{"id":92394,"date":"2019-07-02T08:53:22","date_gmt":"2019-07-02T12:53:22","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=92394"},"modified":"2019-07-02T08:53:22","modified_gmt":"2019-07-02T12:53:22","slug":"participacion-ciudadana-demanda-evaluacion-transparente-para-la-escogencia-defensor-del-pueblo-y-adjuntos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2019\/07\/02\/participacion-ciudadana-demanda-evaluacion-transparente-para-la-escogencia-defensor-del-pueblo-y-adjuntos\/","title":{"rendered":"Participaci\u00f3n Ciudadana demanda evaluaci\u00f3n transparente para la escogencia Defensor del Pueblo y Adjuntos"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-92395 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/PC-2-800x688.jpg\" alt=\"\" width=\"481\" height=\"414\" \/>Santo Domingo.-El\u00a0movimiento c\u00edvico no partidista y cap\u00edtulo dominicano de Transparencia Internacional, Participaci\u00f3n Ciudadana, expres\u00f3 mediante un comunicado de prensa, que la C\u00e1mara de Diputados, tiene el deber de evaluar con transparencia y en observancia a los mandatos de la Constituci\u00f3n y de la Ley No.19-01, que instituye el Defensor del Pueblo, para la escogencia del Defensor del Pueblo y sus adjuntos.<\/p>\n<p>\u201cEl art\u00edculo 5 de la referida ley, establece dentro de los requisitos para optar por estas funciones p\u00fablicas, tener una reconocida solvencia moral y profesional; y poseer amplios conocimientos de la administraci\u00f3n p\u00fablica y de la gesti\u00f3n gubernamental, por lo cual invitamos a este \u00f3rgano legislativo a realizar una evaluaci\u00f3n transparente y fundamentada en m\u00e9ritos, que fortalezca la institucionalidad democr\u00e1tica, en especial, aquella obligada a la garant\u00eda de los derechos humanos\u201d, sostuvo el Consejo Nacional de PC.<\/p>\n<p>Indic\u00f3 que la evaluaci\u00f3n de curr\u00edculum no es discrecional y la Constituci\u00f3n manda que se haga de acuerdo con la ley que rige la materia, la cual establece los criterios m\u00ednimos para su selecci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Consejo Nacional de PC se\u00f1al\u00f3 que \u201cel plazo para presentar candidaturas para elecci\u00f3n del Defensor del Pueblo y sus adjuntos, vence el d\u00eda de hoy primero (01) de julio, por lo que corresponde a la C\u00e1mara de Diputados poner en conocimiento a la ciudadan\u00eda, la lista de los aspirantes, as\u00ed como el procedimiento, cronograma y reglamento que guiar\u00e1 su escogencia\u201d.<\/p>\n<p>Hizo\u00a0un llamado a los legisladores para que act\u00faen apegados a la norma, alejando el inter\u00e9s pol\u00edtico partidario de este proceso, para actuar en consonancia con lo preceptuado en el art\u00edculo 11 de la Ley No. 19-01, que indica que el Defensor del Pueblo \u201cno podr\u00e1 pertenecer a partido pol\u00edtico alguno, ni participar en actividades de car\u00e1cter pol\u00edtico partidario. Asimismo, deber\u00e1 renunciar a cualquier actividad remunerativa, excepto la docencia.\u201d<\/p>\n<p>Participaci\u00f3n Ciudadana manifiesta su compromiso de monitorear el proceso de selecci\u00f3n e invita a la ciudadan\u00eda a vigilar las actuaciones de los integrantes de la C\u00e1mara de Diputados, particularmente en la etapa donde debe de manera p\u00fablica y transparente, seleccionar las ternas para presentar al Senado de la Rep\u00fablica, el cual designar\u00e1 al titular y sus adjuntos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo.-El\u00a0movimiento c\u00edvico no partidista y cap\u00edtulo dominicano de Transparencia Internacional, Participaci\u00f3n Ciudadana, expres\u00f3 mediante un comunicado de prensa, que la C\u00e1mara de Diputados, tiene el deber de evaluar con transparencia y en observancia a los mandatos de la Constituci\u00f3n y de la Ley No.19-01, que instituye el Defensor del Pueblo, para la escogencia del Defensor del Pueblo y sus adjuntos. \u201cEl art\u00edculo 5 de la referida ley, establece dentro de los requisitos para optar por estas funciones p\u00fablicas, tener una reconocida solvencia moral y profesional; y poseer amplios conocimientos de la administraci\u00f3n p\u00fablica y de la gesti\u00f3n gubernamental, por lo cual invitamos a este \u00f3rgano legislativo a realizar una evaluaci\u00f3n transparente y fundamentada en m\u00e9ritos, que fortalezca la institucionalidad democr\u00e1tica, en especial, aquella obligada a la garant\u00eda de los derechos humanos\u201d, sostuvo el Consejo Nacional de PC. Indic\u00f3 que la evaluaci\u00f3n de curr\u00edculum no es discrecional y la Constituci\u00f3n manda que se haga de acuerdo con la ley que rige la materia, la cual establece los criterios m\u00ednimos para su selecci\u00f3n. El Consejo Nacional de PC se\u00f1al\u00f3 que \u201cel plazo para presentar candidaturas para elecci\u00f3n del Defensor del Pueblo y sus adjuntos, vence el d\u00eda de hoy primero (01) de julio, por lo que corresponde a la C\u00e1mara de Diputados poner en conocimiento a la ciudadan\u00eda, la lista de los aspirantes, as\u00ed como el procedimiento, cronograma y reglamento que guiar\u00e1 su escogencia\u201d. 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