{"id":70784,"date":"2018-06-28T02:53:11","date_gmt":"2018-06-28T02:53:11","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=70784"},"modified":"2018-06-28T02:53:11","modified_gmt":"2018-06-28T02:53:11","slug":"si-no-contienen-sanciones-economicas-responsabilidad-civil-penal-y-administrativa-es-letra-muerta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2018\/06\/28\/si-no-contienen-sanciones-economicas-responsabilidad-civil-penal-y-administrativa-es-letra-muerta\/","title":{"rendered":"SI NO CONTIENEN SANCIONES ECON\u00d3MICAS, RESPONSABILIDAD CIVIL,  PENAL Y ADMINISTRATIVA, ES LETRA MUERTA."},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-70785 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/unnamed-19-300x300.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"300\" \/>Por Lic. C\u00e9sar Amadeo Peralta<\/p>\n<p>Abogado<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los abogados vieron como muy positivo para la efectividad en el cumplimiento de las decisiones del Tribunal Constitucional, la creaci\u00f3n de la Unidad para el Seguimiento de la Ejecuci\u00f3n de las Sentencias del Tribunal Constitucional, dada la alta tasa de incumplimientos, muy especialmente por las Instituciones P\u00fablicas, que son las primeras llamadas a cumplir con las disposiciones emanadas por el Tribunal Constitucional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Tribunal Constitucional es el \u00d3rgano Constitucional creado para garantizar la supremac\u00eda de la Constituci\u00f3n, la defensa del orden Constitucional y la protecci\u00f3n de los derechos fundamentales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por ende, sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes p\u00fablicos y \u00f3rganos del Estado y personas que ejercen potestades p\u00fablicas, quienes est\u00e1n obligadas a ejecutarlas, por estar sometidas al imperio de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El cumplimiento efectivo y oportuno de las decisiones del Tribunal Constitucional, est\u00e1 estrechamente vinculado con la Seguridad Jur\u00eddica, a la Tutela Judicial Efectiva y a las Garant\u00edas del debido proceso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 va hacer el Tribunal Constitucional con los chivos sin ley?<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El m\u00e1s alto Tribunal de la Rep\u00fablica Dominicana, tiene cientos de decisiones incumplidas, no ejecutadas, archivadas, desconocidas por muchas entidades p\u00fablicas y sus responsables, que ameritan de una coacci\u00f3n pecuniaria, responsabilidad civil, administrativa o penal y que, la resoluci\u00f3n que aprueba el Manual de Procedimiento de la Unidad de Seguimiento de Ejecuci\u00f3n de Sentencias no contiene.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es innegable que cuando un funcionario p\u00fablico ve en peligro sus bolsillos y su patrimonio, abusar\u00eda menos de su poder discrecional para hacerse el loco con el cumplimiento de un mandato del Tribunal Constitucional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u00bfC\u00f3mo hacerle entender a un funcionario p\u00fablico, borracho de poder, como todos conocemos varios que, es obligatorio obedecer el mandato de los jueces del Tribunal Constitucional, si no les imponen una sanci\u00f3n pecuniaria?.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1ntas leyes, art\u00edculos, Decretos, Reglamentos, Resoluciones, Decisiones contrarias a la Constituci\u00f3n, se han anulado por el Tribunal Constitucional?. Creo que son muchasssss. \u00bfCu\u00e1l ha sido el R\u00e9gimen Sancionador por incumplimiento? Ninguno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1ntas decisiones han emitido los Tribunales Administrativos y han sido ratificadas por el Pleno del Tribunal Constitucional y las instituciones no le han hecho caso?, pero si los incumbentes de esas instituciones donde va dirigido su cumplimiento no va acompa\u00f1ado de una sanci\u00f3n, es f\u00e1cil para ser archivada esa decisi\u00f3n y sus obligados, por falta de sanci\u00f3n podr\u00e1n decidir hasta recurrir al odioso silencio administrativo, porque no hay un r\u00e9gimen de consecuencias para ellos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por eso, el incumplimiento de las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional es un asunto muy grave, por ser el \u00f3rgano de cierre de cualquier proceso y que deber\u00eda estar embestido de las m\u00e1s absolutas garant\u00edas de cumplimiento por todos los poderes p\u00fablicos y privados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por ende, saludamos a todos y cada uno de los jueces del Tribunal Constitucional por esta iniciativa necesaria, de crear una Unidad de Seguimiento a la Ejecuci\u00f3n de las Sentencias, ante las tantas quejas recibidas por los usuarios y afectados del cumplimiento efectivo de sus decisiones, sin desconocer que en dicha resoluci\u00f3n falt\u00f3 los medios coactivos y coercitivos para que la ejecuci\u00f3n de la decisi\u00f3n sea m\u00e1s efectiva.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con esta opini\u00f3n personal y jur\u00eddica de quien suscribe, pretendo contribuir con el efectivo cumplimiento de las decisiones jurisdiccionales y llamar la atenci\u00f3n de los Jueces Constitucionales sobre el sentir de la clase jur\u00eddica, para que en esa resoluci\u00f3n que aprob\u00f3 el Manual de Procedimientos de la Unidad de Seguimiento de las Ejecuciones de Sentencias del Tribunal Constitucional, no sea m\u00e1s que un procedimiento burocr\u00e1tico, et\u00e9reo y de p\u00e9rdida de tiempo y por v\u00eda de consecuencia, infuncional por falta de sanciones y astreintes.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Lic. 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