{"id":98701,"date":"2020-01-09T10:05:38","date_gmt":"2020-01-09T14:05:38","guid":{"rendered":"http:\/\/conexiondigital.com.do\/?p=98701"},"modified":"2020-01-09T10:05:38","modified_gmt":"2020-01-09T14:05:38","slug":"el-tsa-conocera-solicitud-de-nulidad-de-candidatura-de-leonel-fernandez","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/2020\/01\/09\/el-tsa-conocera-solicitud-de-nulidad-de-candidatura-de-leonel-fernandez\/","title":{"rendered":"El TSA conocer\u00e1 solicitud de nulidad de candidatura de Leonel Fern\u00e1ndez"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-98702 alignleft\" src=\"https:\/\/images.conexiondigital.com.do\/wp-content\/uploads\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/leonel-y-la-fuerza-1000x550-800x440.jpg\" alt=\"\" width=\"496\" height=\"273\" \/>SANTO DOMINGO.-\u00a0 El Tribunal Superior Administrativo (TSA) conocer\u00e1 una solicitud de nulidad realizada contra la Resoluci\u00f3n n\u00fam. 30-2019, dictada por la Junta Central Electoral el 20 de noviembre de 2019, que admiti\u00f3 la candidatura presidencial de Leonel Fern\u00e1ndez por el Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD) o Fuerza del Pueblo (FP).<\/p>\n<p>Se trata de un recurso contencioso administrativo interpuesto por un grupo de militantes del PTD, encabezados por su fundador y presidente ad vitam, Jos\u00e9 Gonz\u00e1lez Espinosa, a trav\u00e9s de sus abogados Santiago Rodr\u00edguez Tejada y Eduardo Ramos El\u00edas.<\/p>\n<p>El recurso procura que el TSA compruebe y declare la nulidad de la inscripci\u00f3n de la candidatura presidencial de Fern\u00e1ndez, por \u00e9ste presuntamente no cumplir con los requisitos establecidos en el art\u00edculo 15 del \u201creglamento para el funcionamiento de la Comisi\u00f3n Nacional Electoral del partido y las Convenciones\u201d, aprobado por el Comit\u00e9 Central del PTD el 12 de mayo de 2019, para ostentar la candidatura presidencial por esa organizaci\u00f3n pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Una nota enviada por los recurrentes a El Nuevo Diario, indica que dentro de esos requisitos, para ser candidato por el PTD, se encuentran estar inscrito en el partido, no haber participado como aspirante a una candidatura en otro partido, agrupaci\u00f3n o movimiento pol\u00edtico para el mismo evento electoral y presentar el programa de trabajo a ejecutar en caso de ser electo para el cargo que aspira, los cuales habr\u00edan sido obviados para la postulaci\u00f3n presidencial de Leonel.<\/p>\n<p>Alegan que la \u201choja de datos generales y declaraci\u00f3n de aceptaci\u00f3n del candidato (a) a presidente\u201d, contentiva de una \u201cdeclaraci\u00f3n de candidatura\u201d, fue suscrita ante notario p\u00fablico en fecha 19 de octubre de 2019 por Leonel Fern\u00e1ndez, antes de que el PTD celebrara su XII Convenci\u00f3n Nacional Electoral el 27 de octubre de 2019, donde fue electo el candidato presidencial del partido.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se\u00f1alan que Fern\u00e1ndez incurri\u00f3 en una doble postulaci\u00f3n contraria a la Ley de Partidos Pol\u00edticos y a los estatutos del PTD, pues fueron depositadas ante la JCE dos propuestas de candidatura presidencial principales e independientes, por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) el 15 de noviembre de 2019, y por el PTD el 19 de noviembre de 2019, organizaciones que no hab\u00edan suscrito alianza o coalici\u00f3n para el nivel presidencial al momento del dep\u00f3sito de dichas propuestas ante el \u00f3rgano electoral.<\/p>\n<p>El pasado 8 de enero, el juez presidente de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo fij\u00f3 audiencia para conocer de este recurso el martes 11 de febrero de 2020 a las 9 horas de la ma\u00f1ana.<\/p>\n<p>Para adoptar la decisi\u00f3n tom\u00f3 en consideraci\u00f3n que el prop\u00f3sito del recurso intervenido consiste en anular una resoluci\u00f3n de la JCE que admite una candidatura a la presidenta de la Rep\u00fablica y siendo que la norma que regula los asuntos electorales establece plazos perentorios dentro de los cuales deben realizarse las actividades propias de la materia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SANTO DOMINGO.-\u00a0 El Tribunal Superior Administrativo (TSA) conocer\u00e1 una solicitud de nulidad realizada contra la Resoluci\u00f3n n\u00fam. 30-2019, dictada por la Junta Central Electoral el 20 de noviembre de 2019, que admiti\u00f3 la candidatura presidencial de Leonel Fern\u00e1ndez por el Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD) o Fuerza del Pueblo (FP). Se trata de un recurso contencioso administrativo interpuesto por un grupo de militantes del PTD, encabezados por su fundador y presidente ad vitam, Jos\u00e9 Gonz\u00e1lez Espinosa, a trav\u00e9s de sus abogados Santiago Rodr\u00edguez Tejada y Eduardo Ramos El\u00edas. El recurso procura que el TSA compruebe y declare la nulidad de la inscripci\u00f3n de la candidatura presidencial de Fern\u00e1ndez, por \u00e9ste presuntamente no cumplir con los requisitos establecidos en el art\u00edculo 15 del \u201creglamento para el funcionamiento de la Comisi\u00f3n Nacional Electoral del partido y las Convenciones\u201d, aprobado por el Comit\u00e9 Central del PTD el 12 de mayo de 2019, para ostentar la candidatura presidencial por esa organizaci\u00f3n pol\u00edtica. Una nota enviada por los recurrentes a El Nuevo Diario, indica que dentro de esos requisitos, para ser candidato por el PTD, se encuentran estar inscrito en el partido, no haber participado como aspirante a una candidatura en otro partido, agrupaci\u00f3n o movimiento pol\u00edtico para el mismo evento electoral y presentar el programa de trabajo a ejecutar en caso de ser electo para el cargo que aspira, los cuales habr\u00edan sido obviados para la postulaci\u00f3n presidencial de Leonel. Alegan que la \u201choja de datos generales y declaraci\u00f3n de aceptaci\u00f3n del candidato (a) a presidente\u201d, contentiva de una \u201cdeclaraci\u00f3n de candidatura\u201d, fue suscrita ante notario p\u00fablico en fecha 19 de octubre de 2019 por Leonel Fern\u00e1ndez, antes de que el PTD celebrara su XII Convenci\u00f3n Nacional Electoral el 27 de octubre de 2019, donde fue electo el candidato presidencial del partido. Adem\u00e1s, se\u00f1alan que Fern\u00e1ndez incurri\u00f3 en una doble postulaci\u00f3n contraria a la Ley de Partidos Pol\u00edticos y a los estatutos del PTD, pues fueron depositadas ante la JCE dos propuestas de candidatura presidencial principales e independientes, por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) el 15 de noviembre de 2019, y por el PTD el 19 de noviembre de 2019, organizaciones que no hab\u00edan suscrito alianza o coalici\u00f3n para el nivel presidencial al momento del dep\u00f3sito de dichas propuestas ante el \u00f3rgano electoral. El pasado 8 de enero, el juez presidente de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo fij\u00f3 audiencia para conocer de este recurso el martes 11 de febrero de 2020 a las 9 horas de la ma\u00f1ana. Para adoptar la decisi\u00f3n tom\u00f3 en consideraci\u00f3n que el prop\u00f3sito del recurso intervenido consiste en anular una resoluci\u00f3n de la JCE que admite una candidatura a la presidenta de la Rep\u00fablica y siendo que la norma que regula los asuntos electorales establece plazos perentorios dentro de los cuales deben realizarse las actividades propias de la materia.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":98702,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-98701","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politic"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/98701","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=98701"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/98701\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":98703,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/98701\/revisions\/98703"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/98702"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=98701"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=98701"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conexiondigital.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=98701"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}