{"id":121757,"date":"2021-12-05T17:45:44","date_gmt":"2021-12-05T21:45:44","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=121757"},"modified":"2021-12-05T17:45:44","modified_gmt":"2021-12-05T21:45:44","slug":"colegio-de-abogados-califica-de-calumnioso-e-inconstitucional-declaratoria-de-desacato-contra-presidente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2021\/12\/05\/colegio-de-abogados-califica-de-calumnioso-e-inconstitucional-declaratoria-de-desacato-contra-presidente\/","title":{"rendered":"Colegio de Abogados califica de calumnioso e inconstitucional declaratoria de desacato contra Presidente"},"content":{"rendered":"<p><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-121758 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/thumbnail_FOTO-DE-MIGUEL-SURUN-HERNANDEZ-PTE.-CARD.jpg\" alt=\"\" width=\"763\" height=\"490\" \/>Gremio reitera que actua con pulcritud y transparencia, y dice estar abierto a la realizaci\u00f3n de procesos pero apegados a la Ley y a la Transparencia<\/strong><\/p>\n<p>SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional y la Junta Directiva Nacional del Colegio de Abogados de la Rep\u00fablica Dominicana, m\u00e1ximos \u00f3rganos de Direcci\u00f3n de dicho gremio, compuestos por 35 presidentes de todas las provincias, calific\u00f3 como ilegal, inconstitucional, insensata y abusiva la declaratoria de desacato emitida por \u00a0la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas (CCRD) en contra de su presidente, no solo por usurpar las funciones de persecuci\u00f3n, juzgamiento y condena propias de los tribunales, sino por condenar por desacato a quien no se le ha notificado la resoluci\u00f3n que supuestamente ha desacatado, violando una vez m\u00e1s su propia Ley.<\/p>\n<p>El Consejo y la Junta explicaron que la C\u00e1mara de Cuentas aval\u00f3 esta decisi\u00f3n en el art\u00edculo 56 de su Ley 10-04 que habla del \u201cDesacato de Servidores P\u00fablicos\u201d, tal y como consta en la p\u00e1gina 7 p\u00e1rrafo dos de su declaratorio de Desacato, sin embargo recordaron que el Presidente del Gremio Miguel Surun Hern\u00e1ndez no es funcionario p\u00fablico, no recibe ni maneja recursos del presupuesto nacional, no maneja recursos p\u00fablicos sino potestades p\u00fablicas y nunca se ha negado a ser fiscalizado, tal y como demuestra un video que circula en las redes en donde el mismo el notario de la C\u00e1mara de Cuentas, certifica que Surun Hern\u00e1ndez no se opone a auditor\u00edas y a la transparencia.<\/p>\n<p>Surun Hern\u00e1ndez lament\u00f3 que \u201cun \u00f3rgano constitucional tan importante para la institucionalidad del pa\u00eds como es la C\u00e1mara de Cuentas, se haya convertido en un instrumento de persecuci\u00f3n, actuando contrario a la Ley y a la Constituci\u00f3n, violando todos los procesos, sum\u00e1ndose a campa\u00f1as de descredito en contra de mi persona y del gremio y peor a\u00fan iniciando acciones a pesar de que el Tribunal Constitucional no ha fallado sobre una Acci\u00f3n en Conflicto de Competencia que depositamos el pasado 11 noviembre con el que se pretende determinar si la CCRD tiene facultad o no para auditar el gremio y as\u00ed poder hacer las cosas correctas y dentro del marco de la Ley\u201d.<\/p>\n<p>\u201cResulta il\u00f3gico, inexplicable y sospechoso que si el Pleno de la C\u00e1mara de Cuentas sabe que el Tribunal Constitucional, tribunal supremo de la Rep\u00fablica Dominicana, no ha emitido un fallo sobre la Acci\u00f3n\u00a0en\u00a0Conflicto\u00a0de\u00a0Competencia depositada por el CARD en contra de la CCRD, me declaren en desacato y amenacen con usar la fuerza p\u00fablica para la obtenci\u00f3n de documentos, es una acci\u00f3n de atropello, ilegal, inconstitucional y un abuso de poder que no vamos permitir\u201d, denunci\u00f3 Surun Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>El gremialista se\u00f1al\u00f3 que: \u201cReiteramos que en el Colegio de Abogados no tenemos ning\u00fan problema con ser auditados, fiscalizados, asesorados, acompa\u00f1ados, monitoreados o de desarrollar cualquier otra iniciativa, pero estas acciones deben de ser realizadas por entidades que tengan la facultad legal para hacerlo, no por caprichos, antojos, persecuciones, mandatos pol\u00edticos u otras razones. Exigimos respeto y que todos actuemos apegados a las Leyes y a la Constituci\u00f3n, para que prevalezca la institucionalidad en nuestro pa\u00eds\u201d.<\/p>\n<p>\u201cTengo la conciencia tranquila y les garantizo a los abogados, abogadas y al pa\u00eds que los recursos econ\u00f3micos que ha recibido y recibe el gremio han sido administrados con pulcritud, transparencia y eficiencia, nuestra ejecuci\u00f3n presupuestaria se encuentra publicada en nuestro portal institucional, firmas privadas en coordinaci\u00f3n con nuestro fiscal de cuentas realizan auditor\u00edas anuales y lo m\u00e1s importante, que los resultados del trabajo y las obras realizadas la actual gesti\u00f3n est\u00e1n ah\u00ed, a la vista de todos\u201d, expres\u00f3 Surun Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>Agreg\u00f3 que \u201ctodo parece indicar que existe una persecuci\u00f3n en contra del gremio y de mi persona por parte de la C\u00e1mara de Cuentas y la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, motivados quiz\u00e1s por sectores pol\u00edticos interesados, con el objetivo de afectar mi imagen y de opacar los grandes logros de mi gesti\u00f3n como Presidente de este gremio que agrupa a m\u00e1s de 70 mil juristas, pero no lo van a lograr y el tiempo sacar\u00e1 la verdad a flote\u201d.<\/p>\n<p>\u201cReiteramos al pa\u00eds que el\u00a0Colegio\u00a0de\u00a0Abogados\u00a0de\u00a0RD no es una entidad estatal, no maneja patrimonio estatal, no recibe fondos del presupuesto, ni recursos p\u00fablicos, sus fondos provienen\u00a0de\u00a0tasas\u00a0 por concepto de las ventas de los sellos rojos para legalizar documentos, le paga el 10% al estado por el cobro\u00a0de\u00a0dichas tasas, tal como lo confirma una certificaci\u00f3n emitida por la Direcci\u00f3n General\u00a0de\u00a0Presupuesto y la Sentencia TC\/0288\/20,\u00a0de\u00a0fecha 21\u00a0de\u00a0diciembre del 2020.<\/p>\n<p><strong>Por qu\u00e9 CCRD no puede auditar el gremio?<\/strong><\/p>\n<p>El gremialista explic\u00f3 en cuatro puntos por qu\u00e9 la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas\u00a0 no tiene facultad legal para auditar los recursos del\u00a0Colegio\u00a0de\u00a0Abogados.<\/p>\n<p>El primero es\u00a0debido a que el art\u00edculo 248\u00a0de\u00a0la Constituci\u00f3n, as\u00ed como los art\u00edculos 1 y 3\u00a0de\u00a0la Ley 10-07 que la crea, especifican claramente que dicha entidad solo puede ejercer control y auditor\u00eda a instituciones que manejan recursos p\u00fablicos, que\u00a0no es el caso del gremio, cuyos fondos provienen\u00a0de tasas\u00a0 por concepto del servicio\u00a0de\u00a0fiscalizaci\u00f3n\u00a0de\u00a0abogados y ventas de los sellos rojos para legalizar documentos.<\/p>\n<p>El segundo expresa que el CARD\u00a0No maneja recursos p\u00fablicos, pero si potestades p\u00fablicas, que son aquellas que\u00a0de\u00a0origen pertenecen al Estado y que el Estado las sede para que un ente privado la ejerza, como tambi\u00e9n opera por ejemplo la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Comercio y Producci\u00f3n\u00a0de\u00a0Santo Domingo y otras entidades.<\/p>\n<p>La tercera raz\u00f3n expuesta es que los\u00a0art\u00edculos 83\u00a0de\u00a0la Ley 3-19 del\u00a0Colegio de Abogados que plantea que\u00a0el Fiscal\u00a0de\u00a0Cuentas del CARD, en su calidad\u00a0de\u00a0auditor externo, es quien tiene la facultad\u00a0de\u00a0auditar los recursos del gremio, junto a las firmas auditoras privadas contratadas anualmente y en cuya selecci\u00f3n pueden participar los \u00f3rganos de control y otras instituciones invitadas.<\/p>\n<p>El cuarto punto es que el art\u00edculo 74\u00a0de la Ley del CARD que plantea sobre\u00a0la Fiscalizaci\u00f3n y Control\u00a0de\u00a0los Fondos establece que los fondos provenientes\u00a0de\u00a0las contribuciones reguladas por esta ley estar\u00e1n sujetos a\u00a0la\u00a0fiscalizaci\u00f3n\u00a0de\u00a0la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas\u00a0de\u00a0la Rep\u00fablica Dominicana, lo que evidencia una vez m\u00e1s que dicha entidad puede fiscalizar y asesorar, pero no auditar, ya que son acciones diferentes.<\/p>\n<p>Surun Hern\u00e1ndez aclar\u00f3 que existen diferencias en los procesos de\u00a0fiscalizaci\u00f3n y auditor\u00eda,\u00a0\u00a0agreg\u00f3 que la\u00a0fiscalizaci\u00f3n\u00a0consiste en la supervisi\u00f3n, asesor\u00eda y acompa\u00f1amiento para que el\u00a0Colegio de Abogados\u00a0mantenga el control, la eficiencia y garant\u00eda\u00a0de\u00a0un buen manejo\u00a0de\u00a0sus recursos, mientras que una\u00a0auditor\u00eda\u00a0es una\u00a0inspecci\u00f3n o verificaci\u00f3n\u00a0de\u00a0la contabilidad\u00a0de\u00a0una entidad, realizada por un auditor.<\/p>\n<p><strong>Transparencia y Respeto a Ley\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>El Presidente del CARD reiter\u00f3 que no tiene nada que temer y que el Colegio de Abogados est\u00e1 abierto al di\u00e1logo y a que se lleven a cabo los procesos, pero apegados a las Leyes y a la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo record\u00f3 que en varias ocasiones el gremio ha solicitado a la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas y a la Contralor\u00eda General\u00a0de\u00a0la Rep\u00fablica su acompa\u00f1amiento y asesor\u00eda para seleccionar una firma auditora privada, independiente y reconocida, para que audite los recursos del gremio, lo que demuestra la intenci\u00f3n\u00a0de\u00a0trabajar en conjunto y\u00a0de\u00a0que prevalezca la pulcritud y la transparencia. Dichas cartas fueron remitidas el 10\u00a0de\u00a0diciembre del 2020,\u00a0el 28\u00a0de\u00a0junio del 2021 y en otras ocasiones el CARD no ha recibido respuesta. Tampoco ha recibido la Resoluci\u00f3n del Pleno que ordena la referida auditor\u00eda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gremio reitera que actua con pulcritud y transparencia, y dice estar abierto a la realizaci\u00f3n de procesos pero apegados a la Ley y a la Transparencia SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional y la Junta Directiva Nacional del Colegio de Abogados de la Rep\u00fablica Dominicana, m\u00e1ximos \u00f3rganos de Direcci\u00f3n de dicho gremio, compuestos por 35 presidentes de todas las provincias, calific\u00f3 como ilegal, inconstitucional, insensata y abusiva la declaratoria de desacato emitida por \u00a0la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas (CCRD) en contra de su presidente, no solo por usurpar las funciones de persecuci\u00f3n, juzgamiento y condena propias de los tribunales, sino por condenar por desacato a quien no se le ha notificado la resoluci\u00f3n que supuestamente ha desacatado, violando una vez m\u00e1s su propia Ley. El Consejo y la Junta explicaron que la C\u00e1mara de Cuentas aval\u00f3 esta decisi\u00f3n en el art\u00edculo 56 de su Ley 10-04 que habla del \u201cDesacato de Servidores P\u00fablicos\u201d, tal y como consta en la p\u00e1gina 7 p\u00e1rrafo dos de su declaratorio de Desacato, sin embargo recordaron que el Presidente del Gremio Miguel Surun Hern\u00e1ndez no es funcionario p\u00fablico, no recibe ni maneja recursos del presupuesto nacional, no maneja recursos p\u00fablicos sino potestades p\u00fablicas y nunca se ha negado a ser fiscalizado, tal y como demuestra un video que circula en las redes en donde el mismo el notario de la C\u00e1mara de Cuentas, certifica que Surun Hern\u00e1ndez no se opone a auditor\u00edas y a la transparencia. Surun Hern\u00e1ndez lament\u00f3 que \u201cun \u00f3rgano constitucional tan importante para la institucionalidad del pa\u00eds como es la C\u00e1mara de Cuentas, se haya convertido en un instrumento de persecuci\u00f3n, actuando contrario a la Ley y a la Constituci\u00f3n, violando todos los procesos, sum\u00e1ndose a campa\u00f1as de descredito en contra de mi persona y del gremio y peor a\u00fan iniciando acciones a pesar de que el Tribunal Constitucional no ha fallado sobre una Acci\u00f3n en Conflicto de Competencia que depositamos el pasado 11 noviembre con el que se pretende determinar si la CCRD tiene facultad o no para auditar el gremio y as\u00ed poder hacer las cosas correctas y dentro del marco de la Ley\u201d. \u201cResulta il\u00f3gico, inexplicable y sospechoso que si el Pleno de la C\u00e1mara de Cuentas sabe que el Tribunal Constitucional, tribunal supremo de la Rep\u00fablica Dominicana, no ha emitido un fallo sobre la Acci\u00f3n\u00a0en\u00a0Conflicto\u00a0de\u00a0Competencia depositada por el CARD en contra de la CCRD, me declaren en desacato y amenacen con usar la fuerza p\u00fablica para la obtenci\u00f3n de documentos, es una acci\u00f3n de atropello, ilegal, inconstitucional y un abuso de poder que no vamos permitir\u201d, denunci\u00f3 Surun Hern\u00e1ndez. 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Exigimos respeto y que todos actuemos apegados a las Leyes y a la Constituci\u00f3n, para que prevalezca la institucionalidad en nuestro pa\u00eds\u201d. \u201cTengo la conciencia tranquila y les garantizo a los abogados, abogadas y al pa\u00eds que los recursos econ\u00f3micos que ha recibido y recibe el gremio han sido administrados con pulcritud, transparencia y eficiencia, nuestra ejecuci\u00f3n presupuestaria se encuentra publicada en nuestro portal institucional, firmas privadas en coordinaci\u00f3n con nuestro fiscal de cuentas realizan auditor\u00edas anuales y lo m\u00e1s importante, que los resultados del trabajo y las obras realizadas la actual gesti\u00f3n est\u00e1n ah\u00ed, a la vista de todos\u201d, expres\u00f3 Surun Hern\u00e1ndez. 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Por qu\u00e9 CCRD no puede auditar el gremio? El gremialista explic\u00f3 en cuatro puntos por qu\u00e9 la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas\u00a0 no tiene facultad legal para auditar los recursos del\u00a0Colegio\u00a0de\u00a0Abogados. El primero es\u00a0debido a que el art\u00edculo 248\u00a0de\u00a0la Constituci\u00f3n, as\u00ed como los art\u00edculos 1 y 3\u00a0de\u00a0la Ley 10-07 que la crea, especifican claramente que dicha entidad solo puede ejercer control y auditor\u00eda a instituciones que manejan recursos p\u00fablicos, que\u00a0no es el caso del gremio, cuyos fondos provienen\u00a0de tasas\u00a0 por concepto del servicio\u00a0de\u00a0fiscalizaci\u00f3n\u00a0de\u00a0abogados y ventas de los sellos rojos para legalizar documentos. El segundo expresa que el CARD\u00a0No maneja recursos p\u00fablicos, pero si potestades p\u00fablicas, que son aquellas que\u00a0de\u00a0origen pertenecen al Estado y que el Estado las sede para que un ente privado la ejerza, como tambi\u00e9n opera por ejemplo la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Comercio y Producci\u00f3n\u00a0de\u00a0Santo Domingo y otras entidades. La tercera raz\u00f3n expuesta es que los\u00a0art\u00edculos 83\u00a0de\u00a0la Ley 3-19 del\u00a0Colegio de Abogados que plantea que\u00a0el Fiscal\u00a0de\u00a0Cuentas del CARD, en su calidad\u00a0de\u00a0auditor externo, es quien tiene la facultad\u00a0de\u00a0auditar los recursos del gremio, junto a las firmas auditoras privadas contratadas anualmente y en cuya selecci\u00f3n pueden participar los \u00f3rganos de control y otras instituciones invitadas. El cuarto punto es que el art\u00edculo 74\u00a0de la Ley del CARD que plantea sobre\u00a0la Fiscalizaci\u00f3n y Control\u00a0de\u00a0los Fondos establece que los fondos provenientes\u00a0de\u00a0las contribuciones reguladas por esta ley estar\u00e1n sujetos a\u00a0la\u00a0fiscalizaci\u00f3n\u00a0de\u00a0la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas\u00a0de\u00a0la Rep\u00fablica Dominicana, lo que evidencia una vez m\u00e1s que dicha entidad puede fiscalizar y asesorar, pero no auditar, ya que son acciones diferentes. Surun Hern\u00e1ndez aclar\u00f3 que existen diferencias en los procesos de\u00a0fiscalizaci\u00f3n y auditor\u00eda,\u00a0\u00a0agreg\u00f3 que la\u00a0fiscalizaci\u00f3n\u00a0consiste en la supervisi\u00f3n, asesor\u00eda y acompa\u00f1amiento para que el\u00a0Colegio de Abogados\u00a0mantenga el control, la eficiencia y garant\u00eda\u00a0de\u00a0un buen manejo\u00a0de\u00a0sus recursos, mientras que una\u00a0auditor\u00eda\u00a0es una\u00a0inspecci\u00f3n o verificaci\u00f3n\u00a0de\u00a0la contabilidad\u00a0de\u00a0una entidad, realizada por un auditor. Transparencia y Respeto a Ley\u00a0 El Presidente del CARD reiter\u00f3 que no tiene nada que temer y que el Colegio de Abogados est\u00e1 abierto al di\u00e1logo y a que se lleven a cabo los procesos, pero apegados a las Leyes y a la Constituci\u00f3n. Asimismo record\u00f3 que en varias ocasiones el gremio ha solicitado a la C\u00e1mara\u00a0de\u00a0Cuentas y a la Contralor\u00eda General\u00a0de\u00a0la Rep\u00fablica su acompa\u00f1amiento y asesor\u00eda para seleccionar una firma auditora privada, independiente y reconocida, para que audite los recursos del gremio, lo que demuestra la intenci\u00f3n\u00a0de\u00a0trabajar en conjunto y\u00a0de\u00a0que prevalezca la pulcritud y la transparencia. Dichas cartas fueron remitidas el 10\u00a0de\u00a0diciembre del 2020,\u00a0el 28\u00a0de\u00a0junio del 2021 y en otras ocasiones el CARD no ha recibido respuesta. 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