SANTO DOMINGO.- 14 días tendrá el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para deliberar sobre los incidentes y excepciones planteados por las defensas de los seis imputados acusados de soborno por la empresa Odebrecht, quienes este martes ratificaron sus conclusiones de nulidad, exclusión de pruebas, delaciones y declaratoria de incompetencia de los honorables magistrados para continuar el caso.

¿Cuál será la suerte de este proceso? Se preguntó el abogado Manuel Rodríguez, defensor de Conrado Pittaluga Arzeno.

“Se va a declarar la incompetencia de este tribunal, sino la nulidad de todas las situaciones, aquí el derecho apunta a eso, y no hay otra solución”, advirtió.

Pero, el representante del Ministerio Público, doctor Wilson Camacho, sostuvo que “no hay razón para que el tribunal se declare incompetente, primero porque lo apodera un auto después de la etapa intermedia; segundo hace un criterio pacífico de la jurisprudencia de la SCJ, que cuando existe un imputado desaforado como Tommy Alberto Galán, el resto de los acusados es arrastrado por él”.

“Así que no solo el resto de los incidentes, sino todos los incidentes de las defensas serán rechazados o serán declarados inadmisibles porque fueron planteados al margen de la ley ; y nosotros los hemos demostrado, y en sus réplicas no fueron capaces de demostrar ninguno de los argumentos del Ministerio Público”, dijo Camacho.

Opinión contraria externó Miguel Valerio Jiminián, abogado de Víctor Díaz Rúa.

“Después de la réplica del Ministerio Público, estamos convencidos de que el pleno de la SCJ se declarará incompetente, no pudieron demostrar argumentos de que haya conexidad con el senador Tommy Galán. Estamos abogando porque se declare incompetente y nosotros tener derecho a los recursos que nos da la ley”, aseguró.

“Logramos demostrar que el ingeniero Díaz Rúa, las delaciones premiadas dice que no le constan que le entregó ni un centavo, y que no tenía relación ni con Galán, ni otro imputado”, recordó.

“La patá del ahogado”
“La confusión del Ministerio Público”, afirmó José Miguel Minier, de que ellos no pueden anular el auto de apertura a juicio, y no deben excluir pruebas por la ilegalidad existente.

“Eso está bien discutido por la Constitución en su artículo 6; artículos 5,5 y 7 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; art. 26 del Código Procesal Penal; 166 y 167 por una sencilla razón a Ángel Rondón Rijo el Ministerio Público le ocultó todas las pruebas, expresado por el Juez Francisco Ortega Polanco de que le violaron sus derechos y debido proceso, por ende, todas las pruebas son ilegales”, refirió.

Calificó de “muy pobre y vacía” la réplica del Ministerio Público.

“Eso fue la patá del ahogado lo que hizo el Ministerio Público”, denunció.

“En el caso de nuestro cliente este es un caso nulo, porque los legisladores se benefician n o de la inmunidad, sino de la inviolabilidad y cuando usted somete a una persona tiene que demostrar que cometió algún ilícito, pero no lo puede someter porque siendo legislador aprobó una ley”, aseguró.

La defensa de Tommy Alberto Galán calificó pobre la réplica hecha por el Ministerio Público, porque “construir argumentos de la nada de una cosa que no debió encontrar nada en el país que lo firmara”.

“Se lo digo jurídicamente, ese expediente no existe, y el pueblo dominicano tiene que saber que aquí en República Dominicana no existe la triangulación o ruta del dinero utilizado para soborno”, añadió.

Pero, agregó Ricardo Taveras, el pueblo se dio cuenta de que aquí, se abrió un proceso pero que no existe una investigación y muchos menos juicio.