{"id":128496,"date":"2023-08-31T19:57:29","date_gmt":"2023-08-31T23:57:29","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=128496"},"modified":"2023-08-31T19:58:01","modified_gmt":"2023-08-31T23:58:01","slug":"solidaridad-acto-solidario-y-economia-solidaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2023\/08\/31\/solidaridad-acto-solidario-y-economia-solidaria\/","title":{"rendered":"SOLIDARIDAD, ACTO SOLIDARIO Y ECONOM\u00cdA SOLIDARIA."},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-128497 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/econom\u00eda-solidaria.jpg\" alt=\"\" width=\"726\" height=\"476\" \/>Prof. Oscar Bastidas Delgado<\/p>\n<p>oscarbastidasdegado@gmail.com<\/p>\n<p>Whatsapp +584241725665<\/p>\n<p>Como toda actividad humana, constituir y poner en marcha organizaciones genera valores en quienes lo desarrollan. Ellos surgen con cierto orden, sucedi\u00e9ndose unos a otros de manera no lineal, nutri\u00e9ndose entre ellos y generando otros a manera de sucesi\u00f3n ascendente en lo complejo desde el m\u00e1s sencillo o Individualismo a la Solidaridad, de forma tal que puede afirmarse que los \u00faltimos generados contienen a los primeros.<\/p>\n<p>Como recurso pedag\u00f3gico, distinguir unos valores de otros en el justo momento de su aparici\u00f3n y entender la existencia de una suerte de jerarqu\u00eda entre ellos con apoyo en el proceso de emprendimiento contribuye a conceptualizar las actividades econ\u00f3micas que supuestamente lo practican con base en esa sucesi\u00f3n Econom\u00eda Colaborativa, Econom\u00eda Social y Econom\u00eda Solidaria a manera de\u00a0continuum.<\/p>\n<p>La sucesi\u00f3n se\u00f1alada puede describirse a manera de escalera as\u00ed:\u00a01. &#8211; Individualismo; 2. &#8211; Colaboraci\u00f3n; 3. &#8211; Ayuda Mutua, valor que al superar la encrucijada \u00bflucro o no lucro? Puede conducir a organizaciones capitalistas o de la Econom\u00eda Social (OES en adelante); 4. &#8211; Asociacionismo, Mutualismo y Cooperativismo trilog\u00eda de valores constituyentes de las tres formas b\u00e1sicas de OES en los que las personas son centro fundamental de atenci\u00f3n y los recursos var\u00edan de tener menos peso en las asociaciones a mayor en las cooperativas; y 5. &#8211; Solidaridad como valor fundamental que toda OES debe construir para ser calificada como de Econom\u00eda Solidaria. En otras palabras, la Econom\u00eda Solidaria es el subconjunto de la Econom\u00eda Social que realmente construye y mantiene la Solidaridad como valor central.<\/p>\n<p>Con ese\u00a0continuum\u00a0de valores pudiera construirse una escala del grado de solidaridad en las organizaciones con sus respectivas variables e indicadores, que oscilase entre cero puntos (0) del individualismo extremo de un Robinson Crusoe y con cien puntos (100) aquellas experiencias con real desarrollo de la Solidaridad como la de los\u00a0kibbutzim\u00a0en el momento su pleno apogeo o Ceconave, sistema autogestionario y agroalimentario venezolano, ganador del Premio Nobel Alternativo \u2013 2022 (https:\/\/cecosesola.org\/recibimos-el-premio-nobel-alternativo-2022\/\u00a0).<\/p>\n<p>Con esa escala y un sistema apropiado de variables e indicadores, se pudiesen auditar los valores en una organizaci\u00f3n y determinar a cu\u00e1l econom\u00eda pertenece. Esa escala facilitar\u00eda la comprensi\u00f3n, por ejemplo, de c\u00f3mo una organizaci\u00f3n con forma jur\u00eddica de compa\u00f1\u00eda an\u00f3nima pudiese hasta ser de Econom\u00eda Solidaria y, por el contrario, numerosas cooperativas ser falsas al solo servir a los mezquinos intereses de \u201csus propietarios\u201d. Ser\u00eda herramienta \u00fatil en la elaboraci\u00f3n de los balances sociales de cualquier organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Un gr\u00e1fico a manera de escalera permitir\u00eda visualizar de manera ascendente la sucesi\u00f3n se\u00f1alada. El recorrido no es lineal pero, como recurso pedag\u00f3gico, distinguir unos valores de otros en el justo momento de su aparici\u00f3n y entender la existencia de una suerte de jerarqu\u00eda entre ellos, contribuye a precisar las econom\u00edas y sus organizaciones tambi\u00e9n a manera de\u00a0continuum.<\/p>\n<p>El \u201cnosotros\u201d y \u201clos otros\u201d son clave para precisar la frontera entre los deberes de solidaridad y las otras exigencias que de ella se derivan, un punto de partida es establecer las diferencias entre las personas como base para el reconocimiento jur\u00eddico de la autonom\u00eda y la libertad.<\/p>\n<p>El reconocimiento del nosotros y de los otros es condici\u00f3n necesaria e indispensable para la convivencia y tolerancia, fundamento de toda sociedad que pretenda desarrollar la igualdad, la democracia y la solidaridad; \u00e9l amerita condiciones concretas y perdurables en el sistema de valores adoptado y en la acci\u00f3n de las instituciones, por ello la Solidaridad como valor no se proclama ni impone o decreta mediante instrumentos legales u \u00f3rdenes, hay que construirlo; no basta con decir \u201cPara efectos de la presente ley denominase Econom\u00eda Solidaria al sistema socioecon\u00f3mico, \u2026\u00a0\u201d[1].<\/p>\n<p>En las asociaciones realmente solidarias el reconocimiento del \u201cnosotros\u201d amerita condiciones concretas y perdurables en el sistema de valores que adopten; en las OES debe predominar el vocablo \u201cnosotros\u201d como elemento de integraci\u00f3n ya que fortalece el sentido de pertenencia, sin\u00f3nimo de sentirse parte de algo, se asocia a la satisfacci\u00f3n u orgullo de pertenecer a ese algo, en este caso a la OES concede soporte a la potencial solidaridad.<\/p>\n<p>El sentido de pertenencia tiende a confundirse con el de propiedad, confusi\u00f3n que en el caso de una OES es comprensible y deseable ya que los asociados son sus propietarios. Ambos sentidos son mayores en los fundadores pues ellos transmitieron a la OES sus valores, dise\u00f1aron sus procesos, integraron personas a la organizaci\u00f3n y tejieron redes sociales con proveedores, clientes, comunidades y otras organizaciones, finalmente fueron celosos de su organizaci\u00f3n, puesta en marcha y funcionamiento, en otras palabras constituyeron la Fuerza Fundante.<\/p>\n<p>Como se afirm\u00f3, en el tope superior del\u00a0continuum\u00a0de valores propuesto est\u00e1 la Solidaridad; surge como sinergia de los anteriores, los contiene todos y suma otros no mencionados como la confianza y el compromiso, centr\u00e1ndose en la reciprocidad[2]; es un valor transformador\u00a0per se\u00a0que hay que construir, no se decreta. Las acepciones de Solidaridad son tan variadas como los temas frecuentes con los que se relaciona: bondad, generosidad, amor, caridad, ayuda mutua, respeto mutuo, tolerancia justicia; a niveles coloquiales se utiliza hasta para referirse a los precios justos de ciertos restaurantes, calificar un seguro o expresar un p\u00e9same.<\/p>\n<p>Le Petite Larousse Illustr\u00e9\u00a0la se\u00f1ala como \u201cdependencia mutua entre personas\u201d,\u00a0agrega que involucra un sentimiento que impulsa a las personas a establecer ayuda mutua o un deber asistencial hacia las personas en peligro. En un sentido etimol\u00f3gico aparece en un lenguaje jur\u00eddico en el S. XV como \u201csiendo com\u00fan a muchos, cada uno responde por todos\u201d, afirmaci\u00f3n \u00e9sta que de alguna manera aborda el tema de la dependencia reciproca; por extensi\u00f3n la palabra se relaciona con solidez.<\/p>\n<p>Javier de Lucas en su libro El Concepto de Solidaridad[3], reflexiona gramaticalmente sobre el concepto al calificarlo como \u201csustantivo abstracto formado a partir del adjetivo solidario, derivado a su vez inicialmente de la expresi\u00f3n latina\u00a0in solidum, que equivale a totalidad, el todo\u201d; lo presenta tambi\u00e9n como\u00a0\u201cuna categor\u00eda espec\u00edfica de relaciones obligatorias, caracterizada por la unidad -integridad del v\u00ednculo obligatorio y la pluralidad de sujeto\u2026 precisamente las caracter\u00edsticas de las obligaciones solidarias\u201d,\u00a0categor\u00eda jur\u00eddica de la que derivar\u00e1 la noci\u00f3n de solidaridad. En cuanto al uso del t\u00e9rmino por la sociolog\u00eda\u00a0De Lucas\u00a0lo se\u00f1ala como un elemento estructural de los grupos sociales.<\/p>\n<p>Sobre lo se\u00f1alado y otras consideraciones que por motivo de espacio no colocamos en este art\u00edculo, se construye el siguiente concepto de solidaridad:<\/p>\n<p>Valor construido\u00a0y compartido voluntariamente entre grupos de personas u organizaciones que comparten fines, necesidades y aspiraciones comunes mediante compromisos rec\u00edprocos asumidos individualmente como responsabilidades propias. Dos indicadores de su existencia son la confianza tejida entre sus constructores y el uso frecuente del vocablo \u201cnosotros\u201d demostrativo del sentido de pertenencia a los grupos u organizaciones[4].<\/p>\n<p>De esta definici\u00f3n se desprende variables de obligatoria presencia en las organizaciones que deseen ser consideradas solidarias: ser constituidas voluntariamente; estar constituidas para superar necesidades y lograr aspiraciones comunes, necesidades y aspiraciones establecidas sobre compromisos rec\u00edprocos; los participantes se sienten corresponsables de los compromisos contra\u00eddos por la organizaci\u00f3n; y todos poseen alto sentido de pertenencia a la organizaci\u00f3n, sentido demostrable con el vocablo \u201cnosotros\u201d.<\/p>\n<p>N\u00f3tese que es en la organizaci\u00f3n constituida donde debe desarrollarse la Solidaridad y desde ella, con criterio de gobernanza en cuanto a constituir redes, expandir ese valor hacia otras organizaciones y comunidades mediante procesos de intercooperaci\u00f3n e integraci\u00f3n. As\u00ed que, solo si una OES construye ese valor en su interior y \u00e9l trasciende en sus relaciones con otras organizaciones en lo que pudiese denominarse el Acto Solidario, esa OES merecer\u00eda calificarse como Organizaci\u00f3n Solidaria; de no hacerlo permanecer\u00eda en el mundo de las OES pues calzar\u00eda con las condiciones mencionadas ut supra.<\/p>\n<p>Ahora bien, el sello o piedra angular que marca el funcionamiento de las cooperativas y las diferencian de otras organizaciones, especialmente de las comerciales pues las actividades de las cooperativas se ri\u00f1en en lo esencial con el acto comercial, es el Acto Cooperativo,<\/p>\n<p><strong>Cracogna lo define as\u00ed:<\/strong><\/p>\n<p>la expresi\u00f3n m\u00e1s relevante de la naturaleza de las cooperativas pues constituye la operaci\u00f3n t\u00edpica que realizan las cooperativas con sus respectivos asociados para cumplir su objeto social. Por su naturaleza este acto excluye toda finalidad lucrativa pues consiste en la prestaci\u00f3n del servicio para el cual los consumidores o usuarios organizaron la cooperativa. Siendo que los asociados re\u00fanen simult\u00e1neamente la condici\u00f3n de due\u00f1os y clientes de la cooperativa, no podr\u00eda tener lugar entre asociado y cooperativa la contraposici\u00f3n de intereses que caracteriza a la relaci\u00f3n consumidor\/proveedor<\/p>\n<p>Estas precisiones acerca del Acto Cooperativo, completamente v\u00e1lidas y pertinentes, conceden bases para que el Acto Cooperativo adquiera una dimensi\u00f3n legal y se asuma en aras del Derecho Cooperativo y leyes como\u00a0Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (LEAC)\u00a0venezolana, que\u00a0califica las cooperativas como asociaciones,\u00a0define el Acto Cooperativo as\u00ed:<\/p>\n<p>\u201cActo Cooperativo. Art\u00edculo 7\u00b0. Son actos cooperativos los realizados entre las cooperativas y sus asociados o por las cooperativas entre s\u00ed o con otros entes en cumplimiento de su objetivo social y quedan sometidos al Derecho Cooperativo, y en general al ordenamiento jur\u00eddico vigente\u201d.<\/p>\n<p>Imposible concebir entonces la Gesti\u00f3n Cooperativa sin considerar el Acto Cooperativo.\u00a0Por su naturaleza y el Acto Cooperativo, las actividades de las cooperativas deben cumplirse con fines de inter\u00e9s social y beneficio colectivo por lo que, si bien pueden desarrollar cualquier actividad econ\u00f3mica y social de car\u00e1cter l\u00edcito en condiciones de igualdad con las dem\u00e1s empresas, p\u00fablicas o privadas, \u201cla intermediaci\u00f3n\u201d no es lo fundamental: el Acto Cooperativo se ri\u00f1e con el Acto de Comercio.<\/p>\n<p>As\u00ed, los actos de prestaci\u00f3n de servicios por las cooperativas a favor de no asociados son actos cooperativos en la medida en que se realizan para cumplir con el objeto, queda entendido que los ingresos obtenidos por estas operaciones no generan ganancias y por lo tanto deben ser inafectos a impuestos sobre la renta.<\/p>\n<p>Ac\u00e1 es clave precisar el t\u00e9rmino anticipo societario, figura muy propia del cooperativismo. Al poseer los trabajadores \u2013 asociados la doble condici\u00f3n concomitante Propietarios &#8211; Trabajadores, los asociados que aportan su trabajo en sus cooperativas se rigen por las pautas del Trabajo \u2013 Asociado y no por las leyes de trabajo que rigen a los trabajadores en condici\u00f3n de dependencia; por ende, los ingresos percibidos por sus actividades laborales ser\u00edan una combinaci\u00f3n de los dividendos de los accionistas de una empresa de capital con los salarios de trabajadores en situaci\u00f3n de dependencia; de ac\u00e1 la condici\u00f3n de societario.<\/p>\n<p>Lo de anticipo se explica con un ejemplo. Como el excedente o las p\u00e9rdidas del a\u00f1o 2023 de la cooperativa se observan en los estados financieros luego de cerrar el ejercicio econ\u00f3mico, enero o febrero del a\u00f1o 2024 por ejemplo, y los Trabajadores &#8211; Asociados no pueden esperar en abril del a\u00f1o 2023 el cierre del ejercicio para cubrir sus necesidades personales, anticipan a abril 2023 lo que se supone obtendr\u00e1n como excedentes en el a\u00f1o, de all\u00ed el t\u00e9rmino anticipo.<\/p>\n<p>Bajo estos preceptos, en las cooperativas solo cobrar\u00edan salarios los trabajadores no asociados; ac\u00e1 la cooperativa tendr\u00eda condici\u00f3n patronal y ellos se regir\u00edan por normas laborales.<\/p>\n<p>Retomando la definici\u00f3n que de Solidaridad que aporta Bastidas \u2013 Delgado (2020), y aplicando la misma l\u00f3gica que aplica Cracogna al Acto Cooperativo, puede\u00a0entenderse que\u00a0el<\/p>\n<p>Acto\u00a0Solidario\u00a0es el\u00a0realizado con respecto a un objetivo com\u00fan concreto por organizaciones constituidas voluntariamente que, sin perseguir\u00a0fines de lucro y animadas por un prop\u00f3sito de servicio en cumplimiento de su\u00a0objeto social, construyen permanentemente el valor de la Solidaridad entre sus\u00a0asociados y con otras organizaciones y comunidades, mediante compromisos rec\u00edprocos\u00a0asumidos\u00a0por\u00a0sus\u00a0actores como\u00a0responsabilidades\u00a0propias\u201d.<\/p>\n<p>Precisados estos aspectos, reflexi\u00f3nese acerca de la denominada Econom\u00eda Solidaria\u00a0(ESol).\u00a0Seg\u00fan el profesor Henri Desroche el t\u00e9rmino fue mencionado por primera vez en un coloquio de economistas celebrado en Francia en 1890. Desde esa fecha no se han encontrado referencias sobre su uso hasta los a\u00f1os 70 del pasado siglo cuando, desde El Vaticano, se impuls\u00f3 ese valor y comenz\u00f3 a ser utilizado por sectores cristianos excluidos de Europa, Canad\u00e1, y algunos pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina para calificar sus experiencias de Econom\u00eda Social como solidarias<\/p>\n<p>En algunos pa\u00edses como Colombia se promulgaron leyes relativas a esta econom\u00eda (ley\u00a0454 de 1998);\u00a0en otros se cometi\u00f3 el garrafal error de emparejarlas con la econom\u00eda popular como si esta fuese la panacea de profundos procesos de transformaci\u00f3n (Ley Org\u00e1nica de la Econom\u00eda Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario), y en otros como M\u00e9xico, se promulg\u00f3 la Ley de Econom\u00eda Social y Solidaria, binomio este que\u00a0contiene una metonimia o problema gramatical que se presenta cuando existe una identificaci\u00f3n del continente con su contenido existiendo un desplazamiento gramatical del contenido hacia el continente pues la econom\u00eda solidaria es un subsector de la ES: aquel que realmente construye Solidaridad.<\/p>\n<p>Atenci\u00f3n, no todas las denominadas Organizaciones Solidarias construyen Solidaridad por lo que las que no deben considerarse como tales; a manera de ejemplo, cooperativas de ahorro y cr\u00e9dito o de consumo utilizadas por sus asociados como cualquier banco o supermercado sin importarles lo que suceda en su interior.<\/p>\n<p>En peor error incurren quienes utilizan el t\u00e9rmino como sin\u00f3nimo de dar limosnas o de un capitalismo populista benefactor, los gobernantes y legisladores que imponen este valor mediante leyes[5], y los acad\u00e9micos que construyen c\u00f3modos binomios como el mencionado o el de \u201cEconom\u00eda Popular y Solidaria\u201d. Estos errores originan otros pues si lo que determina la pertenencia de una organizaci\u00f3n a la ESol es la construcci\u00f3n de la Solidaridad: \u00bfhasta d\u00f3nde es apropiado hablar de territorios solidarios, propiedad solidaria, mercados solidarios y sistemas jur\u00eddicos solidarios?, la respuesta es no, salvo que se precise: solidaridad con respecto a qu\u00e9 pues este valor no se construye en abstracto, debe construirse respecto a un algo com\u00fan.<\/p>\n<p>En la actualidad, dos elementos comunes en el discurso de sus defensores le conceden interesantes dimensiones pol\u00edticas: 1. \u2013 el rechazo al neo &#8211; liberalismo; y 2. &#8211; las cr\u00edticas a cooperativas y otras OES adormecidas en propuestas originales y con progresiva adaptaci\u00f3n a los mecanismos de la econom\u00eda de mercado, econom\u00eda en la que numerosas OES ocupan espacios de poco inter\u00e9s para las empresas de capital y las del sector p\u00fablico: espacios residuales.<\/p>\n<p>Definitivamente, el \u00fanico eje diferenciador entre la Econom\u00eda Social y la Econom\u00eda Solidaria, es la construcci\u00f3n o no del valor Solidaridad, siendo as\u00ed, la Econom\u00eda Solidaria puede entenderse como aquel subconjunto de la Econom\u00eda Social que realmente construye Solidaridad[6]. Ello no menosprecia el construir utop\u00edas, \u201csue\u00f1os realizables referidos solo a sociedades\u201d\u00a0en los que la Solidaridad sea eje transversal de las organizaciones: la linterna que alumbra hacia el final del camino como bien lo se\u00f1alaba mi buen profesor Henry Desroche.<\/p>\n<p>NOTAS.<\/p>\n<p>[1]\u00a0Rep\u00fablica de Colombia. Congreso de la Rep\u00fablica. Ley 454 de 1998. Bogot\u00e1. Art. 2\u00ba.<br \/>\n[2]\u00a0Una\u00a0expresi\u00f3n sencilla est\u00e1 en lo que en el mundo de las leyes se denomina la obligaci\u00f3n solidaria en la que, con la sola exigencia de resarcimiento de un pr\u00e9stamo a uno solo de los deudores, \u00e9ste se obliga \u201csolidariamente\u201d y responde por todos, extingui\u00e9ndose la obligaci\u00f3n de exigirle al resto.<br \/>\n[3]\u00a0Ver Javier de Lucas.\u00a0El Concepto de Solidaridad.\u00a0Biblioteca de \u00c9tica, Filosof\u00eda del Derecho y Pol\u00edtica. Distribuciones Fontamara, S.A. M\u00e9xico, 1998. pp. 13 -35.<br \/>\n[4]\u00a0Ver Bastidas Delgado, O. (2020)\u00a0La Identidad como gu\u00eda de Acci\u00f3n de las Cooperativas. Amazon.\u00a0LA IDENTIDAD COMO GU\u00cdA DE ACCI\u00d3N DE LAS COOPERATIVAS eBook: Bastidas Delgado, Oscar: Amazon.es: Tienda Kindle<br \/>\n[5]\u00a0Recu\u00e9rdese a manera de ejemplo que la Ley 454 de 1998 de Colombia. Ob. Cit. reza:\u00a0\u201cTienen el car\u00e1cter de organizaciones solidarias entre otras: \u2026\u201d.<br \/>\n[6]\u00a0Ver Oscar Bastidas Delgado.\u00a0La Econom\u00eda Social entre la Econom\u00eda Popular y la Econom\u00eda Solidaria. Aportes a la Identidad Organizacional.\u00a0Editora Galaxia C.A. Caracas 2018.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Prof. Oscar Bastidas Delgado oscarbastidasdegado@gmail.com Whatsapp +584241725665 Como toda actividad humana, constituir y poner en marcha organizaciones genera valores en quienes lo desarrollan. Ellos surgen con cierto orden, sucedi\u00e9ndose unos a otros de manera no lineal, nutri\u00e9ndose entre ellos y generando otros a manera de sucesi\u00f3n ascendente en lo complejo desde el m\u00e1s sencillo o Individualismo a la Solidaridad, de forma tal que puede afirmarse que los \u00faltimos generados contienen a los primeros. Como recurso pedag\u00f3gico, distinguir unos valores de otros en el justo momento de su aparici\u00f3n y entender la existencia de una suerte de jerarqu\u00eda entre ellos con apoyo en el proceso de emprendimiento contribuye a conceptualizar las actividades econ\u00f3micas que supuestamente lo practican con base en esa sucesi\u00f3n Econom\u00eda Colaborativa, Econom\u00eda Social y Econom\u00eda Solidaria a manera de\u00a0continuum. La sucesi\u00f3n se\u00f1alada puede describirse a manera de escalera as\u00ed:\u00a01. &#8211; Individualismo; 2. &#8211; Colaboraci\u00f3n; 3. &#8211; Ayuda Mutua, valor que al superar la encrucijada \u00bflucro o no lucro? Puede conducir a organizaciones capitalistas o de la Econom\u00eda Social (OES en adelante); 4. &#8211; Asociacionismo, Mutualismo y Cooperativismo trilog\u00eda de valores constituyentes de las tres formas b\u00e1sicas de OES en los que las personas son centro fundamental de atenci\u00f3n y los recursos var\u00edan de tener menos peso en las asociaciones a mayor en las cooperativas; y 5. &#8211; Solidaridad como valor fundamental que toda OES debe construir para ser calificada como de Econom\u00eda Solidaria. En otras palabras, la Econom\u00eda Solidaria es el subconjunto de la Econom\u00eda Social que realmente construye y mantiene la Solidaridad como valor central. Con ese\u00a0continuum\u00a0de valores pudiera construirse una escala del grado de solidaridad en las organizaciones con sus respectivas variables e indicadores, que oscilase entre cero puntos (0) del individualismo extremo de un Robinson Crusoe y con cien puntos (100) aquellas experiencias con real desarrollo de la Solidaridad como la de los\u00a0kibbutzim\u00a0en el momento su pleno apogeo o Ceconave, sistema autogestionario y agroalimentario venezolano, ganador del Premio Nobel Alternativo \u2013 2022 (https:\/\/cecosesola.org\/recibimos-el-premio-nobel-alternativo-2022\/\u00a0). Con esa escala y un sistema apropiado de variables e indicadores, se pudiesen auditar los valores en una organizaci\u00f3n y determinar a cu\u00e1l econom\u00eda pertenece. Esa escala facilitar\u00eda la comprensi\u00f3n, por ejemplo, de c\u00f3mo una organizaci\u00f3n con forma jur\u00eddica de compa\u00f1\u00eda an\u00f3nima pudiese hasta ser de Econom\u00eda Solidaria y, por el contrario, numerosas cooperativas ser falsas al solo servir a los mezquinos intereses de \u201csus propietarios\u201d. Ser\u00eda herramienta \u00fatil en la elaboraci\u00f3n de los balances sociales de cualquier organizaci\u00f3n. Un gr\u00e1fico a manera de escalera permitir\u00eda visualizar de manera ascendente la sucesi\u00f3n se\u00f1alada. El recorrido no es lineal pero, como recurso pedag\u00f3gico, distinguir unos valores de otros en el justo momento de su aparici\u00f3n y entender la existencia de una suerte de jerarqu\u00eda entre ellos, contribuye a precisar las econom\u00edas y sus organizaciones tambi\u00e9n a manera de\u00a0continuum. 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En las asociaciones realmente solidarias el reconocimiento del \u201cnosotros\u201d amerita condiciones concretas y perdurables en el sistema de valores que adopten; en las OES debe predominar el vocablo \u201cnosotros\u201d como elemento de integraci\u00f3n ya que fortalece el sentido de pertenencia, sin\u00f3nimo de sentirse parte de algo, se asocia a la satisfacci\u00f3n u orgullo de pertenecer a ese algo, en este caso a la OES concede soporte a la potencial solidaridad. El sentido de pertenencia tiende a confundirse con el de propiedad, confusi\u00f3n que en el caso de una OES es comprensible y deseable ya que los asociados son sus propietarios. Ambos sentidos son mayores en los fundadores pues ellos transmitieron a la OES sus valores, dise\u00f1aron sus procesos, integraron personas a la organizaci\u00f3n y tejieron redes sociales con proveedores, clientes, comunidades y otras organizaciones, finalmente fueron celosos de su organizaci\u00f3n, puesta en marcha y funcionamiento, en otras palabras constituyeron la Fuerza Fundante. Como se afirm\u00f3, en el tope superior del\u00a0continuum\u00a0de valores propuesto est\u00e1 la Solidaridad; surge como sinergia de los anteriores, los contiene todos y suma otros no mencionados como la confianza y el compromiso, centr\u00e1ndose en la reciprocidad[2]; es un valor transformador\u00a0per se\u00a0que hay que construir, no se decreta. Las acepciones de Solidaridad son tan variadas como los temas frecuentes con los que se relaciona: bondad, generosidad, amor, caridad, ayuda mutua, respeto mutuo, tolerancia justicia; a niveles coloquiales se utiliza hasta para referirse a los precios justos de ciertos restaurantes, calificar un seguro o expresar un p\u00e9same. Le Petite Larousse Illustr\u00e9\u00a0la se\u00f1ala como \u201cdependencia mutua entre personas\u201d,\u00a0agrega que involucra un sentimiento que impulsa a las personas a establecer ayuda mutua o un deber asistencial hacia las personas en peligro. En un sentido etimol\u00f3gico aparece en un lenguaje jur\u00eddico en el S. XV como \u201csiendo com\u00fan a muchos, cada uno responde por todos\u201d, afirmaci\u00f3n \u00e9sta que de alguna manera aborda el tema de la dependencia reciproca; por extensi\u00f3n la palabra se relaciona con solidez. Javier de Lucas en su libro El Concepto de Solidaridad[3], reflexiona gramaticalmente sobre el concepto al calificarlo como \u201csustantivo abstracto formado a partir del adjetivo solidario, derivado a su vez inicialmente de la expresi\u00f3n latina\u00a0in solidum, que equivale a totalidad, el todo\u201d; lo presenta tambi\u00e9n como\u00a0\u201cuna categor\u00eda espec\u00edfica de relaciones obligatorias, caracterizada por la unidad -integridad del v\u00ednculo obligatorio y la pluralidad de sujeto\u2026 precisamente las caracter\u00edsticas de las obligaciones solidarias\u201d,\u00a0categor\u00eda jur\u00eddica de la que derivar\u00e1 la noci\u00f3n de solidaridad. En cuanto al uso del t\u00e9rmino por la sociolog\u00eda\u00a0De Lucas\u00a0lo se\u00f1ala como un elemento estructural de los grupos sociales. Sobre lo se\u00f1alado y otras consideraciones que por motivo de espacio no colocamos en este art\u00edculo, se construye el siguiente concepto de solidaridad: Valor construido\u00a0y compartido voluntariamente entre grupos de personas u organizaciones que comparten fines, necesidades y aspiraciones comunes mediante compromisos rec\u00edprocos asumidos individualmente como responsabilidades propias. Dos indicadores de su existencia son la confianza tejida entre sus constructores y el uso frecuente del vocablo \u201cnosotros\u201d demostrativo del sentido de pertenencia a los grupos u organizaciones[4]. De esta definici\u00f3n se desprende variables de obligatoria presencia en las organizaciones que deseen ser consideradas solidarias: ser constituidas voluntariamente; estar constituidas para superar necesidades y lograr aspiraciones comunes, necesidades y aspiraciones establecidas sobre compromisos rec\u00edprocos; los participantes se sienten corresponsables de los compromisos contra\u00eddos por la organizaci\u00f3n; y todos poseen alto sentido de pertenencia a la organizaci\u00f3n, sentido demostrable con el vocablo \u201cnosotros\u201d. N\u00f3tese que es en la organizaci\u00f3n constituida donde debe desarrollarse la Solidaridad y desde ella, con criterio de gobernanza en cuanto a constituir redes, expandir ese valor hacia otras organizaciones y comunidades mediante procesos de intercooperaci\u00f3n e integraci\u00f3n. As\u00ed que, solo si una OES construye ese valor en su interior y \u00e9l trasciende en sus relaciones con otras organizaciones en lo que pudiese denominarse el Acto Solidario, esa OES merecer\u00eda calificarse como Organizaci\u00f3n Solidaria; de no hacerlo permanecer\u00eda en el mundo de las OES pues calzar\u00eda con las condiciones mencionadas ut supra. Ahora bien, el sello o piedra angular que marca el funcionamiento de las cooperativas y las diferencian de otras organizaciones, especialmente de las comerciales pues las actividades de las cooperativas se ri\u00f1en en lo esencial con el acto comercial, es el Acto Cooperativo, Cracogna lo define as\u00ed: la expresi\u00f3n m\u00e1s relevante de la naturaleza de las cooperativas pues constituye la operaci\u00f3n t\u00edpica que realizan las cooperativas con sus respectivos asociados para cumplir su objeto social. Por su naturaleza este acto excluye toda finalidad lucrativa pues consiste en la prestaci\u00f3n del servicio para el cual los consumidores o usuarios organizaron la cooperativa. Siendo que los asociados re\u00fanen simult\u00e1neamente la condici\u00f3n de due\u00f1os y clientes de la cooperativa, no podr\u00eda tener lugar entre asociado y cooperativa la contraposici\u00f3n de intereses que caracteriza a la relaci\u00f3n consumidor\/proveedor Estas precisiones acerca del Acto Cooperativo, completamente v\u00e1lidas y pertinentes, conceden bases para que el Acto Cooperativo adquiera una dimensi\u00f3n legal y se asuma en aras del Derecho Cooperativo y leyes como\u00a0Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (LEAC)\u00a0venezolana, que\u00a0califica las cooperativas como asociaciones,\u00a0define el Acto Cooperativo as\u00ed: \u201cActo Cooperativo. Art\u00edculo 7\u00b0. Son actos cooperativos los realizados entre las cooperativas y sus asociados o por las cooperativas entre s\u00ed o con otros entes en cumplimiento de su objetivo social y quedan sometidos al Derecho Cooperativo, y en general al ordenamiento jur\u00eddico vigente\u201d. Imposible concebir entonces la Gesti\u00f3n Cooperativa sin considerar el Acto Cooperativo.\u00a0Por su naturaleza y el Acto Cooperativo, las actividades de las cooperativas deben cumplirse con fines de inter\u00e9s social y beneficio colectivo por lo que, si bien pueden desarrollar cualquier actividad econ\u00f3mica y social de car\u00e1cter l\u00edcito en condiciones de igualdad con las dem\u00e1s empresas, p\u00fablicas o privadas, \u201cla intermediaci\u00f3n\u201d no es lo fundamental: el Acto Cooperativo se ri\u00f1e con el Acto de Comercio. As\u00ed, los actos de prestaci\u00f3n de servicios por las cooperativas a favor de no asociados son actos cooperativos en la medida en que se realizan para cumplir con el objeto, queda entendido que los ingresos obtenidos por estas operaciones no generan ganancias y por lo tanto deben ser inafectos a impuestos sobre la renta. Ac\u00e1 es clave precisar el t\u00e9rmino anticipo societario, figura muy propia del cooperativismo. Al poseer los trabajadores \u2013 asociados la doble condici\u00f3n concomitante Propietarios &#8211; Trabajadores, los asociados que aportan su trabajo en sus cooperativas se rigen por las pautas del Trabajo \u2013 Asociado y no por las leyes de trabajo que rigen a los trabajadores en condici\u00f3n de dependencia; por ende, los ingresos percibidos por sus actividades laborales ser\u00edan una combinaci\u00f3n de los dividendos de los accionistas de una empresa de capital con los salarios de trabajadores en situaci\u00f3n de dependencia; de ac\u00e1 la condici\u00f3n de societario. Lo de anticipo se explica con un ejemplo. Como el excedente o las p\u00e9rdidas del a\u00f1o 2023 de la cooperativa se observan en los estados financieros luego de cerrar el ejercicio econ\u00f3mico, enero o febrero del a\u00f1o 2024 por ejemplo, y los Trabajadores &#8211; Asociados no pueden esperar en abril del a\u00f1o 2023 el cierre del ejercicio para cubrir sus necesidades personales, anticipan a abril 2023 lo que se supone obtendr\u00e1n como excedentes en el a\u00f1o, de all\u00ed el t\u00e9rmino anticipo. Bajo estos preceptos, en las cooperativas solo cobrar\u00edan salarios los trabajadores no asociados; ac\u00e1 la cooperativa tendr\u00eda condici\u00f3n patronal y ellos se regir\u00edan por normas laborales. Retomando la definici\u00f3n que de Solidaridad que aporta Bastidas \u2013 Delgado (2020), y aplicando la misma l\u00f3gica que aplica Cracogna al Acto Cooperativo, puede\u00a0entenderse que\u00a0el Acto\u00a0Solidario\u00a0es el\u00a0realizado con respecto a un objetivo com\u00fan concreto por organizaciones constituidas voluntariamente que, sin perseguir\u00a0fines de lucro y animadas por un prop\u00f3sito de servicio en cumplimiento de su\u00a0objeto social, construyen permanentemente el valor de la Solidaridad entre sus\u00a0asociados y con otras organizaciones y comunidades, mediante compromisos rec\u00edprocos\u00a0asumidos\u00a0por\u00a0sus\u00a0actores como\u00a0responsabilidades\u00a0propias\u201d. Precisados estos aspectos, reflexi\u00f3nese acerca de la denominada Econom\u00eda Solidaria\u00a0(ESol).\u00a0Seg\u00fan el profesor Henri Desroche el t\u00e9rmino fue mencionado por primera vez en un coloquio de economistas celebrado en Francia en 1890. Desde esa fecha no se han encontrado referencias sobre su uso hasta los a\u00f1os 70 del pasado siglo cuando, desde El Vaticano, se impuls\u00f3 ese valor y comenz\u00f3 a ser utilizado por sectores cristianos excluidos de Europa, Canad\u00e1, y algunos pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina para calificar sus experiencias de Econom\u00eda Social como solidarias En algunos pa\u00edses como Colombia se promulgaron leyes relativas a esta econom\u00eda (ley\u00a0454 de 1998);\u00a0en otros se cometi\u00f3 el garrafal error de emparejarlas con la econom\u00eda popular como si esta fuese la panacea de profundos procesos de transformaci\u00f3n (Ley Org\u00e1nica de la Econom\u00eda Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario), y en otros como M\u00e9xico, se promulg\u00f3 la Ley de Econom\u00eda Social y Solidaria, binomio este que\u00a0contiene una metonimia o problema gramatical que se presenta cuando existe una identificaci\u00f3n del continente con su contenido existiendo un desplazamiento gramatical del contenido hacia el continente pues la econom\u00eda solidaria es un subsector de la ES: aquel que realmente construye Solidaridad. Atenci\u00f3n, no todas las denominadas Organizaciones Solidarias construyen Solidaridad por lo que las que no deben considerarse como tales; a manera de ejemplo, cooperativas de ahorro y cr\u00e9dito o de consumo utilizadas por sus asociados como cualquier banco o supermercado sin importarles lo que suceda en su interior. En peor error incurren quienes utilizan el t\u00e9rmino como sin\u00f3nimo de dar limosnas o de un capitalismo populista benefactor, los gobernantes y legisladores que imponen este valor mediante leyes[5], y los acad\u00e9micos que construyen c\u00f3modos binomios como el mencionado o el de \u201cEconom\u00eda Popular y Solidaria\u201d. Estos errores originan otros pues si lo que determina la pertenencia de una organizaci\u00f3n a la ESol es la construcci\u00f3n de la Solidaridad: \u00bfhasta d\u00f3nde es apropiado hablar de territorios solidarios, propiedad solidaria, mercados solidarios y sistemas jur\u00eddicos solidarios?, la respuesta es no, salvo que se precise: solidaridad con respecto a qu\u00e9 pues este valor no se construye en abstracto, debe construirse respecto a un algo com\u00fan. En la actualidad, dos elementos comunes en el discurso de sus defensores le conceden interesantes dimensiones pol\u00edticas: 1. \u2013 el rechazo al neo &#8211; liberalismo; y 2. &#8211; las cr\u00edticas a cooperativas y otras OES adormecidas en propuestas originales y con progresiva adaptaci\u00f3n a los mecanismos de la econom\u00eda de mercado, econom\u00eda en la que numerosas OES ocupan espacios de poco inter\u00e9s para las empresas de capital y las del sector p\u00fablico: espacios residuales. Definitivamente, el \u00fanico eje diferenciador entre la Econom\u00eda Social y la Econom\u00eda Solidaria, es la construcci\u00f3n o no del valor Solidaridad, siendo as\u00ed, la Econom\u00eda Solidaria puede entenderse como aquel subconjunto de la Econom\u00eda Social que realmente construye Solidaridad[6]. Ello no menosprecia el construir utop\u00edas, \u201csue\u00f1os realizables referidos solo a sociedades\u201d\u00a0en los que la Solidaridad sea eje transversal de las organizaciones: la linterna que alumbra hacia el final del camino como bien lo se\u00f1alaba mi buen profesor Henry Desroche. NOTAS. [1]\u00a0Rep\u00fablica de Colombia. Congreso de la Rep\u00fablica. Ley 454 de 1998. Bogot\u00e1. Art. 2\u00ba. [2]\u00a0Una\u00a0expresi\u00f3n sencilla est\u00e1 en lo que en el mundo de las leyes se denomina la obligaci\u00f3n solidaria en la que, con la sola exigencia de resarcimiento de un pr\u00e9stamo a uno solo de los deudores, \u00e9ste se obliga \u201csolidariamente\u201d y responde por todos, extingui\u00e9ndose la obligaci\u00f3n de exigirle al resto. [3]\u00a0Ver Javier de Lucas.\u00a0El Concepto de Solidaridad.\u00a0Biblioteca de \u00c9tica, Filosof\u00eda del Derecho y Pol\u00edtica. Distribuciones Fontamara, S.A. M\u00e9xico, 1998. pp. 13 -35. [4]\u00a0Ver Bastidas Delgado, O. (2020)\u00a0La Identidad como gu\u00eda de Acci\u00f3n de las Cooperativas. Amazon.\u00a0LA IDENTIDAD COMO GU\u00cdA DE ACCI\u00d3N DE LAS COOPERATIVAS eBook: Bastidas Delgado, Oscar: Amazon.es: Tienda Kindle [5]\u00a0Recu\u00e9rdese a manera de ejemplo que la Ley 454 de 1998 de Colombia. Ob. Cit. reza:\u00a0\u201cTienen el car\u00e1cter de organizaciones solidarias entre otras: \u2026\u201d. [6]\u00a0Ver Oscar Bastidas Delgado.\u00a0La Econom\u00eda Social entre la Econom\u00eda Popular y la Econom\u00eda Solidaria. Aportes a la Identidad Organizacional.\u00a0Editora Galaxia C.A. Caracas 2018.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[56,52],"tags":[],"class_list":["post-128496","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia","category-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128496","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=128496"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128496\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":128498,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128496\/revisions\/128498"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=128496"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=128496"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=128496"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}