{"id":94351,"date":"2019-08-13T12:30:20","date_gmt":"2019-08-13T16:30:20","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=94351"},"modified":"2019-08-13T12:30:20","modified_gmt":"2019-08-13T16:30:20","slug":"digesett-dice-un-46-de-conductores-dio-positivo-en-prueba-de-alcoholemia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2019\/08\/13\/digesett-dice-un-46-de-conductores-dio-positivo-en-prueba-de-alcoholemia\/","title":{"rendered":"DIGESETT dice un 46% de conductores dio positivo en prueba de alcoholemia"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-94352 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/Foto-operativo-alcoholemia-1024x550-800x430.jpg\" alt=\"\" width=\"422\" height=\"227\" \/>SANTO DOMINGO.-\u00a0Un 46 % de los conductores evaluados en el primer punto de revisi\u00f3n de alcoholemia, dio positivo a la presencia de alcohol en su organismo, despu\u00e9s de una prueba inicial cualitativa o de tamizaje realizada por la Unidad de Alcoholimetr\u00eda de la Direcci\u00f3n General de Seguridad de Tr\u00e1nsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).<\/p>\n<p>En total, se evalu\u00f3 a 65 conductores de manera aleatoria, resultando que 30 reflejaron presencia de alcohol en el organismo en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, mientras que los 35 restantes dieron negativo.<\/p>\n<p>De los 30 conductores cuya evaluaci\u00f3n cualitativa arroj\u00f3 presencia de alcohol en el organismo,\u00a0 en una segunda prueba cuantitativa o evidencial, 17 resultaron con un grado superior al legal permitido por la Ley 63-17, que es 0.25 mgr\/l en el aire espirado, lo que equivale a un 57% del total; mientras que 13 conductores ( 43 % ), dieron niveles por debajo del legalmente establecido en esa segunda prueba, por lo que pudieron marcharse hacia sus respectivos destinos.<\/p>\n<p>En resumen, el informe realizado por el Observatorio Permanente de Seguridad Vial del INTRANT (OPSEVI), con datos recogidos por la DIGESETT, indica tambi\u00e9n que de los 17 conductores que sobrepasaron el l\u00edmite de alcohol legal permitido, cinco lograron disminuir su grado de alcoholemia luego de las horas de espera establecidas por la Ley, y 12 pudieron marcharse con familiares y\/o relacionados que se responsabilizaron de llevarlos a su destino final, ya que no alcanzaron disminuir el nivel de alcohol, como lo establece el P\u00e1rrafo I del Art\u00edculo 259 de la Ley 63-17.<\/p>\n<p>Asimismo, el comunicado expresa que del total de conductores que arroj\u00f3 resultados positivos respecto a la presencia de alcohol en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, 22 resultaron ser hombres y ocho mujeres, mientras que de los que permanecieron en observaci\u00f3n hasta bajar los niveles de alcohol en su organismo, 13 fueron hombres y 4 mujeres.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 259 de la Ley 63-17 expresa que\u00a0\u201clas pruebas del alcohol\u00edmetro ser\u00e1n efectuadas sobre conductores y peatones que deber\u00e1n espirar sobre el instrumento, con el prop\u00f3sito de detectar la presencia de alcohol en la respiraci\u00f3n, y determinar el grado consumido. P\u00e1rrafo.-\u00a0Cuando la prueba del alcohol\u00edmetro resulte positiva, el agente de la DIGESETT podr\u00e1 mantener bajo vigilancia al conductor hasta por cuatro (4) horas. Sin embargo, el conductor podr\u00e1 marcharse inmediatamente si se presenta un familiar o relacionado que se responsabilice de llevarlo a su destino\u201d.<\/p>\n<p>El operativo, llevado a cabo por agentes de la DIGESETT y supervisado por el INTRANT, tiene como prop\u00f3sito\u00a0educar a la ciudadan\u00eda sobre los efectos negativos de conducir en estado de ebriedad,\u00a0por lo que durante esta fase\u00a0no se aplicar\u00e1 sanci\u00f3n econ\u00f3mica, sin embargo, el proceso de implementaci\u00f3n se realiza tal y como lo establece la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tr\u00e1nsito y Seguridad Vial de la Rep\u00fablica Dominicana.<\/p>\n<p>\u201cSe proh\u00edbe a los conductores de veh\u00edculos ingerir bebidas alcoh\u00f3licas mientras transitan por las v\u00edas p\u00fablicas, o conducir en estado de embriaguez. Las personas que incurran en la violaci\u00f3n a esta disposici\u00f3n ser\u00e1n sancionadas con una multa equivalente de cinco (5) a diez (10) salarios m\u00ednimos del que impere en el sector p\u00fablico centralizado y la reducci\u00f3n de los puntos de la licencia que determine el reglamento, sin perjuicio de las disposiciones relativas a la suspensi\u00f3n y cancelaci\u00f3n de la licencia de conducir\u201d, as\u00ed lo establece el Art\u00edculo 256 de la Ley 63-17.<\/p>\n<p>Para llevar a cabo la implementaci\u00f3n de los puestos de revisi\u00f3n, el INTRANT, conjuntamente con la DIGESETT, desde el 2017 ha agotado un arduo proceso de entrenamiento y capacitaci\u00f3n t\u00e9cnica y metodol\u00f3gica, de la mano del Instituto de las Naciones Unidas para la Formaci\u00f3n Profesional y la Investigaci\u00f3n (UNITAR), la IARD y el Centro Internacional de Formaci\u00f3n de Autoridades y L\u00edderes (CIFAL).<\/p>\n<p>Para implementar los puntos de revisi\u00f3n de alcoholemia en las v\u00edas, el INTRANT entreg\u00f3 a la DIGESETT ocho alcohol\u00edmetros evidenciales y 32 de tamizaje, as\u00ed como todos los elementos que conllevan los puntos de revisi\u00f3n, como chalecos, conos, luces reflectoras, reductores de velocidad, carpas, planta el\u00e9ctrica, c\u00e1maras corporales, entre otros, recibidos como donaci\u00f3n de la IARD y la Industria Licorera Regional y Local.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SANTO DOMINGO.-\u00a0Un 46 % de los conductores evaluados en el primer punto de revisi\u00f3n de alcoholemia, dio positivo a la presencia de alcohol en su organismo, despu\u00e9s de una prueba inicial cualitativa o de tamizaje realizada por la Unidad de Alcoholimetr\u00eda de la Direcci\u00f3n General de Seguridad de Tr\u00e1nsito y Transporte Terrestre (DIGESETT). En total, se evalu\u00f3 a 65 conductores de manera aleatoria, resultando que 30 reflejaron presencia de alcohol en el organismo en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, mientras que los 35 restantes dieron negativo. De los 30 conductores cuya evaluaci\u00f3n cualitativa arroj\u00f3 presencia de alcohol en el organismo,\u00a0 en una segunda prueba cuantitativa o evidencial, 17 resultaron con un grado superior al legal permitido por la Ley 63-17, que es 0.25 mgr\/l en el aire espirado, lo que equivale a un 57% del total; mientras que 13 conductores ( 43 % ), dieron niveles por debajo del legalmente establecido en esa segunda prueba, por lo que pudieron marcharse hacia sus respectivos destinos. En resumen, el informe realizado por el Observatorio Permanente de Seguridad Vial del INTRANT (OPSEVI), con datos recogidos por la DIGESETT, indica tambi\u00e9n que de los 17 conductores que sobrepasaron el l\u00edmite de alcohol legal permitido, cinco lograron disminuir su grado de alcoholemia luego de las horas de espera establecidas por la Ley, y 12 pudieron marcharse con familiares y\/o relacionados que se responsabilizaron de llevarlos a su destino final, ya que no alcanzaron disminuir el nivel de alcohol, como lo establece el P\u00e1rrafo I del Art\u00edculo 259 de la Ley 63-17. Asimismo, el comunicado expresa que del total de conductores que arroj\u00f3 resultados positivos respecto a la presencia de alcohol en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, 22 resultaron ser hombres y ocho mujeres, mientras que de los que permanecieron en observaci\u00f3n hasta bajar los niveles de alcohol en su organismo, 13 fueron hombres y 4 mujeres. 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El operativo, llevado a cabo por agentes de la DIGESETT y supervisado por el INTRANT, tiene como prop\u00f3sito\u00a0educar a la ciudadan\u00eda sobre los efectos negativos de conducir en estado de ebriedad,\u00a0por lo que durante esta fase\u00a0no se aplicar\u00e1 sanci\u00f3n econ\u00f3mica, sin embargo, el proceso de implementaci\u00f3n se realiza tal y como lo establece la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tr\u00e1nsito y Seguridad Vial de la Rep\u00fablica Dominicana. \u201cSe proh\u00edbe a los conductores de veh\u00edculos ingerir bebidas alcoh\u00f3licas mientras transitan por las v\u00edas p\u00fablicas, o conducir en estado de embriaguez. 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