La Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom), reiteró que el sector empleador está confiado en llegar a un acuerdo en el Comité Nacional de Salarios donde se aumenten los salarios mínimos de los trabajadores del sector privado no sectorizado y, al mismo tiempo, se cumpla con la Ley 187-17 que establece los umbrales que deben ser utilizados para clasificar las empresas.
Los salarios deben ser revisados cada 2 años como establece el Código de Trabajo, y acorde a eso, el sector empleador ha propuesto nuevas tarifas de salario mínimo que exceden la inflación de los últimos 2 años, mejoran significativamente el salario real de los trabajadores y están acordes a la ley.
La discusión para actualizar estos umbrales no es nueva, la resolución del Comité Nacional de Salarios del año 2015 establecía, en uno de sus artículos, que en 2017 las empresas estarían clasificadas de acuerdo a la ley. Posteriormente, en 2017 se acordó crear grupos de trabajo tripartitos, que no fueron convocados, para que en 2019 la clasificación de empresas fuese incorporada a la resolución que discutimos hoy día conforme lo dicta la ley.
Entre otras ventajas actualizar los valores para clasificar las empresas, permitirá: homogenizar criterios utilizados por agencias gubernamentales, facilitar la creación de bases de datos de empresas, fomentar la formalización de las Micro, Pequeña y Medianas empresas y, promover la universalidad en el SDSS, etc.
Adicionalmente, la sentencia del Tribunal Superior Administrativo de fecha 13 de junio de 2019, establece que las resoluciones del Comité Nacional de Salarios no podían incorporar las ordenanzas de la ley 187-17 en 2015 y 2017 porque esta no había sido promulgada. Por lo tanto, en 2019 es vinculante cumplir la ley al tiempo de establecer las nuevas tarifas de salario mínimo para los trabajadores del sector privado no sectorizado.