SANTO DOMINGO.-El Consejo Nacional de la Seguridad Social ordenó a las Administradoras de Riesgo de Salud (ARS) del sector privado otorgar cobertura de analítica en laboratorios y medios de diagnóstico indicados por médicos que no formen parte de su red de prestadores contratados.

Esto significa que solo será suficiente con que el servicio requerido esté contenido en el catálogo de prestaciones y que sea realizado por prestadoras de servicios de salud contratadas por las ARS.

La disposición del CNSS es en respuesta a un recurso de apelación de las aseguradoras Humano, Palic, Universal, Simag, Monumental, Yunén y Constitución, en el que se oponían a una resolución de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) del año 2016, que les ordenaba garantizar a los afiliados la cobertura de análisis de laboratorios prescritos por galenos que fueran de su red.

En virtud de eso la Sisalril informó a las ARS sobre una publicación de la Asociación Nacional de Laboratorios (Andelap), en la que pedía disculpas a los usuarios por los retrasos e inconvenientes generados a partir de las medidas de control implementadas por las referidas administradoras de riesgos de salud.

“En ese sentido, señalaron lo establecido en el artículo 129 de la Ley 87-01, indicando que solo el Consejo Nacional de la Seguridad Social tiene facultad para modificar los servicios y prestaciones a los que tienen derecho los afiliados”, señala.

Por atención primaria

La Sisalril indicó que las ARS no habían dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 152, de la Ley 87-01, ya que no contaban con una red de prestadores de servicio que garantizara a los afiliados el servicio del primer nivel de atención, por lo que los usuarios tenían que hacer copagos y cuotas fijas. A eso las ARS respondieron que era una obligación del Estado, y no de ellos, articular y promover los centros de atención primaria.

Garantizar servicios

Indica que el artículo 148 de la Ley 87-01 y el artículo 15 del reglamento del Seguro Familiar de Salud y el plan Básico de Salud establecen como una obligación de las ARS garantizar a los afiliados una protección de calidad, oportuna y satisfactoria, a través de la racionalización del costo de los servicios del Plan Básico.

A raíz de la negatividad de las ARS a ofrecer servicios prescritos por médicos que no fueran de su red, el Colegio Médico Dominicano (CMD) demandó a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales y al Consejo Nacional de la Seguridad Social regular la aplicación del mandato de la Ley de Seguridad Social en cuanto a la cobertura de servicios.

La decisión de las ARS provocó un enfrentamiento con el Colegio Médico y las clínicas privadas, en el que Wilson Roa, presidente de los galenos, acusó a las aseguradoras de ser un cartel que maneja la mafia de las ARS, porque solo buscan lucrarse.

A principios de agosto pasado la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (Adars) acusó a las sociedades médicas de desacreditarlas para obstaculizar el inicio de la atención primaria y aseguró que actúan deliberadamente para confundir a la sociedad, cuando atribuyen a los miembros de esa entidad decisiones que están fuera de su área de competencia.