{"id":90357,"date":"2019-05-17T09:36:44","date_gmt":"2019-05-17T13:36:44","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=90357"},"modified":"2019-05-17T09:36:44","modified_gmt":"2019-05-17T13:36:44","slug":"pc-insta-a-la-jce-a-detener-proselitismo-politico-electoral-a-destiempo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2019\/05\/17\/pc-insta-a-la-jce-a-detener-proselitismo-politico-electoral-a-destiempo\/","title":{"rendered":"PC insta a la JCE a detener proselitismo pol\u00edtico electoral a destiempo"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-90358 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/PC-1-800x688.jpg\" alt=\"\" width=\"498\" height=\"429\" \/>Santo Domingo-El movimiento c\u00edvico no partidista y cap\u00edtulo dominicano de Transparencia Internacional, Participaci\u00f3n Ciudadana, solicit\u00f3 a la Junta Central Electoral, activar sus sistemas de monitoreo y aplicar el r\u00e9gimen de consecuencias establecido en la Ley de Partidos para todos aquellos que hayan violado las disposiciones legales que proh\u00edben la campa\u00f1a por radio y televisi\u00f3n durante el Per\u00edodo Previo de Precampa\u00f1a.<\/p>\n<p>Mediante una carta enviada al presidente de la JCE, Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n, la organizaci\u00f3n de la sociedad civil expuso diversos planteamientos y casos que evidencia la existencia de este tipo de violaciones por parte de\u00a0los partidos pol\u00edticos y\/o aspirantes a candidatos.<\/p>\n<p>\u201cHemos visto como la mayor\u00eda de los partidos pol\u00edticos, sobre todo aquellos que han obtenido m\u00e1s del 5% de la votaci\u00f3n en las \u00faltimas elecciones, pretenden extender la cultura del incumplimiento sobre las nuevas leyes, sobre todo en cuanto a los l\u00edmites establecidos para las actividades de campa\u00f1a durante el Per\u00edodo Previo a la Precampa\u00f1a, lo que anticipa violaciones similares durante la precampa\u00f1a, y lo que debe ser frenado a tiempo por el \u00f3rgano competente, que es la JCE\u201d, manifest\u00f3\u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana en el comunicado.<\/p>\n<p>Dentro de los casos que evidencian la violaci\u00f3n\u00a0al art\u00edculo 44.7 de la Ley de Partidos (No.33-18), que proh\u00edbe \u201cla promoci\u00f3n pol\u00edtica a trav\u00e9s de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicaci\u00f3n radial y televisiva\u201d, el movimiento cit\u00f3 que en la radio se escuchan anuncios para\u00a0promover la reelecci\u00f3n del presidente Danilo Medina, especificando que el viernes 10 de mayo\u00a0en horas de la tarde durante el programa El Gobierno de la Tarde, se pas\u00f3 varias veces un spot en este sentido.<\/p>\n<p>\u201cEste hecho implica una doble violaci\u00f3n, primero a la Constituci\u00f3n, pues el presidente Medina agot\u00f3 sus dos per\u00edodos consecutivos y adem\u00e1s el transitorio de la Constituci\u00f3n le proh\u00edbe presentar su candidatura a la reelecci\u00f3n, pero adem\u00e1s se viola la reci\u00e9n estrenada Ley de Partidos, que proh\u00edbe, como hemos citado, la promoci\u00f3n pol\u00edtica, en el per\u00edodo actual, a trav\u00e9s de la radio y la televisi\u00f3n\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Otro caso se\u00f1alado por PC fue la actividad realizada el pasado domingo 05 de mayo en el Estadio Ol\u00edmpico para\u00a0promoci\u00f3n pol\u00edtica del ex-presidente Leonel Fern\u00e1ndez, bajo la responsabilidad del Dr. Radham\u00e9s Jim\u00e9nez.<\/p>\n<p>\u201cEl pa\u00eds completo fue testigo de una clara violaci\u00f3n a la disposici\u00f3n ya citada cuando en el Estadio Ol\u00edmpico fue celebrado un claro acto de proselitismo pol\u00edtico electoral previo a la apertura de la precampa\u00f1a, que utiliz\u00f3 varios canales de televisi\u00f3n y de radio para su divulsi\u00f3n. Los canales 2 y 5 pueden confirmar esta informaci\u00f3n\u201d,\u00a0destac\u00f3\u00a0la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se refiri\u00f3 al\u00a0Partido Revolucionario Moderno (PRM),\u00a0que realiz\u00f3 actividades casa por casa, durante el fin de semana del cuatro al cinco de mayo, explicando que \u201cestas actividades figuran permitidas en el art\u00edculo 43.2 de la Ley de Partidos, pero dentro del contexto que establece el mismo cuando dispone que \u2018la precampa\u00f1a pol\u00edtica es un proceso limitado a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos\u2019. En otras palabras, cada partido puede visitar las casas de sus simpatizantes y miembros, pero no la de aquellos que pertenezca a otro partido o sean independientes. La actividad realizada por el PRM se realiz\u00f3 en forma indiscriminada\u201d.<\/p>\n<p>PC resalt\u00f3 que las sanciones a este tipo de violaciones establecidas en la Ley de Partidos, incluyen la retenci\u00f3n de los fondos p\u00fablicos que aporta el Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos conforme a la ley (Art. 44, p\u00e1rrafo III); la inadmisibilidad de la candidatura (art.78.8); y multa de cinco a cien salarios m\u00ednimos del sector p\u00fablico a \u201clas personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que no sean partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos o miembros de dichas organizaciones, independientemente de otras leyes y penalidades que les fueren aplicables, que cometieren infracciones a la presente ley\u201d (Art.80).<\/p>\n<p>\u201cLa Rep\u00fablica Dominicana tiene un gran d\u00e9ficit en materia de cumplimiento de la norma y la materia electoral no es ajena; corresponde a la actual JCE la responsabilidad desde el inicio de eliminar ese d\u00e9ficit en la materia de su competencia. Debe demostrar a la ciudadan\u00eda que posee la voluntad de someter a los responsables por las infracciones cometidas contra la norma electoral, apoderando a la jurisdicci\u00f3n competente, que en este caso es el Tribunal Superior Electoral\u201d, sostuvo PC en el comunicado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo-El movimiento c\u00edvico no partidista y cap\u00edtulo dominicano de Transparencia Internacional, Participaci\u00f3n Ciudadana, solicit\u00f3 a la Junta Central Electoral, activar sus sistemas de monitoreo y aplicar el r\u00e9gimen de consecuencias establecido en la Ley de Partidos para todos aquellos que hayan violado las disposiciones legales que proh\u00edben la campa\u00f1a por radio y televisi\u00f3n durante el Per\u00edodo Previo de Precampa\u00f1a. Mediante una carta enviada al presidente de la JCE, Julio C\u00e9sar Casta\u00f1os Guzm\u00e1n, la organizaci\u00f3n de la sociedad civil expuso diversos planteamientos y casos que evidencia la existencia de este tipo de violaciones por parte de\u00a0los partidos pol\u00edticos y\/o aspirantes a candidatos. \u201cHemos visto como la mayor\u00eda de los partidos pol\u00edticos, sobre todo aquellos que han obtenido m\u00e1s del 5% de la votaci\u00f3n en las \u00faltimas elecciones, pretenden extender la cultura del incumplimiento sobre las nuevas leyes, sobre todo en cuanto a los l\u00edmites establecidos para las actividades de campa\u00f1a durante el Per\u00edodo Previo a la Precampa\u00f1a, lo que anticipa violaciones similares durante la precampa\u00f1a, y lo que debe ser frenado a tiempo por el \u00f3rgano competente, que es la JCE\u201d, manifest\u00f3\u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana en el comunicado. Dentro de los casos que evidencian la violaci\u00f3n\u00a0al art\u00edculo 44.7 de la Ley de Partidos (No.33-18), que proh\u00edbe \u201cla promoci\u00f3n pol\u00edtica a trav\u00e9s de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicaci\u00f3n radial y televisiva\u201d, el movimiento cit\u00f3 que en la radio se escuchan anuncios para\u00a0promover la reelecci\u00f3n del presidente Danilo Medina, especificando que el viernes 10 de mayo\u00a0en horas de la tarde durante el programa El Gobierno de la Tarde, se pas\u00f3 varias veces un spot en este sentido. \u201cEste hecho implica una doble violaci\u00f3n, primero a la Constituci\u00f3n, pues el presidente Medina agot\u00f3 sus dos per\u00edodos consecutivos y adem\u00e1s el transitorio de la Constituci\u00f3n le proh\u00edbe presentar su candidatura a la reelecci\u00f3n, pero adem\u00e1s se viola la reci\u00e9n estrenada Ley de Partidos, que proh\u00edbe, como hemos citado, la promoci\u00f3n pol\u00edtica, en el per\u00edodo actual, a trav\u00e9s de la radio y la televisi\u00f3n\u201d, agreg\u00f3. Otro caso se\u00f1alado por PC fue la actividad realizada el pasado domingo 05 de mayo en el Estadio Ol\u00edmpico para\u00a0promoci\u00f3n pol\u00edtica del ex-presidente Leonel Fern\u00e1ndez, bajo la responsabilidad del Dr. Radham\u00e9s Jim\u00e9nez. \u201cEl pa\u00eds completo fue testigo de una clara violaci\u00f3n a la disposici\u00f3n ya citada cuando en el Estadio Ol\u00edmpico fue celebrado un claro acto de proselitismo pol\u00edtico electoral previo a la apertura de la precampa\u00f1a, que utiliz\u00f3 varios canales de televisi\u00f3n y de radio para su divulsi\u00f3n. Los canales 2 y 5 pueden confirmar esta informaci\u00f3n\u201d,\u00a0destac\u00f3\u00a0la instituci\u00f3n. Tambi\u00e9n se refiri\u00f3 al\u00a0Partido Revolucionario Moderno (PRM),\u00a0que realiz\u00f3 actividades casa por casa, durante el fin de semana del cuatro al cinco de mayo, explicando que \u201cestas actividades figuran permitidas en el art\u00edculo 43.2 de la Ley de Partidos, pero dentro del contexto que establece el mismo cuando dispone que \u2018la precampa\u00f1a pol\u00edtica es un proceso limitado a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos\u2019. En otras palabras, cada partido puede visitar las casas de sus simpatizantes y miembros, pero no la de aquellos que pertenezca a otro partido o sean independientes. La actividad realizada por el PRM se realiz\u00f3 en forma indiscriminada\u201d. PC resalt\u00f3 que las sanciones a este tipo de violaciones establecidas en la Ley de Partidos, incluyen la retenci\u00f3n de los fondos p\u00fablicos que aporta el Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos conforme a la ley (Art. 44, p\u00e1rrafo III); la inadmisibilidad de la candidatura (art.78.8); y multa de cinco a cien salarios m\u00ednimos del sector p\u00fablico a \u201clas personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que no sean partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos o miembros de dichas organizaciones, independientemente de otras leyes y penalidades que les fueren aplicables, que cometieren infracciones a la presente ley\u201d (Art.80). \u201cLa Rep\u00fablica Dominicana tiene un gran d\u00e9ficit en materia de cumplimiento de la norma y la materia electoral no es ajena; corresponde a la actual JCE la responsabilidad desde el inicio de eliminar ese d\u00e9ficit en la materia de su competencia. 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