{"id":128142,"date":"2023-08-16T21:49:57","date_gmt":"2023-08-17T01:49:57","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=128142"},"modified":"2023-08-16T21:49:57","modified_gmt":"2023-08-17T01:49:57","slug":"construccion-de-presas-por-el-sector-privado-que-pretende-abinader-daria-prioridad-a-uso-comercial-del-agua-establece-la-fp","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2023\/08\/16\/construccion-de-presas-por-el-sector-privado-que-pretende-abinader-daria-prioridad-a-uso-comercial-del-agua-establece-la-fp\/","title":{"rendered":"Construcci\u00f3n de presas por el sector privado que pretende Abinader dar\u00eda prioridad a uso comercial del agua, establece la FP"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-128143 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/1b6b2c73-df70-4f20-a241-516ec01b3a6c-800x534.jpg\" alt=\"\" width=\"800\" height=\"534\" \/>Santo Domingo.- El secretario de Energ\u00eda de la Fuerza del Pueblo, Juan G\u00f3mez, denunci\u00f3 el gobierno intenta cambiar la prioridad del agua, que en un principio se establece para el consumo humano, con el objetivo de favorecer sectores empresariales.<\/p>\n<p>La denuncia hecha por Juan G\u00f3mez y un equipo de expertos en el tema de Energ\u00eda, se basa en un anuncio hecho por el gobierno, en la persona del administrador de EGEHID, Rafael Salazar, en peri\u00f3dicos de circulaci\u00f3n nacional, de que se construir\u00e1n las presas de Las Placetas, de unos 300 MW y; Artibonito, de 52 MW; con inversi\u00f3n privada.<\/p>\n<p>Ante esta informaci\u00f3n, la FP se\u00f1al\u00f3, en conferencia de prensa, que existe el riesgo de que: \u00abA la hora de que el inter\u00e9s comercial prime y sean m\u00e1s importantes los dividendos, est\u00e1 claro que el orden de prioridad del uso de agua ser\u00e1 variado por parte de la gesti\u00f3n empresarial que nos gobierna\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abCabe resaltar que, en aquellas centrales h\u00eddricas de uso mixto, el orden de prioridad en el uso del agua es: 1ro. para el consumo humano; 2do. para regad\u00edo y labores agr\u00edcolas en sentido general, subsistencia de animales, control de inundaciones y, 3ro. para la producci\u00f3n de electricidad; es decir que, el turbinado est\u00e1 en el \u00faltimo lugar\u00bb, dijo el titular de Energ\u00eda y Minas de la FP, actuando como vocero.<\/p>\n<p>La posici\u00f3n de la organizaci\u00f3n pol\u00edtica, de acuerdo al documento que se ley\u00f3 es de una, \u00abMarcada oposici\u00f3n a la intenci\u00f3n del Gobierno de enajenar, bajo cualquier modelo, a la Empresa de Generaci\u00f3n Hidroel\u00e9ctrica Dominicana (EGEHID), por tratarse de una empresa ligada a un recurso estrat\u00e9gico (agua) y, la misma estar en franca violaci\u00f3n a la Constituci\u00f3n Dominicana; a la Ley 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Ley 141-97, de Reforma de la Empresa P\u00fablica; a la Ley General de Electricidad, 125-01; a la Ley 6, del 9 de septiembre de 1965, que crea El Instituto Nacional de Recursos Hidr\u00e1ulicos (INDRHI) y; al decreto 428-98; pues dichas normativas solo permiten que el sector privado haga inversiones en proyectos hasta 5 MW\u00bb.<\/p>\n<p>Continu\u00f3 expresando que: \u00abAl parecer, el marcado inter\u00e9s de la actual gesti\u00f3n de beneficiar a sectores privados, prima, sin importar que los mismos tomen un bien p\u00fablico de inter\u00e9s social, para que pase a ser un bien comercial\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abLa EGEHID es una empresa p\u00fablica rentable para el Estado dominicano, que en el a\u00f1o 2022 supli\u00f3 un 7.1% de la demanda del Sistema El\u00e9ctrico Nacional Interconectado (SENI), y que ofrece la posibilidad de que con sus ingresos se puedan estructurar proyectos que permitan seguir con la expansi\u00f3n de la empresa y detener la gesti\u00f3n de manera deficiente y con falta de criterio, en la que se hacen gastos en obras que est\u00e1n fuera de las \u00e1reas adyacentes de las presas y, adem\u00e1s, ajenas a su programa de responsabilidad social y a su misi\u00f3n y visi\u00f3n como empresa generadora, que es gestionar con eficiencia los recursos hidroel\u00e9ctricos. Esa desacertada pol\u00edtica administrativa ha convertido a la empresa EGEHID en un nicho de clientelismo pol\u00edtico al servicio de proyectos individuales de funcionarios y dirigentes partidarios\u00bb, explic\u00f3 G\u00f3mez sobre la conveniencia de EHEHID siga siendo un activo del Estado dominicano.<\/p>\n<p>Puntos que FP aconseja al gobierno considerar<\/p>\n<p>1. La Constituci\u00f3n Dominicana de 2010, en su Art\u00edculo 15, referente a los recursos h\u00eddricos, establece que: \u201cEl agua constituye patrimonio nacional estrat\u00e9gico de uso p\u00fablico, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. El consumo humano del agua tiene prioridad sobre cualquier otro uso. El Estado promover\u00e1 la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas efectivas para la protecci\u00f3n de los recursos h\u00eddricos de la Naci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>2. En consonancia con la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su Art\u00edculo 126, estipula que: \u201cTodas las aguas del pa\u00eds, sin excepci\u00f3n alguna, son propiedad del Estado y su dominio es inalienable, imprescriptible e inembargable. No existe propiedad privada de las aguas, ni derechos adquiridos sobre ellas\u201d.<\/p>\n<p>3. De igual forma, la Ley 64-00, en su Art\u00edculo 127, expresa que: \u201cToda persona tiene derecho a utilizar el agua para satisfacer sus necesidades vitales de alimentaci\u00f3n e higiene, la de su familia y de sus animales, siempre que con ello no cause perjuicio a otros usuarios, ni implique derivaciones o contenciones, ni empleo de m\u00e1quinas o realizaci\u00f3n de actividades que deterioren y\/o menoscaben de alguna manera, el cauce y sus m\u00e1rgenes, alteren, contaminen o imposibiliten su aprovechamiento por terceros\u201d.<\/p>\n<p>4. Mediante la Ley 141-97, de Reforma de la Empresa P\u00fablica, se llev\u00f3 a cabo el proceso de capitalizaci\u00f3n de la antigua Corporaci\u00f3n Dominicana de Electricidad (CDE), cre\u00e1ndose la base para constituir las tres empresas de distribuci\u00f3n (Edenorte, Edesur y Edeeste), las tres empresas de generaci\u00f3n (Egehaina, Egeitabo y Egehid) y, una empresa de transmisi\u00f3n (Eted).<\/p>\n<p>5. Desde el principio, la administraci\u00f3n del gobierno (para la fecha) decidi\u00f3, con la inyecci\u00f3n de inversi\u00f3n privada, capitalizar las tres distribuidoras y las generadoras t\u00e9rmicas Egehaina y Egeitabo; en cambio, por la importancia estrat\u00e9gica para el pa\u00eds, decidi\u00f3 mantener en manos del Estado las centrales hidroel\u00e9ctricas, as\u00ed como, la transmisi\u00f3n de electricidad, pudiendo el sector privado participar en peque\u00f1as centrales, menores de 5 megavatios, no de 52 o 300, como pretende la actual administraci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo.- El secretario de Energ\u00eda de la Fuerza del Pueblo, Juan G\u00f3mez, denunci\u00f3 el gobierno intenta cambiar la prioridad del agua, que en un principio se establece para el consumo humano, con el objetivo de favorecer sectores empresariales. La denuncia hecha por Juan G\u00f3mez y un equipo de expertos en el tema de Energ\u00eda, se basa en un anuncio hecho por el gobierno, en la persona del administrador de EGEHID, Rafael Salazar, en peri\u00f3dicos de circulaci\u00f3n nacional, de que se construir\u00e1n las presas de Las Placetas, de unos 300 MW y; Artibonito, de 52 MW; con inversi\u00f3n privada. Ante esta informaci\u00f3n, la FP se\u00f1al\u00f3, en conferencia de prensa, que existe el riesgo de que: \u00abA la hora de que el inter\u00e9s comercial prime y sean m\u00e1s importantes los dividendos, est\u00e1 claro que el orden de prioridad del uso de agua ser\u00e1 variado por parte de la gesti\u00f3n empresarial que nos gobierna\u00bb. \u00abCabe resaltar que, en aquellas centrales h\u00eddricas de uso mixto, el orden de prioridad en el uso del agua es: 1ro. para el consumo humano; 2do. para regad\u00edo y labores agr\u00edcolas en sentido general, subsistencia de animales, control de inundaciones y, 3ro. para la producci\u00f3n de electricidad; es decir que, el turbinado est\u00e1 en el \u00faltimo lugar\u00bb, dijo el titular de Energ\u00eda y Minas de la FP, actuando como vocero. 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Continu\u00f3 expresando que: \u00abAl parecer, el marcado inter\u00e9s de la actual gesti\u00f3n de beneficiar a sectores privados, prima, sin importar que los mismos tomen un bien p\u00fablico de inter\u00e9s social, para que pase a ser un bien comercial\u00bb. \u00abLa EGEHID es una empresa p\u00fablica rentable para el Estado dominicano, que en el a\u00f1o 2022 supli\u00f3 un 7.1% de la demanda del Sistema El\u00e9ctrico Nacional Interconectado (SENI), y que ofrece la posibilidad de que con sus ingresos se puedan estructurar proyectos que permitan seguir con la expansi\u00f3n de la empresa y detener la gesti\u00f3n de manera deficiente y con falta de criterio, en la que se hacen gastos en obras que est\u00e1n fuera de las \u00e1reas adyacentes de las presas y, adem\u00e1s, ajenas a su programa de responsabilidad social y a su misi\u00f3n y visi\u00f3n como empresa generadora, que es gestionar con eficiencia los recursos hidroel\u00e9ctricos. Esa desacertada pol\u00edtica administrativa ha convertido a la empresa EGEHID en un nicho de clientelismo pol\u00edtico al servicio de proyectos individuales de funcionarios y dirigentes partidarios\u00bb, explic\u00f3 G\u00f3mez sobre la conveniencia de EHEHID siga siendo un activo del Estado dominicano. Puntos que FP aconseja al gobierno considerar 1. La Constituci\u00f3n Dominicana de 2010, en su Art\u00edculo 15, referente a los recursos h\u00eddricos, establece que: \u201cEl agua constituye patrimonio nacional estrat\u00e9gico de uso p\u00fablico, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. El consumo humano del agua tiene prioridad sobre cualquier otro uso. El Estado promover\u00e1 la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas efectivas para la protecci\u00f3n de los recursos h\u00eddricos de la Naci\u00f3n\u201d. 2. En consonancia con la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su Art\u00edculo 126, estipula que: \u201cTodas las aguas del pa\u00eds, sin excepci\u00f3n alguna, son propiedad del Estado y su dominio es inalienable, imprescriptible e inembargable. No existe propiedad privada de las aguas, ni derechos adquiridos sobre ellas\u201d. 3. De igual forma, la Ley 64-00, en su Art\u00edculo 127, expresa que: \u201cToda persona tiene derecho a utilizar el agua para satisfacer sus necesidades vitales de alimentaci\u00f3n e higiene, la de su familia y de sus animales, siempre que con ello no cause perjuicio a otros usuarios, ni implique derivaciones o contenciones, ni empleo de m\u00e1quinas o realizaci\u00f3n de actividades que deterioren y\/o menoscaben de alguna manera, el cauce y sus m\u00e1rgenes, alteren, contaminen o imposibiliten su aprovechamiento por terceros\u201d. 4. Mediante la Ley 141-97, de Reforma de la Empresa P\u00fablica, se llev\u00f3 a cabo el proceso de capitalizaci\u00f3n de la antigua Corporaci\u00f3n Dominicana de Electricidad (CDE), cre\u00e1ndose la base para constituir las tres empresas de distribuci\u00f3n (Edenorte, Edesur y Edeeste), las tres empresas de generaci\u00f3n (Egehaina, Egeitabo y Egehid) y, una empresa de transmisi\u00f3n (Eted). 5. Desde el principio, la administraci\u00f3n del gobierno (para la fecha) decidi\u00f3, con la inyecci\u00f3n de inversi\u00f3n privada, capitalizar las tres distribuidoras y las generadoras t\u00e9rmicas Egehaina y Egeitabo; en cambio, por la importancia estrat\u00e9gica para el pa\u00eds, decidi\u00f3 mantener en manos del Estado las centrales hidroel\u00e9ctricas, as\u00ed como, la transmisi\u00f3n de electricidad, pudiendo el sector privado participar en peque\u00f1as centrales, menores de 5 megavatios, no de 52 o 300, como pretende la actual administraci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[56],"tags":[],"class_list":["post-128142","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128142","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=128142"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128142\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":128144,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128142\/revisions\/128144"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=128142"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=128142"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=128142"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}