SANTO DOMINGO: El jurista y catedrático universitario, Namphi Rodríguez, cuestionó este miércoles la decisión del Ministerio de Educación de invertir RD$1,575 millones de pesos en la contratación de 35 medios de comunicación para el año escolar por motivo de la pandemia del covid 19, en lugar de apelar al estado de emergencia para usar dichas frecuencias a un menor costo para el Estado.

“El Ministerio de Educación pudo utilizar las disposiciones de la Ley 153-98, de Telecomunicaciones, que disponen que en estado de emergencia el Gobierno puede requerir el uso de las frecuencias de radiodifusión para morigerar este enorme presupuesto contratado”, observó el abogado y escritor, en varios mensajes colgados en su cuenta de twitter.

En opinión del abogado, con la situación de emergencia que vive el país, el Estado necesitaba por primera vez de la cooperación de ese sector, y no que se hicieran negocios extrayéndole al Estado esos $1,575 millones de pesos en medio de una situación de emergencia.

Sostuvo que la idea era que ellos -los radiodifusores- con esa modalidad de educación a distancia ya contratada, cubrieran sus operaciones y que al mismo tiempo se ganara un dinerito, no haciendo negocios como se hizo en perjuicio del Estado dominicano.

Ayer, el Ministerio de Educación informó que adjudicó los servicios para la difusión de los contenidos educativos correspondientes al año escolar 2020-2021 a 35 empresas de televisión, telecables y páginas digitales, seleccionadas de manera muy discrecional, por un monto de RD$1,575,043,073.50 de pesos.

Antes de esta última transacción esa institución había adjudicado los servicios de difusión de los contenidos educativos para nueve empresas televisivas y radiales por un monto total de RD$3,582,522,031.20.

El marco legal

El jurista Namphi Rodríguez citó el artículo 7 de la indicada ley, que establece: “En caso de encontrarse comprometidas condiciones de seguridad y defensa nacional o en caso de emergencia o catástrofes oficialmente declaradas, el Poder Ejecutivo, por medio del organismo competente, podrá dictar directrices que deberán ser cumplidas por los prestadores y usuarios de los servicios de telecomunicaciones. Dichas directrices se adoptarán dentro del pleno respeto al marco constitucional vigente”.

Rodríguez agrega que esas frecuencias son propiedad del Estado y lo que existe con los operadores privados es unan concesión renovable cada 20 años, pero que esa legislación

señala que si en medio de la vigencia de dicha concesión, se produce en el país alguna situación de emergencia, como lo es la pandemia del Covid-19, el Estado poder requerir el uso de esas frecuencias.

En ese orden, insistió en que “el Estado pudo recurrir a esas disposiciones para atenuar el pago de 1,575 millones. No es que no le paguen a esos radiodifusores, pero hay que tener claro que ellos utilizan las frecuencias de radio y televisión pagando muy poco por concepto de tasa al Estado”.

Sobre ese particular, resaltó que se dan casos de algunas emisoras de provincia que apenas pagan unos $35 mil pesos mensuales al Estado, cuando dijo se trata de empresas que producen millones de pesos por el uso de esas frecuencias.