{"id":79146,"date":"2018-10-23T16:09:32","date_gmt":"2018-10-23T16:09:32","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=79146"},"modified":"2018-10-23T16:09:32","modified_gmt":"2018-10-23T16:09:32","slug":"gobierno-dominicano-rechaza-reporte-de-la-unidad-de-inteligencia-de-the-economist","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2018\/10\/23\/gobierno-dominicano-rechaza-reporte-de-la-unidad-de-inteligencia-de-the-economist\/","title":{"rendered":"GOBIERNO DOMINICANO RECHAZA REPORTE DE LA  UNIDAD DE INTELIGENCIA DE THE ECONOMIST"},"content":{"rendered":"<img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-79147 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/thumbnail_IMG_3271-ret-300x200.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"200\" \/>\n<p>El \u00f3rgano rector de las finanzas p\u00fablicas conf\u00eda en que la publicaci\u00f3n rectificar\u00e1 sus afirmaciones, haciendo llegar a sus lectores los datos que le proporcion\u00f3 de manera responsable a trav\u00e9s de una carta.<\/p>\n<p>El Ministerio de Hacienda rechaz\u00f3 el reporte publicado por la Unidad de Inteligencia de The Economist (EIU) sobre el \u00cdndice del Entorno Global del Comercio Il\u00edcito en la Rep\u00fablica Dominicana, tras considerar que no toma en cuenta datos clave que demuestran los grandes esfuerzos que el pa\u00eds est\u00e1 realizando para combatir el comercio ilegal de mercanc\u00edas, las falsificaciones, el contrabando y el fraude fiscal.<\/p>\n<p>En nombre del Gobierno dominicano, el \u00f3rgano rector de las finanzas p\u00fablicas asegur\u00f3 que existen cifras actualizadas que contradicen el contenido del reporte, que consider\u00f3 \u201cclaramente sesgado e incompleto\u201d.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s de una comunicaci\u00f3n remitida a The Economist, la instituci\u00f3n destaca que las recaudaciones conjuntas de los impuestos al consumo de mercanc\u00edas como el arancel, impuesto a la trasferencia de bienes industrializados y servicios (ITBIS o IVA) los alcoholes, el tabaco e impuestos selectivos a los hidrocarburos, han mejorado en un 19.1%, por encima del crecimiento de la econom\u00eda, gracias a las decisiones tomadas por las direcciones generales de Aduanas y de Impuestos Internos.<\/p>\n<p>Durante el per\u00edodo 2013 a 2017, el incumplimiento del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Jur\u00eddicas, como porcentaje del PIB, disminuy\u00f3 de 64.7% a 61.9%; el incumplimiento del Impuesto Sobre la Renta a las Personas F\u00edsicas de 63.1% a 57.1%, y el ITBIS o IVA baj\u00f3 de 44.5% en 2014 a 43.6% en 2017, explica el Ministerio de Hacienda.<\/p>\n<p>Asimismo, indica que con el objetivo de eficientizar la gesti\u00f3n, la DGII elabor\u00f3 varias normativas antilavado, de acuerdo con Ley No. 155-17 sobre Prevenci\u00f3n de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva, que disponen el cumplimiento de los sujetos obligados, tales como:<\/p>\n<p>\u2014 los abogados, notarios, contadores y empresas de factoraje,<\/p>\n<p>\u2014 las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que se dedican de manera habitual a la compra y venta de veh\u00edculos de motor, barcos y aviones.<\/p>\n<p>\u2014 los agentes inmobiliarios, empresas constructoras y fiduciarias que no ofrecen servicios a entidades financieras o de oferta p\u00fablica.<\/p>\n<p>\u2014 los comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas, las empresas o personas f\u00edsicas que de forma habitual se dediquen a la compra y venta de armas de fuego y las casas de empe\u00f1o.<\/p>\n<p>\u2014 sujetos Obligados No Financieros cuya regulaci\u00f3n est\u00e1 a cargo de la DGII, conforme a las actividades o profesionales establecidos en el numeral 17 del art\u00edculo 2 y el art\u00edculo 33 de la referida Ley 155-17.<\/p>\n<p>Con el prop\u00f3sito de controlar la evasi\u00f3n, el Ministerio de Hacienda tambi\u00e9n emiti\u00f3 otras disposiciones para mejorar las recaudaciones tributarias, entre ellas:<\/p>\n<p>\u2014 comprobantes fiscales que incluye entre otras cosas la autorizaci\u00f3n de la emisi\u00f3n para nuevos contribuyentes; la asignaci\u00f3n y uso de frecuencia de los n\u00fameros del comprobante; el nuevo formato; cesaci\u00f3n de negocio, etc.<\/p>\n<p>\u2014 remisi\u00f3n de informaci\u00f3n, incorporando cambios en cuanto a las informaciones requeridas a trav\u00e9s de los distintos formatos de env\u00edo que soportan las declaraciones juradas de los contribuyentes.<\/p>\n<p>\u2014 sobre el procedimiento a trav\u00e9s del cual las aerol\u00edneas llevar\u00e1n a cabo la percepci\u00f3n del tributo por concepto de tarjetas de turismo incorporado en el precio de los boletos a\u00e9reos, as\u00ed como disponer los plazos y condiciones para beneficiarse del reembolso previsto en el Decreto No. 430-17, en los casos que aplique.<\/p>\n<p>En la misiva, el \u00f3rgano rector de las finanzas p\u00fablicas recalca que es \u201cincorrecta la apreciaci\u00f3n del Reporte de la Unidad de Inteligencia de The Economist (EIU) sobre la informalidad tributaria, puesto que el n\u00famero de contribuyentes registrados en la DGII ha crecido 22.0% entre 2013-2017, lo cual disminuye el comercio il\u00edcito e informal\u201d.<\/p>\n<p>Por otro lado, indica que los datos de la Direcci\u00f3n General de Aduanas (DGA) tambi\u00e9n muestran una realidad muy diferente a la que se sugiere en el reporte. Desde agosto de 2016 a septiembre de 2018, las incautaciones de cigarrillos ascienden a la suma de 236.0 millones de unidades; mientras que se decomisaron 312,325 municiones y 279 armas; 3,713,963 unidades de mercanc\u00edas infractoras de derechos marcarios; 265 mil botellas de bebidas alcoh\u00f3licas destruidas; 740,237 galones de combustible importado de contrabando; 422,797 medicamentos vencidos, falsificados o sin registro sanitario y fueron incautados US$5,809,681. Durante ese per\u00edodo, en materia de fiscalizaci\u00f3n posterior, la DGA realiz\u00f3 el ajuste de 11 mil 775 millones de pesos, equivalentes a 0.3% del PIB del 2018.<\/p>\n<p>\u201cLos datos que les compartimos dan sobrada cuenta de los enormes avances que est\u00e1 logrando la Rep\u00fablica Dominicana en materia de lucha contra el contrabando, la evasi\u00f3n, la elusi\u00f3n, la falsificaci\u00f3n y el lavado de activos y demuestran, adem\u00e1s, la firme voluntad del gobierno de seguir avanzando en este sentido\u201d, enfatiza el Ministerio de Hacienda.<\/p>\n<p>Resalta que el comercio transfronterizo ha sido controlado significativamente por la DGA, ya que el volumen disminuy\u00f3 en alrededor de 30.0%, durante el per\u00edodo 2015-2017.<\/p>\n<p>De igual forma, se\u00f1ala que el tr\u00e1fico de combustibles y alcoholes desde la Rep\u00fablica Dominicana por la frontera pr\u00e1cticamente se ha eliminado por el control de los permisos (cruce de frontera), en vista de que conjuntamente la DGII y la DGA han creado mecanismos de trazabilidad para estos productos en espec\u00edfico y denegaci\u00f3n de los permisos.<\/p>\n<p>Plantea que en el a\u00f1o 2018 se controlaron las ventas de las empresas de zonas francas comerciales ubicadas en los puertos, aeropuertos y hoteles, representando estas medidas un acierto total con relaci\u00f3n al comercio y traspaso de bebidas alcoh\u00f3licas y cigarrillos.<\/p>\n<p>En cuanto a los hidrocarburos, luego de la implementaci\u00f3n del Decreto No. 275-16 que crea el Reglamento para el Sistema de Devoluci\u00f3n de los Impuestos Selectivos al Consumo de todos los Combustibles F\u00f3siles y Derivados del Petr\u00f3leo, de fecha octubre de 2016, lo que permiti\u00f3 un ahorro de 0.2% del PIB para 2017.<\/p>\n<p>Mediante el Reglamento No. 1-18, la DGII intensific\u00f3 las regulaciones sobre las transferencias de bienes de producci\u00f3n nacional y su importaci\u00f3n de las bebidas alcoh\u00f3licas y el tabaco, a nivel de fabricaci\u00f3n o producci\u00f3n e importaci\u00f3n, lo cual ha sido de mucha importancia para la recaudaci\u00f3n y control de estos productos, que han crecido en promedio en 7.8% superior a la din\u00e1mica de la econom\u00eda.<\/p>\n<p>La comunicaci\u00f3n remitida por el Gobierno dominicano a The Economist subraya que \u201cotro aspecto que no se menciona en el reporte es que, en materia legislativa, se introdujo en el Congreso Nacional un proyecto de ley para la Prevenci\u00f3n del Comercio Il\u00edcito que tiene como prop\u00f3sito fundamental prevenir y sancionar el intercambio de mercanc\u00edas que se hace al amparo de pr\u00e1cticas lesivas al comercio que afectan directamente la salud p\u00fablica, la competitividad del mercado y las recaudaciones fiscales\u201d.<\/p>\n<p>Entre los objetivos del proyecto, que sanciona dr\u00e1sticamente a los autores y organizaciones que se dediquen a cometer delitos relativos a falsificaci\u00f3n, contrabando, fraude fiscal y fabricaci\u00f3n ilegal de mercader\u00edas, tambi\u00e9n figura evitar el desarrollo de actividades subsecuentes como el lavado de activos, la corrupci\u00f3n y el crimen organizado, y fortalecer la institucionalidad del Estado a trav\u00e9s de mejoras en la efectividad de los mecanismos de persecuci\u00f3n, procesamiento y sanci\u00f3n de estos casos.<\/p>\n<p>\u201cEn consecuencia, se dotar\u00e1 a la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica de la herramienta legal que procure una mejor\u00eda sustancial en la persecuci\u00f3n de los delitos se\u00f1alados, al tiempo de que se otorga a la administraci\u00f3n tributaria de mayores controles ante evidencias justificativas de delitos como el fraude fiscal y el contrabando de mercanc\u00edas\u201d, enfatiza la misiva.<\/p>\n<p>Agrega que en el aspecto tributario, el proyecto procura establecer controles m\u00e1s estrictos a la comercializaci\u00f3n de medicamentos, productos derivados del petr\u00f3leo y el tabaco. Igualmente, incluye controles para las personas residentes y las empresas de zonas francas.<\/p>\n<p>A estos fines, la administraci\u00f3n tributaria actuar\u00e1 como \u00f3rgano regulador, al tiempo que auxiliar\u00e1 a la Procuradur\u00eda contra el Comercio Il\u00edcito de Bienes y Cr\u00edmenes y Delitos contra la salud, en los casos de evasi\u00f3n fiscal, fraude tributario y aduaneros relativos a los productos regulados por la misma ley.<\/p>\n<p>DIRECCI\u00d3N DE COMUNICACIONES<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El \u00f3rgano rector de las finanzas p\u00fablicas conf\u00eda en que la publicaci\u00f3n rectificar\u00e1 sus afirmaciones, haciendo llegar a sus lectores los datos que le proporcion\u00f3 de manera responsable a trav\u00e9s de una carta. El Ministerio de Hacienda rechaz\u00f3 el reporte publicado por la Unidad de Inteligencia de The Economist (EIU) sobre el \u00cdndice del Entorno Global del Comercio Il\u00edcito en la Rep\u00fablica Dominicana, tras considerar que no toma en cuenta datos clave que demuestran los grandes esfuerzos que el pa\u00eds est\u00e1 realizando para combatir el comercio ilegal de mercanc\u00edas, las falsificaciones, el contrabando y el fraude fiscal. En nombre del Gobierno dominicano, el \u00f3rgano rector de las finanzas p\u00fablicas asegur\u00f3 que existen cifras actualizadas que contradicen el contenido del reporte, que consider\u00f3 \u201cclaramente sesgado e incompleto\u201d. 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Asimismo, indica que con el objetivo de eficientizar la gesti\u00f3n, la DGII elabor\u00f3 varias normativas antilavado, de acuerdo con Ley No. 155-17 sobre Prevenci\u00f3n de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva, que disponen el cumplimiento de los sujetos obligados, tales como: \u2014 los abogados, notarios, contadores y empresas de factoraje, \u2014 las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que se dedican de manera habitual a la compra y venta de veh\u00edculos de motor, barcos y aviones. \u2014 los agentes inmobiliarios, empresas constructoras y fiduciarias que no ofrecen servicios a entidades financieras o de oferta p\u00fablica. \u2014 los comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas, las empresas o personas f\u00edsicas que de forma habitual se dediquen a la compra y venta de armas de fuego y las casas de empe\u00f1o. \u2014 sujetos Obligados No Financieros cuya regulaci\u00f3n est\u00e1 a cargo de la DGII, conforme a las actividades o profesionales establecidos en el numeral 17 del art\u00edculo 2 y el art\u00edculo 33 de la referida Ley 155-17. 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En la misiva, el \u00f3rgano rector de las finanzas p\u00fablicas recalca que es \u201cincorrecta la apreciaci\u00f3n del Reporte de la Unidad de Inteligencia de The Economist (EIU) sobre la informalidad tributaria, puesto que el n\u00famero de contribuyentes registrados en la DGII ha crecido 22.0% entre 2013-2017, lo cual disminuye el comercio il\u00edcito e informal\u201d. Por otro lado, indica que los datos de la Direcci\u00f3n General de Aduanas (DGA) tambi\u00e9n muestran una realidad muy diferente a la que se sugiere en el reporte. Desde agosto de 2016 a septiembre de 2018, las incautaciones de cigarrillos ascienden a la suma de 236.0 millones de unidades; mientras que se decomisaron 312,325 municiones y 279 armas; 3,713,963 unidades de mercanc\u00edas infractoras de derechos marcarios; 265 mil botellas de bebidas alcoh\u00f3licas destruidas; 740,237 galones de combustible importado de contrabando; 422,797 medicamentos vencidos, falsificados o sin registro sanitario y fueron incautados US$5,809,681. Durante ese per\u00edodo, en materia de fiscalizaci\u00f3n posterior, la DGA realiz\u00f3 el ajuste de 11 mil 775 millones de pesos, equivalentes a 0.3% del PIB del 2018. \u201cLos datos que les compartimos dan sobrada cuenta de los enormes avances que est\u00e1 logrando la Rep\u00fablica Dominicana en materia de lucha contra el contrabando, la evasi\u00f3n, la elusi\u00f3n, la falsificaci\u00f3n y el lavado de activos y demuestran, adem\u00e1s, la firme voluntad del gobierno de seguir avanzando en este sentido\u201d, enfatiza el Ministerio de Hacienda. Resalta que el comercio transfronterizo ha sido controlado significativamente por la DGA, ya que el volumen disminuy\u00f3 en alrededor de 30.0%, durante el per\u00edodo 2015-2017. De igual forma, se\u00f1ala que el tr\u00e1fico de combustibles y alcoholes desde la Rep\u00fablica Dominicana por la frontera pr\u00e1cticamente se ha eliminado por el control de los permisos (cruce de frontera), en vista de que conjuntamente la DGII y la DGA han creado mecanismos de trazabilidad para estos productos en espec\u00edfico y denegaci\u00f3n de los permisos. Plantea que en el a\u00f1o 2018 se controlaron las ventas de las empresas de zonas francas comerciales ubicadas en los puertos, aeropuertos y hoteles, representando estas medidas un acierto total con relaci\u00f3n al comercio y traspaso de bebidas alcoh\u00f3licas y cigarrillos. En cuanto a los hidrocarburos, luego de la implementaci\u00f3n del Decreto No. 275-16 que crea el Reglamento para el Sistema de Devoluci\u00f3n de los Impuestos Selectivos al Consumo de todos los Combustibles F\u00f3siles y Derivados del Petr\u00f3leo, de fecha octubre de 2016, lo que permiti\u00f3 un ahorro de 0.2% del PIB para 2017. 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Entre los objetivos del proyecto, que sanciona dr\u00e1sticamente a los autores y organizaciones que se dediquen a cometer delitos relativos a falsificaci\u00f3n, contrabando, fraude fiscal y fabricaci\u00f3n ilegal de mercader\u00edas, tambi\u00e9n figura evitar el desarrollo de actividades subsecuentes como el lavado de activos, la corrupci\u00f3n y el crimen organizado, y fortalecer la institucionalidad del Estado a trav\u00e9s de mejoras en la efectividad de los mecanismos de persecuci\u00f3n, procesamiento y sanci\u00f3n de estos casos. \u201cEn consecuencia, se dotar\u00e1 a la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica de la herramienta legal que procure una mejor\u00eda sustancial en la persecuci\u00f3n de los delitos se\u00f1alados, al tiempo de que se otorga a la administraci\u00f3n tributaria de mayores controles ante evidencias justificativas de delitos como el fraude fiscal y el contrabando de mercanc\u00edas\u201d, enfatiza la misiva. 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