El Ministerio de Trabajo (MT) reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que la festividad del viernes 16 de agosto “Día de la Restauración”, no se cambia, por lo que no se trabaja, (por aplicación de la Sentencia No. 14 del 20/02/2008 de la Suprema Corte de Justicia).

Según el comunicado, la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el sábado 17 de agosto, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.

La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.

El documento explica que en las empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.