{"id":124872,"date":"2022-10-25T19:36:20","date_gmt":"2022-10-25T23:36:20","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=124872"},"modified":"2022-10-25T19:36:20","modified_gmt":"2022-10-25T23:36:20","slug":"el-nepotismo-cortandole-alas-y-ii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2022\/10\/25\/el-nepotismo-cortandole-alas-y-ii\/","title":{"rendered":"EL NEPOTISMO: CORT\u00c1NDOLE ALAS  (y II)"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-124873 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/65725501_460526721344331_1300108350213586944_n-3.jpg\" alt=\"\" width=\"252\" height=\"252\" \/>Oscar L\u00f3pez Reyes<\/p>\n<p>En un rejuego tan m\u00e1gico como los cuentos infantiles sobre Pinocho -el de la nariz abombada-, as\u00ed como la toma y daca por jerarcas de instituciones p\u00fablicas: te pongo y t\u00fa me pones y, en ese compinche y en la panza de denuncias y cancelaciones presidenciales y edilicias, las alas del nepotismo empiezan a ser recortadas. El empoderamiento e insistencia ciudadana por reducir los tent\u00e1culos de ese diablillo cortesano, que exhala como una matrona aristocr\u00e1tica, se afinca en la aplicaci\u00f3n del canon legislativo.<\/p>\n<p>A la coyunta consangu\u00ednea se le denomina nepotismo, definido como un \u201cfavoritismo, predilecci\u00f3n, privanza, privilegio, favor, arbitrariedad, parcialidad, preferencia, apoyo, beneficio\u201d (1). Y la practican con sonoridad en sociedades unipersonales, como un oximor\u00f3n, caballeros de la casta estatal que disimulan guerrear por la justicia social, despertando el \u00e1rea frontal izquierda del cerebro.<\/p>\n<p>Como ganga de la Diosa ret\u00f3rica, el nepotismo tambi\u00e9n ha sido interpretado como una \u201cdesmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para los favores o empleos p\u00fablicos\u201d (2), por discriminatoria afinidad pol\u00edtica o por nexos familiares.<\/p>\n<p>El vocablo nepotismo apisona su etimolog\u00eda y su origen en el lat\u00edn nepos o nepotis, que quiere decir sobrino y nieto. Los papas otorgaban los altos cargos de la Iglesia Cat\u00f3lica y otras concesiones a sus sobrinos, porque no ten\u00edan hijos leg\u00edtimos o no admit\u00edan que los hab\u00edan concebido. Por las impugnaciones y denuncias de los grupos cristianos o reformados protestantes, en el siglo XVIII las investiduras eclesi\u00e1sticas y otras preferencias fueron prohibidas por la Curia Romana Cardenalicia o \u201ccardenales nipotes\u201d.<\/p>\n<p>Aunque el favoritismo en la empleoman\u00eda imper\u00f3 desde el siglo VI a. C. en Grecia, en el imperio Napole\u00f3nico de Francia del siglo XIX, en el Imperio Romano, el vocablo nepote empez\u00f3 a ser pronunciado desde 1734, y el vocablo nepotismo se populariz\u00f3 a partir de 1843.<\/p>\n<p>El nepotismo no eval\u00faa la preparaci\u00f3n ni la experiencia de un individuo para desempe\u00f1ar un cargo p\u00fablico, sino el parentesco afectivo y la lealtad. As\u00ed se incurre en conflictos de intereses, abuso de autoridad y tr\u00e1fico de influencias, que se tipifican como una pr\u00e1ctica fraudulenta en la corruptela m\u00e1s vergonzante.<\/p>\n<p>Esa ausencia de compromiso \u00e9tico y esp\u00edritu de justicia se empadronan en reg\u00edmenes dictatoriales y en la democracia en la cual no se obedecen las leyes ni la institucionalidad.<\/p>\n<p>Por ese vicio punible, el chamberismo est\u00e1 proscrito en la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, la Constituci\u00f3n dominicana, las leyes y otros estatutos jur\u00eddicos nacionales e internacionales. Invoquemos seis de ellos:<\/p>\n<p>I.- Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, art\u00edculo 21, numeral 1: \u201cToda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su pa\u00eds, directamente o por medio de representantes libremente escogidos\u201d, y el numeral 2: \u201cToda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones p\u00fablicas de su pa\u00eds\u201d (3). La Rep\u00fablica Dominicana es signataria de las convenciones de las Naciones Unidas y de la Organizaci\u00f3n de Estados Unidos (OEA) contra la corrupci\u00f3n administrativa, como el tr\u00e1fico de influencias y el abuso de autoridad.<\/p>\n<p>II.- Constituci\u00f3n, art\u00edculo 142: \u201cEl Estatuto de la Funci\u00f3n P\u00fablica es un r\u00e9gimen de derecho p\u00fablico basado en el m\u00e9rito y la profesionalizaci\u00f3n para una gesti\u00f3n eficiente y el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado\u201d, en tanto que el art\u00edculo 146.2 especifica que \u201cser\u00e1 sancionada la persona que proporcione ventajas a sus asociados, familiares, allegados, amigos o relacionados\u201d (4).<\/p>\n<p>III.- Ley 41-08, de Funci\u00f3n P\u00fablica, art\u00edculo 3: \u201cM\u00e9rito personal: Tanto el ingreso a la funci\u00f3n p\u00fablica de carrera como su ascenso dentro de \u00e9sta debe basarse en el m\u00e9rito personal del ciudadano, demostrado en concursos internos y externos, la evaluaci\u00f3n de su desempe\u00f1o y otros instrumentos de calificaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n postula que \u201cIgualdad de acceso a la funci\u00f3n p\u00fablica: Derecho universal de acceder a los cargos y a las oportunidades de la funci\u00f3n p\u00fablica sin otro criterio que el m\u00e9rito personal y sin discriminaci\u00f3n de g\u00e9nero, discapacidad o de otra \u00edndole\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el art\u00edculo 80, numeral 15, proh\u00edbe \u00abprestar servicios en la misma instituci\u00f3n que su c\u00f3nyuge y quienes est\u00e9n unidos por lazos de consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, cuando tuvieran relaci\u00f3n de jerarqu\u00eda\u00bb (5). Primer grado: padres\/hijos, segundo grado: abuelos\/nietos\/hermanos; tercer grado: t\u00edos\/sobrinos, y cuarto grado: primos.<\/p>\n<p>IV.- Ley 120-01, del C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta del Servidor P\u00fablico, art\u00edculo 8, letra C, que exhorta a funcionarios y empleados p\u00fablicos a no \u201cutilizar su cargo para obtener ventajas, beneficios o privilegios que no est\u00e9n permitidos por la ley, de manera directa o indirecta para \u00e9l, alg\u00fan miembro de su familia o cualquier otra persona, negocio o entidad\u201d, mientras que la letra P sanciona \u201cpromover y propiciar el nepotismo en las oficinas del Estado, favoreciendo y protegiendo a sus parientes y amigos en los cargos y negocios de la instituci\u00f3n\u201d (6).<\/p>\n<p>V.- Ley 105-13, sobre Regulaci\u00f3n Salarial del Estado dominicano que, en su art\u00edculo 25, veta a funcionarios por \u201cpromover y propiciar el nepotismo en las oficinas del Estado de acuerdo a lo establecido en la Ley de Funci\u00f3n P\u00fablica\u201d (7).<\/p>\n<p>\u00bfSanciones o no\u2026?<\/p>\n<p>VI.- El C\u00f3digo Penal de la Rep\u00fablica Dominicana, en su art\u00edculo 114 expresa que \u00abLos funcionarios, agentes o delegados del Gobierno, que hubieren ordenado o cometido un acto arbitrario o atentatorio a la libertad individual, o a los derechos pol\u00edticos de uno o muchos ciudadanos, o a la Constituci\u00f3n, ser\u00e1n condenados a la pena de la degradaci\u00f3n c\u00edvica&#8230;\u00bb (8), o sea, que no podr\u00e1n ocupar cargos en la administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>\u00a1Pucha! Siguen siendo abundantes las instituciones estatales, particularmente los cabildos, donde pulula el nepotismo, que est\u00e1 enraizado hasta los tu\u00e9tanos, y sus titulares creen poseer patentes de corsos para hacer y deshacer a la libre, como si tuvieran la espada del gran rey David. En la barcaza de la soberbia, bastantes funcionarios se resisten a cumplir las leyes citadas.<\/p>\n<p>Empero, en los \u00faltimos dos a\u00f1os se observa una reducci\u00f3n del enchufismo, con el recorte de sus cabellos por la aplicaci\u00f3n parcial de la Ley de Funci\u00f3n P\u00fablica. Comienza a perder el equilibrio, como cuando a un gato le quitan los bigotes.<\/p>\n<p>\u00a1Oh! Toca a los ciudadanos elevar denuncias p\u00fablicas sobre el comprobado nepotismo, y someter recursos en el Tribunal Superior Administrativo (TSA) y el Juzgado de Paz de Asuntos Municipales. S\u00f3lo as\u00ed les sacar\u00e1n las aguas a ese engendro disoluto y antidemocr\u00e1tico, y lo dejar\u00e1n sin ox\u00edgeno, como los peces fuera de las lagunas.<\/p>\n<p>Citas bibliogr\u00e1ficas:<\/p>\n<p>1.- \u201cDiccionario Oc\u00e9ano de sin\u00f3nimos y ant\u00f3nimos\u201d, MMVI Editorial Oc\u00e9ano, Barcelona, Espa\u00f1a, a\u00f1o 2000, p\u00e1g. 410.<\/p>\n<p>2.- \u201cDiccionario ilustrado Oc\u00e9ano de la lengua espa\u00f1ola\u201d ( ), MMVIII Editorial Oc\u00e9ano, Barcelona, Espa\u00f1a, a\u00f1o 2000, p\u00e1g. 773.<\/p>\n<p>3.- https:\/\/www.es.amnesty.org \u203a &#8230; \u203a Derechos Humanos<\/p>\n<p>4.- Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Dominicana del 2010, Editora Serigraf, Santo Domingo, Rep. Dom., 2010, p\u00e1gs. 122 y 124.<\/p>\n<p>5.- Ley 41-08, de Funci\u00f3n P\u00fablica y sus reglamentos de aplicaci\u00f3n\u201d, Impresora You Color, Santo Domingo, Rep. Dom., 2021, p\u00e1gs. 10 y 43.<\/p>\n<p>6.- Ley 120-01, del C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta del Servidor P\u00fablico.<br \/>\nhttps:\/\/mip.gob.do \u203a images \u203a docs \u203a oai \u203a correcc&#8230;<\/p>\n<p>7.- Ley 105-13, sobre Regulaci\u00f3n Salarial del Estado dominicano.<br \/>\nhttps:\/\/map.gob.do \u203a 2022\/08\/09 \u203a map-deposita-en-la-&#8230;<\/p>\n<p>8.- C\u00f3digo Penal de la Rep\u00fablica Dominicana, Editora Dalis, Moca, Rep\u00fablica Dominicana, 2009, p\u00e1g. 20.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Oscar L\u00f3pez Reyes En un rejuego tan m\u00e1gico como los cuentos infantiles sobre Pinocho -el de la nariz abombada-, as\u00ed como la toma y daca por jerarcas de instituciones p\u00fablicas: te pongo y t\u00fa me pones y, en ese compinche y en la panza de denuncias y cancelaciones presidenciales y edilicias, las alas del nepotismo empiezan a ser recortadas. El empoderamiento e insistencia ciudadana por reducir los tent\u00e1culos de ese diablillo cortesano, que exhala como una matrona aristocr\u00e1tica, se afinca en la aplicaci\u00f3n del canon legislativo. A la coyunta consangu\u00ednea se le denomina nepotismo, definido como un \u201cfavoritismo, predilecci\u00f3n, privanza, privilegio, favor, arbitrariedad, parcialidad, preferencia, apoyo, beneficio\u201d (1). Y la practican con sonoridad en sociedades unipersonales, como un oximor\u00f3n, caballeros de la casta estatal que disimulan guerrear por la justicia social, despertando el \u00e1rea frontal izquierda del cerebro. Como ganga de la Diosa ret\u00f3rica, el nepotismo tambi\u00e9n ha sido interpretado como una \u201cdesmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para los favores o empleos p\u00fablicos\u201d (2), por discriminatoria afinidad pol\u00edtica o por nexos familiares. El vocablo nepotismo apisona su etimolog\u00eda y su origen en el lat\u00edn nepos o nepotis, que quiere decir sobrino y nieto. Los papas otorgaban los altos cargos de la Iglesia Cat\u00f3lica y otras concesiones a sus sobrinos, porque no ten\u00edan hijos leg\u00edtimos o no admit\u00edan que los hab\u00edan concebido. Por las impugnaciones y denuncias de los grupos cristianos o reformados protestantes, en el siglo XVIII las investiduras eclesi\u00e1sticas y otras preferencias fueron prohibidas por la Curia Romana Cardenalicia o \u201ccardenales nipotes\u201d. Aunque el favoritismo en la empleoman\u00eda imper\u00f3 desde el siglo VI a. C. en Grecia, en el imperio Napole\u00f3nico de Francia del siglo XIX, en el Imperio Romano, el vocablo nepote empez\u00f3 a ser pronunciado desde 1734, y el vocablo nepotismo se populariz\u00f3 a partir de 1843. El nepotismo no eval\u00faa la preparaci\u00f3n ni la experiencia de un individuo para desempe\u00f1ar un cargo p\u00fablico, sino el parentesco afectivo y la lealtad. As\u00ed se incurre en conflictos de intereses, abuso de autoridad y tr\u00e1fico de influencias, que se tipifican como una pr\u00e1ctica fraudulenta en la corruptela m\u00e1s vergonzante. Esa ausencia de compromiso \u00e9tico y esp\u00edritu de justicia se empadronan en reg\u00edmenes dictatoriales y en la democracia en la cual no se obedecen las leyes ni la institucionalidad. Por ese vicio punible, el chamberismo est\u00e1 proscrito en la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, la Constituci\u00f3n dominicana, las leyes y otros estatutos jur\u00eddicos nacionales e internacionales. Invoquemos seis de ellos: I.- Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, art\u00edculo 21, numeral 1: \u201cToda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su pa\u00eds, directamente o por medio de representantes libremente escogidos\u201d, y el numeral 2: \u201cToda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones p\u00fablicas de su pa\u00eds\u201d (3). La Rep\u00fablica Dominicana es signataria de las convenciones de las Naciones Unidas y de la Organizaci\u00f3n de Estados Unidos (OEA) contra la corrupci\u00f3n administrativa, como el tr\u00e1fico de influencias y el abuso de autoridad. II.- Constituci\u00f3n, art\u00edculo 142: \u201cEl Estatuto de la Funci\u00f3n P\u00fablica es un r\u00e9gimen de derecho p\u00fablico basado en el m\u00e9rito y la profesionalizaci\u00f3n para una gesti\u00f3n eficiente y el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado\u201d, en tanto que el art\u00edculo 146.2 especifica que \u201cser\u00e1 sancionada la persona que proporcione ventajas a sus asociados, familiares, allegados, amigos o relacionados\u201d (4). III.- Ley 41-08, de Funci\u00f3n P\u00fablica, art\u00edculo 3: \u201cM\u00e9rito personal: Tanto el ingreso a la funci\u00f3n p\u00fablica de carrera como su ascenso dentro de \u00e9sta debe basarse en el m\u00e9rito personal del ciudadano, demostrado en concursos internos y externos, la evaluaci\u00f3n de su desempe\u00f1o y otros instrumentos de calificaci\u00f3n\u201d. Tambi\u00e9n postula que \u201cIgualdad de acceso a la funci\u00f3n p\u00fablica: Derecho universal de acceder a los cargos y a las oportunidades de la funci\u00f3n p\u00fablica sin otro criterio que el m\u00e9rito personal y sin discriminaci\u00f3n de g\u00e9nero, discapacidad o de otra \u00edndole\u201d. Adem\u00e1s, el art\u00edculo 80, numeral 15, proh\u00edbe \u00abprestar servicios en la misma instituci\u00f3n que su c\u00f3nyuge y quienes est\u00e9n unidos por lazos de consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, cuando tuvieran relaci\u00f3n de jerarqu\u00eda\u00bb (5). Primer grado: padres\/hijos, segundo grado: abuelos\/nietos\/hermanos; tercer grado: t\u00edos\/sobrinos, y cuarto grado: primos. IV.- Ley 120-01, del C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta del Servidor P\u00fablico, art\u00edculo 8, letra C, que exhorta a funcionarios y empleados p\u00fablicos a no \u201cutilizar su cargo para obtener ventajas, beneficios o privilegios que no est\u00e9n permitidos por la ley, de manera directa o indirecta para \u00e9l, alg\u00fan miembro de su familia o cualquier otra persona, negocio o entidad\u201d, mientras que la letra P sanciona \u201cpromover y propiciar el nepotismo en las oficinas del Estado, favoreciendo y protegiendo a sus parientes y amigos en los cargos y negocios de la instituci\u00f3n\u201d (6). V.- Ley 105-13, sobre Regulaci\u00f3n Salarial del Estado dominicano que, en su art\u00edculo 25, veta a funcionarios por \u201cpromover y propiciar el nepotismo en las oficinas del Estado de acuerdo a lo establecido en la Ley de Funci\u00f3n P\u00fablica\u201d (7). \u00bfSanciones o no\u2026? VI.- El C\u00f3digo Penal de la Rep\u00fablica Dominicana, en su art\u00edculo 114 expresa que \u00abLos funcionarios, agentes o delegados del Gobierno, que hubieren ordenado o cometido un acto arbitrario o atentatorio a la libertad individual, o a los derechos pol\u00edticos de uno o muchos ciudadanos, o a la Constituci\u00f3n, ser\u00e1n condenados a la pena de la degradaci\u00f3n c\u00edvica&#8230;\u00bb (8), o sea, que no podr\u00e1n ocupar cargos en la administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a1Pucha! Siguen siendo abundantes las instituciones estatales, particularmente los cabildos, donde pulula el nepotismo, que est\u00e1 enraizado hasta los tu\u00e9tanos, y sus titulares creen poseer patentes de corsos para hacer y deshacer a la libre, como si tuvieran la espada del gran rey David. En la barcaza de la soberbia, bastantes funcionarios se resisten a cumplir las leyes citadas. Empero, en los \u00faltimos dos a\u00f1os se observa una reducci\u00f3n del enchufismo, con el recorte de sus cabellos por la aplicaci\u00f3n parcial de la Ley de Funci\u00f3n P\u00fablica. Comienza a perder el equilibrio, como cuando a un gato le quitan los bigotes. \u00a1Oh! Toca a los ciudadanos elevar denuncias p\u00fablicas sobre el comprobado nepotismo, y someter recursos en el Tribunal Superior Administrativo (TSA) y el Juzgado de Paz de Asuntos Municipales. S\u00f3lo as\u00ed les sacar\u00e1n las aguas a ese engendro disoluto y antidemocr\u00e1tico, y lo dejar\u00e1n sin ox\u00edgeno, como los peces fuera de las lagunas. Citas bibliogr\u00e1ficas: 1.- \u201cDiccionario Oc\u00e9ano de sin\u00f3nimos y ant\u00f3nimos\u201d, MMVI Editorial Oc\u00e9ano, Barcelona, Espa\u00f1a, a\u00f1o 2000, p\u00e1g. 410. 2.- \u201cDiccionario ilustrado Oc\u00e9ano de la lengua espa\u00f1ola\u201d ( ), MMVIII Editorial Oc\u00e9ano, Barcelona, Espa\u00f1a, a\u00f1o 2000, p\u00e1g. 773. 3.- https:\/\/www.es.amnesty.org \u203a &#8230; \u203a Derechos Humanos 4.- Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Dominicana del 2010, Editora Serigraf, Santo Domingo, Rep. Dom., 2010, p\u00e1gs. 122 y 124. 5.- Ley 41-08, de Funci\u00f3n P\u00fablica y sus reglamentos de aplicaci\u00f3n\u201d, Impresora You Color, Santo Domingo, Rep. Dom., 2021, p\u00e1gs. 10 y 43. 6.- Ley 120-01, del C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta del Servidor P\u00fablico. https:\/\/mip.gob.do \u203a images \u203a docs \u203a oai \u203a correcc&#8230; 7.- Ley 105-13, sobre Regulaci\u00f3n Salarial del Estado dominicano. https:\/\/map.gob.do \u203a 2022\/08\/09 \u203a map-deposita-en-la-&#8230; 8.- C\u00f3digo Penal de la Rep\u00fablica Dominicana, Editora Dalis, Moca, Rep\u00fablica Dominicana, 2009, p\u00e1g. 20.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[15,52],"tags":[],"class_list":["post-124872","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nacionales","category-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124872","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=124872"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124872\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":124874,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124872\/revisions\/124874"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=124872"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=124872"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=124872"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}