{"id":89822,"date":"2019-05-08T12:03:03","date_gmt":"2019-05-08T16:03:03","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=89822"},"modified":"2019-05-08T12:03:03","modified_gmt":"2019-05-08T16:03:03","slug":"pc-rechaza-por-inconstitucional-decision-jce-de-mantener-el-arrastre-en-6-provincias-que-concentran-el-59-del-electorado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2019\/05\/08\/pc-rechaza-por-inconstitucional-decision-jce-de-mantener-el-arrastre-en-6-provincias-que-concentran-el-59-del-electorado\/","title":{"rendered":"PC rechaza por inconstitucional decisi\u00f3n JCE de mantener el arrastre en 6 provincias que concentran el 59% del electorado"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-89823 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/PC-800x688.jpg\" alt=\"\" width=\"421\" height=\"362\" \/>Santo Domingo-El movimiento c\u00edvico no partidista y cap\u00edtulo dominicano de Transparencia Internacional, Participaci\u00f3n Ciudadana,\u00a0 lament\u00f3 la decisi\u00f3n de la Junta Central Electoral (JCE) de mantener el arrastre del voto a los candidatos a diputados a favor de los candidatos a senadores en las provincias con mayor cantidad de electores, por ser violatoria de la Constituci\u00f3n que establece en su art\u00edculo 77 que\u00a0\u201cla elecci\u00f3n de senadores y diputados se har\u00e1 por sufragio universal directo\u201d (art. 77), y lo reitera en su art\u00edculo 208.<\/p>\n<p>Para Participaci\u00f3n Ciudadana, que se haya excluido el arrastre en 26 provincias, no elimina la violaci\u00f3n a la Constituci\u00f3n en que se incurre en las otras 6 provincias, que adem\u00e1s son aquellas que concentran el 59% del electorado e indicaron que \u201cpretender una soluci\u00f3n salom\u00f3nica con el cumplimiento de disposiciones constitucionales no contribuye a la institucionalidad en la Rep\u00fablica Dominicana\u201d.<\/p>\n<p>\u201cUn voto que se realiza a favor de un candidato a diputado y se pretende adjudicar a un candidato a senador sin que el elector lo haya marcado, no puede interpretarse jam\u00e1s como un voto directo, por lo que esta decisi\u00f3n de la JCE agrega innecesariamente nuevas incertidumbres sobre el pr\u00f3ximo proceso electoral ante la probabilidad de que el tema llegue al Tribunal Constitucional\u201d, expres\u00f3 el Consejo Nacional de PC en un comunicado de prensa.<\/p>\n<p>Se\u00f1al\u00f3 que la gran mayor\u00eda de los partidos pol\u00edticos, as\u00ed como los m\u00e1s renombrados expertos en derecho constitucional, han planteado claramente la imposibilidad de mantener el voto de arrastre en la elecci\u00f3n de senadores debido a las disposiciones constitucionales antes mencionadas, indicando que \u201cla intenci\u00f3n del legislador no puede estar por encima de la intenci\u00f3n de la asamblea revisora y mucho menos de un texto constitucional claro\u201d.<\/p>\n<p>La organizaci\u00f3n de la sociedad civil sostuvo que el voto de arrastre reduce la libertad que debe tener el elector, cuyo voto, de acuerdo con el art\u00edculo 208 constitucional, debe ser \u201cpersonal, libre, directo y secreto\u201d. En adici\u00f3n, la nueva ley electoral en su art\u00edculo 92 estableci\u00f3 un nivel de elecci\u00f3n separado para los candidatos a senadores y otro distinto para los candidatos a diputados, se\u00f1alando que los mismos son indivisibles y no fraccionables.<\/p>\n<p>Destac\u00f3 que, con su decisi\u00f3n, la JCE act\u00faa en forma contraria a las disposiciones del art\u00edculo 74.4 constitucional que obliga a los poderes p\u00fablicos a interpretar y aplicar las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garant\u00edas, en el sentido m\u00e1s favorable a la persona titular de los mismos, agregando que, en este caso, el titular del derecho fundamental al sufragio es el elector y sus intereses deben prevalecer sobre cualquier partido que pretenda beneficiarse de los efectos antidemocr\u00e1ticos que produce el arrastre.<\/p>\n<p>\u201cCon esta decisi\u00f3n favorable al partido de gobierno, la JCE desaprovecha una buena oportunidad para mostrar su independencia de criterio frente al sector oficial y, al mismo tiempo,\u00a0desperdicia la posibilidad de generar la\u00a0confianza ciudadana que le har\u00e1 falta para arbitrar adecuadamente\u00a0los venideros comicios del 2020\u201d,\u00a0manifest\u00f3 el Consejo Nacional de PC en el comunicado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo-El movimiento c\u00edvico no partidista y cap\u00edtulo dominicano de Transparencia Internacional, Participaci\u00f3n Ciudadana,\u00a0 lament\u00f3 la decisi\u00f3n de la Junta Central Electoral (JCE) de mantener el arrastre del voto a los candidatos a diputados a favor de los candidatos a senadores en las provincias con mayor cantidad de electores, por ser violatoria de la Constituci\u00f3n que establece en su art\u00edculo 77 que\u00a0\u201cla elecci\u00f3n de senadores y diputados se har\u00e1 por sufragio universal directo\u201d (art. 77), y lo reitera en su art\u00edculo 208. Para Participaci\u00f3n Ciudadana, que se haya excluido el arrastre en 26 provincias, no elimina la violaci\u00f3n a la Constituci\u00f3n en que se incurre en las otras 6 provincias, que adem\u00e1s son aquellas que concentran el 59% del electorado e indicaron que \u201cpretender una soluci\u00f3n salom\u00f3nica con el cumplimiento de disposiciones constitucionales no contribuye a la institucionalidad en la Rep\u00fablica Dominicana\u201d. \u201cUn voto que se realiza a favor de un candidato a diputado y se pretende adjudicar a un candidato a senador sin que el elector lo haya marcado, no puede interpretarse jam\u00e1s como un voto directo, por lo que esta decisi\u00f3n de la JCE agrega innecesariamente nuevas incertidumbres sobre el pr\u00f3ximo proceso electoral ante la probabilidad de que el tema llegue al Tribunal Constitucional\u201d, expres\u00f3 el Consejo Nacional de PC en un comunicado de prensa. 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Destac\u00f3 que, con su decisi\u00f3n, la JCE act\u00faa en forma contraria a las disposiciones del art\u00edculo 74.4 constitucional que obliga a los poderes p\u00fablicos a interpretar y aplicar las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garant\u00edas, en el sentido m\u00e1s favorable a la persona titular de los mismos, agregando que, en este caso, el titular del derecho fundamental al sufragio es el elector y sus intereses deben prevalecer sobre cualquier partido que pretenda beneficiarse de los efectos antidemocr\u00e1ticos que produce el arrastre. \u201cCon esta decisi\u00f3n favorable al partido de gobierno, la JCE desaprovecha una buena oportunidad para mostrar su independencia de criterio frente al sector oficial y, al mismo tiempo,\u00a0desperdicia la posibilidad de generar la\u00a0confianza ciudadana que le har\u00e1 falta para arbitrar adecuadamente\u00a0los venideros comicios del 2020\u201d,\u00a0manifest\u00f3 el Consejo Nacional de PC en el comunicado. &nbsp;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":89823,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-89822","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politic"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/89822","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=89822"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/89822\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":89824,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/89822\/revisions\/89824"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/89823"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=89822"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=89822"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=89822"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}