{"id":69577,"date":"2018-05-26T19:28:30","date_gmt":"2018-05-26T19:28:30","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=69577"},"modified":"2018-05-26T19:28:30","modified_gmt":"2018-05-26T19:28:30","slug":"mujer-cargos-municipales-y-voto-preferencial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2018\/05\/26\/mujer-cargos-municipales-y-voto-preferencial\/","title":{"rendered":"Mujer, cargos municipales y voto preferencial"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-69578 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/Eddy-Olivares-art\u00edculos--239x300.jpg\" alt=\"\" width=\"239\" height=\"300\" \/>La m\u00e1s afectada por la implementaci\u00f3n del voto preferencial en el nivel municipal ser\u00e1 la cuota de la mujer.<\/p>\n<p>Por lo tanto, en lo referente a los regidores y los vocales, las f\u00e9minas deber\u00edan ser las m\u00e1s interesadas en que sea abortado el art\u00edculo 1 de la Ley 157-13, del Voto Preferencial, el cual establece lo siguiente: \u201cSe instituye el Sistema de voto preferencial para la elecci\u00f3n de diputados y diputadas al Congreso Nacional, los regidores y regidoras de los municipios y los vocales de los distritos municipales\u201d.<\/p>\n<p>A pesar de que esta ley entr\u00f3 en vigor en las elecciones del a\u00f1o 2016, en el caso de los regidores y vocales, por una disposici\u00f3n transitoria, el legislador decidi\u00f3 aplazar su aplicaci\u00f3n hasta las elecciones del 2020.<\/p>\n<p>Sin embargo, quien ha manifestado su desacuerdo con la aplicaci\u00f3n del voto preferencial, por una raz\u00f3n que en nada tiene que ver con la cuota femenina, es la Junta Central Electoral.<\/p>\n<p>Para el \u00f3rgano encargado de la administraci\u00f3n electoral, la elecci\u00f3n de los 1,164 esca\u00f1os de regidores y 730 vocales de distrito municipales, constituye una complicaci\u00f3n para las elecciones municipales del d\u00eda 16 de febrero del 2020.<\/p>\n<p>La preocupaci\u00f3n del magistrado Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n y los dem\u00e1s miembros del pleno es comprensible, tomando en consideraci\u00f3n que desde que el \u00f3rgano supremo electoral implement\u00f3 por primera vez el voto preferencial, ha sacado malas notas en el escrutinio, principalmente en las pasadas elecciones.<\/p>\n<p>El temor del \u00f3rgano al voto preferencial, el cual le ha solicitado al liderazgo pol\u00edtico y al Poder Legislativo que no sea aplicado en el 2020, se ha acrecentado debido a que a los 190 esca\u00f1os de diputados, que lo han puesto en apuro, habr\u00eda que agregarle la elevad\u00edsima suma 1,894 nuevos esca\u00f1os de regidores y vocales.<\/p>\n<p>Contrario a las listas cerradas y desbloqueadas, utilizadas para el voto preferencial, el cumplimiento de la cuota de g\u00e9nero es m\u00e1s factible con el sistema de listas cerradas y bloqueadas, como lo comprueba el hecho de que en las pasadas elecciones, mediante esta modalidad, el 33 por ciento de las regidur\u00edas, que es el porcentaje m\u00e1s alto de cargos electivos, qued\u00f3 en poder de las mujeres.<\/p>\n<p>Esto fue posible, adem\u00e1s, gracias a que la JCE oblig\u00f3 a los partidos pol\u00edticos a cumplir, estrictamente, la cuota de la mujer, para lo cual aprob\u00f3, en el art\u00edculo cuarto de la resoluci\u00f3n No. 13\/2016, en lo relativo a las propuestas de candidaturas de regidores y vocales municipales, lo siguiente: \u201c\u2026se aplicar\u00e1 por separado a cada nivel de elecci\u00f3n y en forma alterna: una mujer del primer al tercer cargo, otra del cuarto al sexto, otra del s\u00e9ptimo al noveno, y as\u00ed sucesivamente hasta completar la totalidad de cargos en cada nivel de elecci\u00f3n. De igual manera este criterio ser\u00e1 aplicado en el caso de las propuestas de candidaturas de los distritos municipales\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La m\u00e1s afectada por la implementaci\u00f3n del voto preferencial en el nivel municipal ser\u00e1 la cuota de la mujer. Por lo tanto, en lo referente a los regidores y los vocales, las f\u00e9minas deber\u00edan ser las m\u00e1s interesadas en que sea abortado el art\u00edculo 1 de la Ley 157-13, del Voto Preferencial, el cual establece lo siguiente: \u201cSe instituye el Sistema de voto preferencial para la elecci\u00f3n de diputados y diputadas al Congreso Nacional, los regidores y regidoras de los municipios y los vocales de los distritos municipales\u201d. A pesar de que esta ley entr\u00f3 en vigor en las elecciones del a\u00f1o 2016, en el caso de los regidores y vocales, por una disposici\u00f3n transitoria, el legislador decidi\u00f3 aplazar su aplicaci\u00f3n hasta las elecciones del 2020. Sin embargo, quien ha manifestado su desacuerdo con la aplicaci\u00f3n del voto preferencial, por una raz\u00f3n que en nada tiene que ver con la cuota femenina, es la Junta Central Electoral. Para el \u00f3rgano encargado de la administraci\u00f3n electoral, la elecci\u00f3n de los 1,164 esca\u00f1os de regidores y 730 vocales de distrito municipales, constituye una complicaci\u00f3n para las elecciones municipales del d\u00eda 16 de febrero del 2020. La preocupaci\u00f3n del magistrado Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n y los dem\u00e1s miembros del pleno es comprensible, tomando en consideraci\u00f3n que desde que el \u00f3rgano supremo electoral implement\u00f3 por primera vez el voto preferencial, ha sacado malas notas en el escrutinio, principalmente en las pasadas elecciones. El temor del \u00f3rgano al voto preferencial, el cual le ha solicitado al liderazgo pol\u00edtico y al Poder Legislativo que no sea aplicado en el 2020, se ha acrecentado debido a que a los 190 esca\u00f1os de diputados, que lo han puesto en apuro, habr\u00eda que agregarle la elevad\u00edsima suma 1,894 nuevos esca\u00f1os de regidores y vocales. Contrario a las listas cerradas y desbloqueadas, utilizadas para el voto preferencial, el cumplimiento de la cuota de g\u00e9nero es m\u00e1s factible con el sistema de listas cerradas y bloqueadas, como lo comprueba el hecho de que en las pasadas elecciones, mediante esta modalidad, el 33 por ciento de las regidur\u00edas, que es el porcentaje m\u00e1s alto de cargos electivos, qued\u00f3 en poder de las mujeres. Esto fue posible, adem\u00e1s, gracias a que la JCE oblig\u00f3 a los partidos pol\u00edticos a cumplir, estrictamente, la cuota de la mujer, para lo cual aprob\u00f3, en el art\u00edculo cuarto de la resoluci\u00f3n No. 13\/2016, en lo relativo a las propuestas de candidaturas de regidores y vocales municipales, lo siguiente: \u201c\u2026se aplicar\u00e1 por separado a cada nivel de elecci\u00f3n y en forma alterna: una mujer del primer al tercer cargo, otra del cuarto al sexto, otra del s\u00e9ptimo al noveno, y as\u00ed sucesivamente hasta completar la totalidad de cargos en cada nivel de elecci\u00f3n. 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