que se trata de propuestas muy atractivas, que dir\u00eda yo que en su mayor parte son correctas y son pertinentes\u201d, subray\u00f3.<\/p>\n<p>En cuanto a la independencia del Ministerio P\u00fablico, dijo que la sociedad dominicana y latinoamericana, en sentido general, aspiran a tener un \u00f3rgano con independencia.<\/p>\n<p>Sin embargo, plantea que en la propuesta de reforma est\u00e1 ausente el elemento esencial para poder tener un Ministerio P\u00fablico independiente.<\/p>\n<p>\u201cEl elemento esencial para garantizar la independencia del Ministerio P\u00fablico tiene que ver con qui\u00e9n designa, es decir, si el Procurador General de la Rep\u00fablica lo designa el Presidente de la Rep\u00fablica, probablemente en muchos casos siempre habr\u00e1 excepciones, pero no se legisla para la excepciones, sino para la generalidad\u201d, adujo.<\/p>\n<p>Acosta sostuvo que en muchos casos ese Ministerio P\u00fablico va a responder a quien lo design\u00f3, lo que no significa que no haya procuradores nombrados por el Poder Ejecutivo que no sean independientes.<\/p>\n<p>\u201cEntonces, en la propuesta de reforma nada se dice de eso, pens\u00e9 que esas iban a ser las primeras l\u00edneas del primer p\u00e1rrafo, relativo al Ministerio P\u00fablico. Sin embargo, en el documento que tengo no habla de cambiar ese aspecto\u201d, recalc\u00f3.<\/p>\n<p>Considera que entre las modalidades que puede tener el Ministerio P\u00fablico independiente es que sea designado por el Consejo Nacional de la Magistratura o la C\u00e1mara de Diputados, que es donde se entiende que hay una mayor representaci\u00f3n de la pluralidad.<\/p>\n<p>No obstante, dijo que mientras dependa del presidente de la Rep\u00fablica, ser\u00e1n escasas las posibilidades de independencia del Procurador.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cLa presidencia en las Altas Cortes debe ser rotativa\u201d<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El ex juez constitucional, Herm\u00f3genes Acosta,\u00a0comparte el criterio de que sea rotativa cada tres a\u00f1os la presidencia de la Suprema Corte de Justicia, los tribunales Constitucional y el Superior Electoral.<\/p>\n<p>\u201cRep\u00fablica Dominicana es de los pocos pa\u00edses donde no hay alternabilidad en la presidencia de las Altas Cortes, te puedo mencionar el caso de Per\u00fa, Colombia, donde se rotan los presidentes\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n<p>Plantea que se mantenga en nueve a\u00f1os el per\u00edodo de duraci\u00f3n para los jueces del TC y del Tribunal Superior Electoral, porque no son jueces de carrera.<\/p>\n<p>\u201cPero en el caso de la Suprema Corte de Justicia, no me parece conveniente que los jueces solamente duren un per\u00edodo de nueve a\u00f1os, porque ellos son jueces de carrera, por lo menos el 75%\u201d, subray\u00f3, tras observar que los que entran como magistrados que no son de la carrera pudieran estar limitados a un per\u00edodo de nueve a\u00f1os.<\/p>\n<p>Sin embargo, considera que los jueces de carrera no pueden limitarse, en cuanto al tiempo de permanencia en el cargo.<\/p>\n<p>Valora como positiva la eliminaci\u00f3n del Procurador General de la Rep\u00fablica como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura y que el \u00f3rgano encargado de designar a los jueces de las Altas Cortes sea reducido a siete integrantes.<\/p>\n<p>\u201cCreo tambi\u00e9n positiva que la convocatoria no solo sea hecha por el Presidente de la Rep\u00fablica, se plantea en la propuesta que lo pueden hacer los representantes del Poder Legislativo\u201d, acot\u00f3.<\/p>\n<p>No obstante, observ\u00f3 que lo correcto ser\u00eda que tambi\u00e9n puedan convocar el CNM una propuesta en ese sentido hecha por cuatro de los miembros del \u00f3rgano constitucional.<\/p>\n<p>Asimismo, destac\u00f3 como v\u00e1lida que se incluya la propuesta de iniciativa legislativa del TC y el TSE.<\/p>\n<p>Sin embargo, dijo que la reforma constitucional no parece ser oportuna porque todav\u00eda el pa\u00eds est\u00e1 en medio de una pandemia y todav\u00eda no se tiene conciencia de las consecuencias econ\u00f3micas que se derivar\u00e1n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El ex juez del Tribunal Constitucional, doctor Herm\u00f3genes Acosta, afirm\u00f3 que una reforma de la Carta Magna debe abordar la divisi\u00f3n en salas esa Alta Corte, como ocurre actualmente en todas esas instancias jurisdiccionales en la regi\u00f3n latinoamericana, con el prop\u00f3sito de tener una justicia m\u00e1s \u00e1gil en la materia. Entrevistado por el periodista Federico M\u00e9ndez, en el programa Esferas de Poder, que se transmite los domingos de 8:00 a 9:00 de la ma\u00f1ana, por RNN Canal 27, sostuvo que a la justicia constitucional dominicana le hace falta ese tipo de reforma para ser mucho m\u00e1s efectiva.\u00a8 Coment\u00f3 que el TC est\u00e1 integrado por trece magistrados y todos los casos sometidos a la Alta Corte deben ser decididos por el Pleno. \u201cNo es como la Suprema Corte de Justicia, que tiene la Sala Penal, la Sala Civil, Contencioso-Administrativo y tambi\u00e9n el Pleno tiene algunas competencias\u201d, adujo. En el caso dominicano, dijo que para tomar una decisi\u00f3n se requieren nueve jueces del TC y en el proyecto se plantea la posibilidad de que para determinadas materias no sea necesaria esa cantidad de votos, sino una mayor\u00eda simple, para las acciones de amparo y decisiones jurisdiccionales. Sostuvo que se trata de recomendaciones pertinentes y es una evidencia que quienes trabajaron la propuesta hecha por el presidente Luis Abinader tienen conciencia de la realidad de la justicia constitucional dominicana. \u201cLos tribunales constitucionales de la regi\u00f3n, todos est\u00e1n divididos en salas, es decir, que no todo lo resuelve el Pleno\u201d, recalc\u00f3. Observ\u00f3 que como consecuencia de esa situaci\u00f3n, para decidir un amparo el conocimiento puede durar a\u00f1os, lo cual desnaturaliza esa acci\u00f3n constitucional. \u201cEn la realidad, los casos duran mucho tiempo porque no es tan f\u00e1cil obtener nueve votos en un pleno de trece jueces, eso es dif\u00edcil, te lo digo yo que lo viv\u00ed durante nueve a\u00f1os, muy dif\u00edcil\u201d, argument\u00f3. Acosta manifest\u00f3 que en la propuesta se sugiere que los nueve votos del TC se queden solamente para decidir las acciones de inconstitucionalidad, el control preventivo de los tratados internacionales y las cuestiones atinentes a los conflictos de competencia, medida que califica como correcta porque se trata de asuntos que no tienen tanta urgencia como los anteriores. \u201cEstuve leyendo la propuesta del Poder Ejecutivo y pudiera decir, de entrada, que se trata de propuestas muy atractivas, que dir\u00eda yo que en su mayor parte son correctas y son pertinentes\u201d, subray\u00f3. En cuanto a la independencia del Ministerio P\u00fablico, dijo que la sociedad dominicana y latinoamericana, en sentido general, aspiran a tener un \u00f3rgano con independencia. Sin embargo, plantea que en la propuesta de reforma est\u00e1 ausente el elemento esencial para poder tener un Ministerio P\u00fablico independiente. \u201cEl elemento esencial para garantizar la independencia del Ministerio P\u00fablico tiene que ver con qui\u00e9n designa, es decir, si el Procurador General de la Rep\u00fablica lo designa el Presidente de la Rep\u00fablica, probablemente en muchos casos siempre habr\u00e1 excepciones, pero no se legisla para la excepciones, sino para la generalidad\u201d, adujo. Acosta sostuvo que en muchos casos ese Ministerio P\u00fablico va a responder a quien lo design\u00f3, lo que no significa que no haya procuradores nombrados por el Poder Ejecutivo que no sean independientes. \u201cEntonces, en la propuesta de reforma nada se dice de eso, pens\u00e9 que esas iban a ser las primeras l\u00edneas del primer p\u00e1rrafo, relativo al Ministerio P\u00fablico. 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