SANTO DOMINGO. El exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, afirma que existe una doble persecución judicial en su contra porque está siendo juzgado por los mismos hechos por los cuales un tribunal archivó la investigación que realizaba la Fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, en 2014.
Díaz Rúa dice que el dinero que le atribuye el Ministerio Público como enriquecimiento ilícito y lavado de activos no es de él, sino del Partido de la Liberación Dominicana que manejaba en cuentas de campaña en su calidad de secretario de Finanzas, lo cual demostrará con la certificación emitida el pasado 12 de junio por Reinaldo Pared Pérez, secretario general de la organización.
El también exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables (Inapa) pide la anulación de la solicitud de apertura a juicio hecha en su contra por los presuntos sobornos pagados por Odebrecht, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, falsedad en declaraciones juradas de patrimonio y mezclarse con asuntos incompatibles con la función pública por configurarse el Non Bis In Ídem.
“Con anterioridad, el Ministerio Público, específicamente la Fiscalía del Distrito Nacional, llevó a cabo en contra del señor Víctor José Díaz Rúa, por los mismos delitos, una investigación que fue anulada y archivada mediante resolución núm. 08-2014, emitida en fecha 29 de agosto del 2014 por el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional” confirmada por la Corte de Apelación así como por la Suprema Corte en dos sentencias, dice la defensa del imputado.
“Así las cosas, la presentación de la acusación en fecha 7 de junio de 2018 constituye una doble persecución que está prohibida por la Constitución y el Código Procesal Penal (CPP)”, afirman.
Explican, además, que el Ministerio Público, a raíz de dos querellas que depositara la Convergencia Nacional de Abogados (CONA), inició una investigación que trascendió el plano fáctico de dichas querellas para pasar a un plano amplio que abarcó toda la gestión como funcionario público de Víctor Díaz en los períodos 2004- 2008 y 2008-2010, así como su conducta posterior a la salida de sus funciones.
Otra razón por la cual los abogados del imputado piden la nulidad de la acusación es porque presuntamente el órgano investigador no ha hecho una imputación precisa de cargos que permita determinar de forma precisa la supuesta participación del exfuncionario, “específicamente la aceptación de sobornos en su condición de funcionario Público”.