{"id":126207,"date":"2023-02-19T08:07:30","date_gmt":"2023-02-19T12:07:30","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=126207"},"modified":"2023-02-19T08:07:30","modified_gmt":"2023-02-19T12:07:30","slug":"fuerza-del-pueblo-acusa-al-canciller-roberto-alvarez-de-mentir-y-manipular-informaciones-para-tratar-de-confundir-a-ciudadanos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2023\/02\/19\/fuerza-del-pueblo-acusa-al-canciller-roberto-alvarez-de-mentir-y-manipular-informaciones-para-tratar-de-confundir-a-ciudadanos\/","title":{"rendered":"Fuerza del Pueblo acusa al canciller Roberto \u00c1lvarez de mentir y manipular informaciones para tratar de confundir a ciudadanos"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-126208 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/thumbnail_Memoria-Selectiva-800x440.jpg\" alt=\"\" width=\"800\" height=\"440\" \/>SANTO DOMINGO.- \u00a0La secretar\u00eda de Asuntos Internacionales del partido Fuerza del Pueblo, emiti\u00f3 este viernes un comunicado, donde responde \u00a0el canciller de la Rep\u00fablica Dominicana un art\u00edculo reci\u00e9n publicado por Roberto \u00c1lvarez Gil, del cual dijo est\u00e1 repleto de desinformaci\u00f3n y mal intencionado, con el objetivo de confundir a la ciudadan\u00eda dominicana.<\/p>\n<p><strong>A continuaci\u00f3n, y adjunto comunicado \u00edntegro:<\/strong><\/p>\n<p>En el art\u00edculo de opini\u00f3n escrito por el canciller de la Rep\u00fablica Dominicana Roberto \u00c1lvarez Gil, que circul\u00f3 en la prensa nacional, repleto de desinformaci\u00f3n y mal intencionado, con el objetivo de confundir a la ciudadan\u00eda dominicana, demuestra la memoria selectiva del Canciller que lleg\u00f3 al servicio exterior en el a\u00f1o 2005 tras ser designado embajador ante la Organizaci\u00f3n de Estados Americanos (OEA), por lo que se hace necesario se\u00f1alarle algunos deliberados y mal calculados olvidos.<\/p>\n<p><strong>Veamos:<\/strong><\/p>\n<p>1.Los periodos gubernamentales de los a\u00f1os 2012-2016 \u00a0y 2016 -2020, no fueron parte de la gesti\u00f3n del expresidente Leonel Fern\u00e1ndez, por lo tanto las cifras y acciones correspondientes a esas administraciones no le corresponden al l\u00edder de la Fuerza del Pueblo (FP). Lo cual es uno m\u00e1s de los numerosos retorcimientos de la verdad hist\u00f3rica que comete el alto funcionario en \u00a0el referido escrito.<\/p>\n<p>2. Seg\u00fan el art\u00edculo, los \u00a0principales par\u00e1metros internacionales utilizados para el proyecto de ley surgen de la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, (Convenci\u00f3n de Palermo, Italia) y sus protocolos contra la trata de personas y el tr\u00e1fico il\u00edcito de migrantes, adoptados por las Naciones Unidas el 13 de diciembre del a\u00f1o 2000 y ratificados por el Gobierno dominicano en el 2006 y 2007.<\/p>\n<p>Sin embargo, la resoluci\u00f3n 492-06 en el art\u00edculo 6, ac\u00e1pite 3 emanada del Congreso y firmada por Leonel Fern\u00e1ndez, establece que \u201cel Estado considerar\u00e1 la posibilidad de aplicar medidas destinadas a prever la recuperaci\u00f3n f\u00edsica, psicol\u00f3gica y social de las v\u00edctimas de trata de personas\u201d y \u00a0el art\u00edculo 8 establece el derecho a la repatriaci\u00f3n; el proyecto del Gobierno no limita a \u201cconsiderar\u201d o condiciona a \u201cla posibilidad\u201d sino que es imperativo en cuanto a la imposibilidad de deportar a aquellos ciudadanos a menos que ellos mismos lo decidan de acuerdo al art\u00edculo 1, y al principio rector numero16 del proyecto de Ley retirado por la presi\u00f3n popular.<\/p>\n<p>3. Otra tergiversaci\u00f3n por parte del oficialismo es la acusaci\u00f3n \u00a0que le \u00a0hace a Fern\u00e1ndez de mezclar los t\u00e9rminos jur\u00eddicos migratorios y de refugio. Por lo que le recordamos que el repudiado proyecto de Ley en el art\u00edculo 2.5 dice: \u201cPersona objeto de tr\u00e1fico il\u00edcito de \u00a0migrantes: son aquellas personas que acuerdan voluntariamente con una o m\u00e1s personas, o grupo delictivo organizado, ingresar o salir del pa\u00eds de manera irregular, violentando las \u00a0normas migratorias a cambio de dinero u otros beneficios.\u201d Esta falta de diferenciaci\u00f3n entre migrante irregular o ilegal con la v\u00edctima de trata tiene \u00a0el peligro de que convertir\u00eda a todos los migrantes ilegales en v\u00edctimas de trata \u00a0obligando al Estado dominicano a no ejercer su derecho soberano de deportaci\u00f3n de quienes est\u00e9n en condici\u00f3n de irregularidad en su territorio.<\/p>\n<p>Asimismo, el fracasado proyecto de marras, obligar\u00eda al Estado a concederles las atenciones previstas en los art\u00edculos 63 al 71 del referido proyecto: educaci\u00f3n, salud, casas de acogida, nueva identidad, ayuda para conseguir trabajos, permisos de residencia, posibilidad de traer al pa\u00eds a sus familias, entre otras concesiones inadmisibles.<\/p>\n<p>4 Igualmente otra contradicci\u00f3n en que incurre el se\u00f1or \u00c1lvarez, consiste en acusar al expresidente Leonel Fern\u00e1ndez de menoscabar los derechos fundamentales de mujeres y ni\u00f1as en su art\u00edculo mencionado, pero al inicio del mismo hace referencia \u00a0a la ratificaci\u00f3n de la \u201cConvenci\u00f3n de Palermo\u201d y sus protocolos.<\/p>\n<p>5. A cuenta de las retorcidas manipulaciones del alto funcionario, obvia mencionar el procedimiento de adopci\u00f3n de los Tratados Internacionales es que una vez firmados por el \u00a0Gobierno de turno deben ser ratificados por el Congreso Nacional y posteriormente \u00a0depositados por el Poder Ejecutivo ante el organismo correspondiente. Por lo que al entonces gobierno de Leonel Fern\u00e1ndez le correspondi\u00f3 el 22 de diciembre de 2006 publicar la resoluci\u00f3n 492-06 que adopt\u00f3 el protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente \u00a0mujeres y ni\u00f1os.<\/p>\n<p>De igual manera se refiere y- asume- el \u00abPrincipio de la No Devoluci\u00f3n\u00bb como una regla firmemente establecida en el Derecho Internacional P\u00fablico que nuestras autoridades siempre han observado. \u00a0\u00abOlvida\u00bb el se\u00f1or canciller que este \u00a0principio no puede poner en riesgo la soberan\u00eda e integridad territorial de ning\u00fan Estado. Eso, no obstante, sin menoscabo de la protecci\u00f3n que debe ofrecer el Estado receptor cuando la repatriaci\u00f3n pueda poner en riesgo la integridad y la vida de la v\u00edctima o donde \u00e9l o ella corra riesgo de persecuci\u00f3n, incluyendo su intercepci\u00f3n, rechazo en la frontera, devoluci\u00f3n indirecta en casos de refugiados o asilo, tanto en situaciones de afluencia masiva, de guerra, desastre natural o cualquier acontecimiento \u00a0que afecte a grupos humanos, porque para todo Estado lo fundamental es seguir existiendo.<\/p>\n<p>6. Vista la compleja situaci\u00f3n geopol\u00edtica existente entre la Rep\u00fablica Dominicana y \u00a0la Rep\u00fablica de Hait\u00ed, que plantea una singular realidad, el retirado proyecto de Ley a petici\u00f3n popular, \u00a0muestra el desconocimiento del gobierno en temas geopol\u00edticos, la ignorancia sobre la realidad \u00a0haitiana y procura utilizar el tema para unificar al pueblo dominicano entorno a los falsos discursos que pretenden ocultar el fracaso de esta administraci\u00f3n a los fines de sacar provecho electoral.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SANTO DOMINGO.- \u00a0La secretar\u00eda de Asuntos Internacionales del partido Fuerza del Pueblo, emiti\u00f3 este viernes un comunicado, donde responde \u00a0el canciller de la Rep\u00fablica Dominicana un art\u00edculo reci\u00e9n publicado por Roberto \u00c1lvarez Gil, del cual dijo est\u00e1 repleto de desinformaci\u00f3n y mal intencionado, con el objetivo de confundir a la ciudadan\u00eda dominicana. A continuaci\u00f3n, y adjunto comunicado \u00edntegro: En el art\u00edculo de opini\u00f3n escrito por el canciller de la Rep\u00fablica Dominicana Roberto \u00c1lvarez Gil, que circul\u00f3 en la prensa nacional, repleto de desinformaci\u00f3n y mal intencionado, con el objetivo de confundir a la ciudadan\u00eda dominicana, demuestra la memoria selectiva del Canciller que lleg\u00f3 al servicio exterior en el a\u00f1o 2005 tras ser designado embajador ante la Organizaci\u00f3n de Estados Americanos (OEA), por lo que se hace necesario se\u00f1alarle algunos deliberados y mal calculados olvidos. Veamos: 1.Los periodos gubernamentales de los a\u00f1os 2012-2016 \u00a0y 2016 -2020, no fueron parte de la gesti\u00f3n del expresidente Leonel Fern\u00e1ndez, por lo tanto las cifras y acciones correspondientes a esas administraciones no le corresponden al l\u00edder de la Fuerza del Pueblo (FP). Lo cual es uno m\u00e1s de los numerosos retorcimientos de la verdad hist\u00f3rica que comete el alto funcionario en \u00a0el referido escrito. 2. Seg\u00fan el art\u00edculo, los \u00a0principales par\u00e1metros internacionales utilizados para el proyecto de ley surgen de la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, (Convenci\u00f3n de Palermo, Italia) y sus protocolos contra la trata de personas y el tr\u00e1fico il\u00edcito de migrantes, adoptados por las Naciones Unidas el 13 de diciembre del a\u00f1o 2000 y ratificados por el Gobierno dominicano en el 2006 y 2007. Sin embargo, la resoluci\u00f3n 492-06 en el art\u00edculo 6, ac\u00e1pite 3 emanada del Congreso y firmada por Leonel Fern\u00e1ndez, establece que \u201cel Estado considerar\u00e1 la posibilidad de aplicar medidas destinadas a prever la recuperaci\u00f3n f\u00edsica, psicol\u00f3gica y social de las v\u00edctimas de trata de personas\u201d y \u00a0el art\u00edculo 8 establece el derecho a la repatriaci\u00f3n; el proyecto del Gobierno no limita a \u201cconsiderar\u201d o condiciona a \u201cla posibilidad\u201d sino que es imperativo en cuanto a la imposibilidad de deportar a aquellos ciudadanos a menos que ellos mismos lo decidan de acuerdo al art\u00edculo 1, y al principio rector numero16 del proyecto de Ley retirado por la presi\u00f3n popular. 3. Otra tergiversaci\u00f3n por parte del oficialismo es la acusaci\u00f3n \u00a0que le \u00a0hace a Fern\u00e1ndez de mezclar los t\u00e9rminos jur\u00eddicos migratorios y de refugio. 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Asimismo, el fracasado proyecto de marras, obligar\u00eda al Estado a concederles las atenciones previstas en los art\u00edculos 63 al 71 del referido proyecto: educaci\u00f3n, salud, casas de acogida, nueva identidad, ayuda para conseguir trabajos, permisos de residencia, posibilidad de traer al pa\u00eds a sus familias, entre otras concesiones inadmisibles. 4 Igualmente otra contradicci\u00f3n en que incurre el se\u00f1or \u00c1lvarez, consiste en acusar al expresidente Leonel Fern\u00e1ndez de menoscabar los derechos fundamentales de mujeres y ni\u00f1as en su art\u00edculo mencionado, pero al inicio del mismo hace referencia \u00a0a la ratificaci\u00f3n de la \u201cConvenci\u00f3n de Palermo\u201d y sus protocolos. 5. A cuenta de las retorcidas manipulaciones del alto funcionario, obvia mencionar el procedimiento de adopci\u00f3n de los Tratados Internacionales es que una vez firmados por el \u00a0Gobierno de turno deben ser ratificados por el Congreso Nacional y posteriormente \u00a0depositados por el Poder Ejecutivo ante el organismo correspondiente. Por lo que al entonces gobierno de Leonel Fern\u00e1ndez le correspondi\u00f3 el 22 de diciembre de 2006 publicar la resoluci\u00f3n 492-06 que adopt\u00f3 el protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente \u00a0mujeres y ni\u00f1os. De igual manera se refiere y- asume- el \u00abPrincipio de la No Devoluci\u00f3n\u00bb como una regla firmemente establecida en el Derecho Internacional P\u00fablico que nuestras autoridades siempre han observado. \u00a0\u00abOlvida\u00bb el se\u00f1or canciller que este \u00a0principio no puede poner en riesgo la soberan\u00eda e integridad territorial de ning\u00fan Estado. Eso, no obstante, sin menoscabo de la protecci\u00f3n que debe ofrecer el Estado receptor cuando la repatriaci\u00f3n pueda poner en riesgo la integridad y la vida de la v\u00edctima o donde \u00e9l o ella corra riesgo de persecuci\u00f3n, incluyendo su intercepci\u00f3n, rechazo en la frontera, devoluci\u00f3n indirecta en casos de refugiados o asilo, tanto en situaciones de afluencia masiva, de guerra, desastre natural o cualquier acontecimiento \u00a0que afecte a grupos humanos, porque para todo Estado lo fundamental es seguir existiendo. 6. Vista la compleja situaci\u00f3n geopol\u00edtica existente entre la Rep\u00fablica Dominicana y \u00a0la Rep\u00fablica de Hait\u00ed, que plantea una singular realidad, el retirado proyecto de Ley a petici\u00f3n popular, \u00a0muestra el desconocimiento del gobierno en temas geopol\u00edticos, la ignorancia sobre la realidad \u00a0haitiana y procura utilizar el tema para unificar al pueblo dominicano entorno a los falsos discursos que pretenden ocultar el fracaso de esta administraci\u00f3n a los fines de sacar provecho electoral.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-126207","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politic"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126207","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=126207"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126207\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":126209,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126207\/revisions\/126209"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=126207"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=126207"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=126207"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}