SANTO DOMINGO.-El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) convocó para este miércoles 21 una audiencia pública para “dictar la norma que establece el procedimiento de revocación de autorizaciones para prestar servicios de telecomunicaciones y para el uso del Espectro Radioeléctrico en la República Dominicana”.
Informó que la actividad tendrá lugar a partir de las 11:00 de la mañana en el salón multiusos, ubicado en el quinto piso del edificio del Indotel, de la avenida Abraham Lincoln.
La presente norma tiene por objeto establecer un marco normativo que regule y precise el procedimiento administrativo para el ejercicio de la facultad revocatoria del Indotel, con el propósito de lograr la revocación total o parcial de las autorizaciones para prestar servicios de telecomunicaciones y para el uso del espectro radioeléctrico en el país.
La convocatoria a la consulta pública realizada mediante la resolución número 012-2021 del consejo directivo del Indotel, fue firmada por Nelson Arroyo, presidente; Hilda Patricia Polanco, Pavel Isa Príamo, Rafael Ramírez y Darío Rosario Adames, miembros; Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva.
En la audiencia se escucharán y recibirán comentarios u observaciones sobre la propuesta de la Norma que establece el procedimiento de revocación de una autorización, la cual es un acto jurídico que emite el Indotel, previo cumplimiento de las formalidades establecidas por la ley y la reglamentación vigente.
El regulador emite esta norma a los fines de otorgar al solicitante el derecho a prestar u operar servicios de telecomunicaciones, públicos o privados, en la República Dominicana y/o de autorizar la realización de actos y actividades que requieren la aprobación previa del Indotel y que conllevan o están vinculados a una Concesión, Inscripción en el Registro Especial, Licencia, transferencia, cesión, arrendamiento, otorgamiento del derecho de uso, constitución de un gravamen o transferencia de control.
La referida norma explica que se consideran interesados en el procedimiento de revocación de autorizaciones, aquellos que lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
También, “los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos o intereses que puedan resultar afectados directamente por las decisiones que se adopten en el mismo; aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados directamente por la resolución e intervengan en el procedimiento en tanto no se haya dictado resolución definitiva”.
En cuanto a la revocación, en la norma se plantea la extinción unilateral por parte de la administración de la relación jurídica o de los efectos generados por actos válidos, cuyas consecuencias devienen en ilegales o inoportunas.
Otro aspecto que se conocerá en la audiencia es el relativo a los plazos contemplados en la Ley General de Telecomunicaciones, número 153-98, del 27 de mayo de 1998, los cuales mediante la actual Norma propuesta “se entienden como plazos francos y sólo se computan los días hábiles, salvo que se indique algo distinto de manera expresa”.