SANTO DOMINGO.- Al cierre de esta edición, pasada la 1:00 de la madrugada, el Tribunal Superior Electoral (TSE) todavía conocía en audiencia el recurso depositado por el expresidente Leonel Fernández para que la Junta Central Electoral (JCE) no declare ni proclame a un ganador de las primarias del pasado domingo, hasta que se auditen el sistema y los equipos utilizados en el voto automatizado.
El presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), Román Jáquez Liranzo, luego de tres horas de deliberaciones de los jueces, falló que ese organismo está facultado para conocer la demanda que hace el expresidente Fernández.
Desestimó un recurso de excepción de inconstitucionalidad contra el artículo 85 del Reglamento del TCE y rechazó la incompetencia planteada por la defensa de Gonzalo Castillo para conocer dicho referimiento; y ordenó la continuación de la audiencia.
Mientras, los abogados de Leonel Fernández solicitaron al tribunal ordenar a la Junta no proclamar ganador a Gonzalo Castillo, mientras los abogados del PLD, la JCE y el exministro de Obras Públicas pidieron al TSE declararse incompetente para conocer la demanda, y sometieron un recurso de excepción de inconstitucionalidad.
Los abogados representantes de Fernández son Manuel Fermín Cabral, Manuel Ulises Bonelly, Namphi Rodríguez, Edward Veras Vargas, Ramón Emilio Núñez, José Gregorio Cabrera y Daniel Beltré López.
Los representantes de la JCE: Emilio Guzmán Caputo, Reyes Calderón y Nelson Santana Artiles.
En representación del PLD están; Carlos Salcedo, Julio Cury, Cristóbal Rodríguez, Eduardo Jorge Prats, y Rubén Currier.
Representaron a Gonzalo Castillo; Luis Ernesto Pérez, Laura Acosta, Luis Rivas y Víctor Pérez, parte co-demandada en el proceso.
El primer aplazamiento se produjo porque los abogados de la JCE informaron haber recibido la notificación en hora de la mañana de este jueves, lo que le impedía conocer el objeto de la misma; se apegaron al artículo 8 referido al derecho del debido proceso y le fue concedida su petición.
En su demanda, el expresidente Fernández procura la suspensión de la publicación, difusión y divulgación de los resultados totales finales y oficiales del nivel presidencial correspondiente a las primarias del PLD el pasado domingo.
Además, solicita que el TSE ordena a la Junta abstenerse de proclamar el precandidato electo para el PLD, todo ello hasta tanto sean resueltos los petitorios formulados por el demandante al órgano electoral.
De su lado, los abogados de Gonzalo indicaron que esto es un tema de carácter procesal tras indicar que lo que debe examinar este tribunal es si es competente para interrumpir una atribución fundamental.
La doctora Laura Acosta dijo que cuando se trata de un derecho fundamental, la excepción de incompetencia sea fallada.
“Saber que esa competencia que le atribuye la ley a la JCE es indelegable, por eso nos adherimos al mismo”, dijo.
El representantes del PLD, Julio Cury, explicó al tribunal que en cumplimiento al mandato constitución, artículo 171 en su reglamento dice “le pone camisa de fuerza al TSE para conocer”. “Si ustedes se abocan a esto le darán la espalda a su propio reglamento”, precisó.
De su lado, Cristóbal Rodríguez, del PLD, dijo que los asuntos electorales solo podrán ser resueltos por la Junta.
Explicó que el Reglamento en su artículo 85 sobre incompetencia dice si son facultados para conocer y fallar el referimiento.