En ocasión de la segunda sesión de trabajos llevada a cabo por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) el miércoles 17 de octubre, el presidente del Tribunal Constitucional, Dr. Milton Ray Guevara, consideró propicio saludar el proceso iniciado por dicho órgano para la recomposición de dos de las altas cortes.
Ray Guevara valoró como acertada la decisión del CNM de organizar en un único proceso la decisión de, por un lado, reemplazar —o reelegir— a los magistrados del Tribunal Constitucional que cumplieron los 6 años por los que fueron designados y que no han cumplido 75 años de edad, así como la evaluación de doce magistrados de la Suprema Corte de Justicia que ya cumplieron 7 años en sus funciones, conforme lo previsto por el artículo 181 de la Constitución.
Se mostró confiado en que el CNM, presidido por el presidente Danilo Medina, llevará a cabo una selección que permitirá que los candidatas y candidatos más idóneos, capaces, leales a la Constitución, laboriosos y comprometidos con el fortalecimiento del Estado de derecho, sean los que accedan a ocupar las vacantes que se precisen en ambos tribunales. “El país tiene la ventaja de que ya conoce las premisas sobre las que actúa el Consejo con su composición y liderazgo actual. Recordemos que este Consejo organizó y llevó a cabo un proceso que fue tenido como modelo por la sociedad dominicana cuando el pasado año produjo la recomposición del pleno del Tribunal Superior Electoral y suplió cuatro plazas vacantes en la Suprema Corte de Justicia”, recordó.
El presidente del máximo órgano de interpretación de la Constitución indicó que la propia ley sustantiva define, en sus artículos 153 y 187, los requisitos y condiciones que debe contemplar el Consejo para las designaciones correspondientes en los indicados órganos. El primero de dichos textos dispone lo siguiente: “Para ser juez o jueza de la Suprema Corte de Justicia se requiere: 1) ser dominicana o dominicano de nacimiento u origen y tener más de treinta y cinco años de edad; 2) hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos; 3) ser licenciado o doctor en Derecho, y 4) haber ejercido durante por lo menos doce años la profesión de abogado, la docencia universitaria del Derecho o haber desempeñado, por igual tiempo, las funciones de juez dentro del Poder Judicial o de representante del Ministerio Público. Estos periodos podrán acumularse”.
Por su parte, el artículo 187 establece que “Para ser juez del Tribunal Constitucional se requieren las mismas condiciones exigidas para los jueces de la Suprema Corte de Justicia. Sus integrantes serán inamovibles durante el tiempo de su mandato. La condición de juez solo se pierde por muerte, renuncia o destitución por faltas graves en el ejercicio de sus funciones, en cuyo caso se podrá́ designar una persona para completar el periodo”.
Finalmente, el magistrado Ray Guevara agradeció las numerosas muestras de apoyo y respaldo que, de manera pública o privada, han manifestado importantes estamentos y personalidades y ciudadanos del país, a la extraordinaria labor que ha desarrollo el Tribunal Constitucional, que ha sido reconocida dentro y fuera de las fronteras nacionales y reiteró que confía en que el proceso dará cumplimiento a los mandatos de la Constitución y la ley.