En relación con el expediente núm. TC-07-2020-0034, relativo a la solicitud de medida cautelar respecto a la Resolución núm. 67-20, dictada por el Congreso Nacional, y los Decretos núms. 213-20 y 214-20, emitidos por el Presidente de la República en fecha doce (12) de junio de dos mil veinte (2020), realizada por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), en ocasión de la acción directa de inconstitucionalidad, contra Resolución núm. 67-20, dictada por el Congreso Nacional, y los Decretos núms. 213-20 y 214-20, emitidos por el Presidente de la República en fecha doce (12) de junio de dos mil veinte (2020), la decisión adoptada es rechazar la solicitud.

Finalmente, en lo que respecta al expediente núm. TC-01-2020-0029, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), contra la Resolución núm. 67-20, dictada por el Congreso Nacional de la República Dominicana en fecha doce (12) de junio de dos mil veinte (2020), y los decretos números 213-20 y 214-20, emitidos por el Poder Ejecutivo el día doce (12) de junio del dos mil veinte (2020), la decisión tomada es declarar la acción inadmisible.