{"id":131819,"date":"2024-05-26T11:27:33","date_gmt":"2024-05-26T15:27:33","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=131819"},"modified":"2024-05-26T11:27:33","modified_gmt":"2024-05-26T15:27:33","slug":"onda-entrega-certificaciones-a-obras-de-pedro-julio-abreu-columna","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2024\/05\/26\/onda-entrega-certificaciones-a-obras-de-pedro-julio-abreu-columna\/","title":{"rendered":"ONDA entrega Certificaciones a obras de Pedro Julio Abreu Columna"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-131820 aligncenter\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/thumbnail_ONDA-CERTIFICADOS-LOS-GRANDES-DEL-FUTBOL-2-601x800.jpg\" alt=\"\" width=\"601\" height=\"800\" \/>Por: Pedro Julio Abreu Columna<\/p>\n<p>Recientemente la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), entrego certificaciones a las obras del autor Pedro Julio Abreu Columna. Como forma de reconocer su intelecto humano. Y proteger su autor\u00eda sobre las obras.<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n Dominicana protege los Derechos de la Propiedad Intelectual.<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n Dominicana en el art\u00edculo 52 de reconoce y protege, el derecho exclusivo de propiedad de autores e inventores sobre sus obras, invenciones, innovaciones, marcas, signos distintivos y dem\u00e1s producciones del intelecto humano.<\/p>\n<p>Los derechos de autor, as\u00ed como los de artistas int\u00e9rpretes o ejecutantes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusi\u00f3n, est\u00e1n protegidos por la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y su reglamento de aplicaci\u00f3n, as\u00ed como por la Ley 424-06 Tratado de Libre Comercio entre la Rep\u00fablica Dominicana, Am\u00e9rica Central y los Estados Unidos de Am\u00e9rica (DR-CAFTA).<\/p>\n<p>La Rep\u00fablica Dominicana ha sido parte de numerosos tratados y convenios Internacionales relacionados con la propiedad intelectual, como la Convenci\u00f3n de Berna para la Protecci\u00f3n de las Obras Literarias y Art\u00edsticas, los tratados de la Organizaci\u00f3n Mundial de la Propiedad Intelectual. Y el Convenio de Par\u00eds para la Protecci\u00f3n de la Propiedad Industrial.<\/p>\n<p>El \u00f3rgano especializado del Estado, adscrito al Ministerio de Cultura, paramanejar el tema del derecho de autor, es la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), que es responsable de registrar las obras, interpretaciones o ejecuciones, producciones, etc., protegidas por la Ley 20\/00, a trav\u00e9s del Registro Nacional de Derecho de Autor. Estos registros son de acceso p\u00fablico y est\u00e1n disponibles sin costo en la ONDA.<\/p>\n<p>Registro y protecci\u00f3n de los derechos de autor<\/p>\n<p>La Ley 65-00 sobre Derecho de Autor protege los derechos e intereses de los autores de cualquier trabajo intelectual creativo, como: (a) libros, revistas, folletos u otros escritos; (b) conferencias, alocuciones y sermones; (c) obras dram\u00e1ticas o dram\u00e1tico-musicales; (d) obras coreogr\u00e1ficas y pantom\u00edmicas; (e) composiciones musicales. (f) pel\u00edculas con o sin letras; (g) pinturas, dibujos, esculturas, arquitectura, grabados, litograf\u00edas y otros tipos de arte; (h) fotograf\u00eda; arte aplicado; ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras pl\u00e1sticas sobre geograf\u00eda, topograf\u00eda, arquitectura o ciencias; (i) programas de computadora; y (j) bases de datos.<\/p>\n<p>La protecci\u00f3n del derecho de autor. Los autores poseen los derechos patrimoniales incluyen los derechos de reproducci\u00f3n, traducci\u00f3n, adaptaci\u00f3n, interpretaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la obra, as\u00ed como los derechos de venta, uso o explotaci\u00f3n de la obra. Estos derechos se otorgan a los<\/p>\n<p>autores, sus herederos y cesionarios por un per\u00edodo de 70 a\u00f1os despu\u00e9s de la muerte del autor. A la finalizaci\u00f3n de los derechos de propiedad, la obra se convierte en propiedad p\u00fablica.<\/p>\n<p>Las obras del autor protegida y certificadas por la ONDA, son: Biograf\u00eda de un \u00c1guila; Los Grandes del Futbol la M\u00fasica la Pintura y el Cine. Adem\u00e1s El Comercio Internacional en el Nuevo Orden Mundial; y La Grecia de Hoy y los Siglos de Oro del Imperio Griego.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Pedro Julio Abreu Columna Recientemente la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), entrego certificaciones a las obras del autor Pedro Julio Abreu Columna. Como forma de reconocer su intelecto humano. Y proteger su autor\u00eda sobre las obras. La Constituci\u00f3n Dominicana protege los Derechos de la Propiedad Intelectual. La Constituci\u00f3n Dominicana en el art\u00edculo 52 de reconoce y protege, el derecho exclusivo de propiedad de autores e inventores sobre sus obras, invenciones, innovaciones, marcas, signos distintivos y dem\u00e1s producciones del intelecto humano. Los derechos de autor, as\u00ed como los de artistas int\u00e9rpretes o ejecutantes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusi\u00f3n, est\u00e1n protegidos por la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y su reglamento de aplicaci\u00f3n, as\u00ed como por la Ley 424-06 Tratado de Libre Comercio entre la Rep\u00fablica Dominicana, Am\u00e9rica Central y los Estados Unidos de Am\u00e9rica (DR-CAFTA). La Rep\u00fablica Dominicana ha sido parte de numerosos tratados y convenios Internacionales relacionados con la propiedad intelectual, como la Convenci\u00f3n de Berna para la Protecci\u00f3n de las Obras Literarias y Art\u00edsticas, los tratados de la Organizaci\u00f3n Mundial de la Propiedad Intelectual. Y el Convenio de Par\u00eds para la Protecci\u00f3n de la Propiedad Industrial. El \u00f3rgano especializado del Estado, adscrito al Ministerio de Cultura, paramanejar el tema del derecho de autor, es la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), que es responsable de registrar las obras, interpretaciones o ejecuciones, producciones, etc., protegidas por la Ley 20\/00, a trav\u00e9s del Registro Nacional de Derecho de Autor. Estos registros son de acceso p\u00fablico y est\u00e1n disponibles sin costo en la ONDA. Registro y protecci\u00f3n de los derechos de autor La Ley 65-00 sobre Derecho de Autor protege los derechos e intereses de los autores de cualquier trabajo intelectual creativo, como: (a) libros, revistas, folletos u otros escritos; (b) conferencias, alocuciones y sermones; (c) obras dram\u00e1ticas o dram\u00e1tico-musicales; (d) obras coreogr\u00e1ficas y pantom\u00edmicas; (e) composiciones musicales. (f) pel\u00edculas con o sin letras; (g) pinturas, dibujos, esculturas, arquitectura, grabados, litograf\u00edas y otros tipos de arte; (h) fotograf\u00eda; arte aplicado; ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras pl\u00e1sticas sobre geograf\u00eda, topograf\u00eda, arquitectura o ciencias; (i) programas de computadora; y (j) bases de datos. La protecci\u00f3n del derecho de autor. Los autores poseen los derechos patrimoniales incluyen los derechos de reproducci\u00f3n, traducci\u00f3n, adaptaci\u00f3n, interpretaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la obra, as\u00ed como los derechos de venta, uso o explotaci\u00f3n de la obra. Estos derechos se otorgan a los autores, sus herederos y cesionarios por un per\u00edodo de 70 a\u00f1os despu\u00e9s de la muerte del autor. A la finalizaci\u00f3n de los derechos de propiedad, la obra se convierte en propiedad p\u00fablica. Las obras del autor protegida y certificadas por la ONDA, son: Biograf\u00eda de un \u00c1guila; Los Grandes del Futbol la M\u00fasica la Pintura y el Cine. 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