{"id":89712,"date":"2019-05-07T10:33:42","date_gmt":"2019-05-07T14:33:42","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=89712"},"modified":"2019-05-07T10:33:42","modified_gmt":"2019-05-07T14:33:42","slug":"nueva-ley-de-armas-condena-a-40-anos-de-carcel-a-quien-cometa-delitos-con-armas-ilegales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2019\/05\/07\/nueva-ley-de-armas-condena-a-40-anos-de-carcel-a-quien-cometa-delitos-con-armas-ilegales\/","title":{"rendered":"Nueva Ley de Armas condena a 40 a\u00f1os de c\u00e1rcel a quien cometa delitos con Armas ilegales"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-89713 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/images-7.jpg\" alt=\"\" width=\"452\" height=\"297\" \/>Santo Domingo-Los ladrones que durante un hecho delictivo maten a una persona, con cualquier arma ilegal, ahora son condenados a 40 a\u00f1os de prisi\u00f3n seg\u00fan lo dispone la ley de Armas. Si causan heridas permanentes a sus v\u00edctimas se enfrentan hasta 30 a\u00f1os de c\u00e1rcel.<\/p>\n<p>La ley tambi\u00e9n castiga con 40 a\u00f1os a quienes lleven a cabo un secuestro con arma ilegal. No importa la denominaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El pasado mes de abril, el Primer y Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este, por separado, condenaron a la pena m\u00e1xima a dos personas que mataron a sus v\u00edctimas durante robos.<\/p>\n<p>El Segundo Colegiado impuso la sanci\u00f3n contra Jes\u00fas Francisco Ram\u00edrez Guzm\u00e1n, alias Lili y\/o Omali, por causarle la muerte con un arma blanca al cabo (R) de la Fuerza A\u00e9rea de la Rep\u00fablica Dominicana (FARD), Polanco Gonz\u00e1lez, alias El Rubio, para robarle el arma de fuego mientras la v\u00edctima realizaba labores de motoconcho. De igual modo, fue condenado Mantovani Pericles Mu\u00f1oz, de 29 a\u00f1os, por haberle ocasionado la muerte de un disparo a Jhony Franklin Cuello Santil para quitarle un tel\u00e9fono celular.<\/p>\n<p>Estas sanciones se han obtenido debido a que la Fiscal\u00eda de Santo Domingo Este ha depositado acusaci\u00f3n contra varios imputados amparada en el art\u00edculo 66 de la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados que ha sido acogida por los tribunales.<\/p>\n<p>\u201cCualquier persona f\u00edsica que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo un arma de fuego ilegal, ser\u00e1 castigada con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) a\u00f1os de privaci\u00f3n de libertad\u201d, dice el p\u00e1rrafo II de la ley promulgada en el a\u00f1o 2016.<\/p>\n<p>En los p\u00e1rrafos siguientes se establece que \u201ccualquier persona f\u00edsica que para cometer robo use un arma de fuego ilegal y con esta provoque heridas que causen lesi\u00f3n permanente, ser\u00e1 sancionada con una pena de veinte (20) a treinta (30) a\u00f1os de privaci\u00f3n de libertad. En caso de que las heridas no causen lesi\u00f3n permanente se impondr\u00e1 la pena de quince (15) a veinte (20) a\u00f1os de privaci\u00f3n de libertad\u201d.<br \/>\nPor prestar arma<br \/>\nPero las sanciones no solo son aplicables a los delincuentes y a la criminalidad organizada, de igual manera a los funcionarios p\u00fablicos que faciliten sus armas o les asignen alguna a personas civiles.<\/p>\n<p>La normativa establece que los funcionarios p\u00fablicos que presten un arma para la comisi\u00f3n de un delito ser\u00e1n castigados con pena de 10 a 20 a\u00f1os, en tanto que el funcionario que asigne un arma de fuego a un civil, sin importar la formalidad utilizada para la asignaci\u00f3n, ser\u00e1 sancionado con una pena de tres a cinco a\u00f1os de c\u00e1rcel y la cancelaci\u00f3n de las funciones.<\/p>\n<p>Enfrentar\u00e1 una pena de 10 a\u00f1os la persona que falsifique, altere, elimine o modifique el sistema de los mecanismos t\u00e9cnicos, marca de fabricaci\u00f3n, n\u00famero de serie, modelo, tipo de ca\u00f1\u00f3n y calibre o alteraciones en las huellas bal\u00edsticas registradas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo-Los ladrones que durante un hecho delictivo maten a una persona, con cualquier arma ilegal, ahora son condenados a 40 a\u00f1os de prisi\u00f3n seg\u00fan lo dispone la ley de Armas. Si causan heridas permanentes a sus v\u00edctimas se enfrentan hasta 30 a\u00f1os de c\u00e1rcel. La ley tambi\u00e9n castiga con 40 a\u00f1os a quienes lleven a cabo un secuestro con arma ilegal. No importa la denominaci\u00f3n. El pasado mes de abril, el Primer y Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este, por separado, condenaron a la pena m\u00e1xima a dos personas que mataron a sus v\u00edctimas durante robos. El Segundo Colegiado impuso la sanci\u00f3n contra Jes\u00fas Francisco Ram\u00edrez Guzm\u00e1n, alias Lili y\/o Omali, por causarle la muerte con un arma blanca al cabo (R) de la Fuerza A\u00e9rea de la Rep\u00fablica Dominicana (FARD), Polanco Gonz\u00e1lez, alias El Rubio, para robarle el arma de fuego mientras la v\u00edctima realizaba labores de motoconcho. De igual modo, fue condenado Mantovani Pericles Mu\u00f1oz, de 29 a\u00f1os, por haberle ocasionado la muerte de un disparo a Jhony Franklin Cuello Santil para quitarle un tel\u00e9fono celular. Estas sanciones se han obtenido debido a que la Fiscal\u00eda de Santo Domingo Este ha depositado acusaci\u00f3n contra varios imputados amparada en el art\u00edculo 66 de la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados que ha sido acogida por los tribunales. \u201cCualquier persona f\u00edsica que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo un arma de fuego ilegal, ser\u00e1 castigada con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) a\u00f1os de privaci\u00f3n de libertad\u201d, dice el p\u00e1rrafo II de la ley promulgada en el a\u00f1o 2016. En los p\u00e1rrafos siguientes se establece que \u201ccualquier persona f\u00edsica que para cometer robo use un arma de fuego ilegal y con esta provoque heridas que causen lesi\u00f3n permanente, ser\u00e1 sancionada con una pena de veinte (20) a treinta (30) a\u00f1os de privaci\u00f3n de libertad. En caso de que las heridas no causen lesi\u00f3n permanente se impondr\u00e1 la pena de quince (15) a veinte (20) a\u00f1os de privaci\u00f3n de libertad\u201d. Por prestar arma Pero las sanciones no solo son aplicables a los delincuentes y a la criminalidad organizada, de igual manera a los funcionarios p\u00fablicos que faciliten sus armas o les asignen alguna a personas civiles. La normativa establece que los funcionarios p\u00fablicos que presten un arma para la comisi\u00f3n de un delito ser\u00e1n castigados con pena de 10 a 20 a\u00f1os, en tanto que el funcionario que asigne un arma de fuego a un civil, sin importar la formalidad utilizada para la asignaci\u00f3n, ser\u00e1 sancionado con una pena de tres a cinco a\u00f1os de c\u00e1rcel y la cancelaci\u00f3n de las funciones. 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