Pedro Richardson
El Tribunal Superior Administrativo se ha metido a modificar la Constitución aprovechando la falta de precisión tanto en la propia Constitución como en la Ley 33-18 de Partidos, Asociaciones y movimientos políticos. Y esa, lo quieran o no ver, no es su función. O por lo menos no es lo que pretendía el recurrente Fuerza del Pueblo.
El TSA ha llegado a una interpretación de los hechos inaudita tras auto convencerse de que la asignación pública a los partidos políticos es un derecho fundamental de los mismos, tal como el derecho a la libertad o a la vida de un ciudadano, y encima le ha puesto hasta precio
El TSA desconociendo la potestad reglamentaria de la JCE en la materia, termina confundiendo la capacidad discrecional de decidir ésta en el marco de la ley con una supuesta arbitrariedad y casi dejar a entender que incumpliendo obligatoria objetividad, ha tratado de perjudicar injustificadamente a la Fuerza del Pueblo.
No es que nos opongamos que para determinar los por ciento de votación que dan acceso a un Partido político a un grupo u otro de ayudas públicas se pueda considerar solo los resultados de las elecciones presidenciales, es que la ley de partidos como el mismo tribunal reconoce, no lo define con precisión y por tanto la decisión de la JCE de promediar los voto obtenidos por cada partido en las elecciones presidenciales, a senadores y a diputados, es perfectamente legal. Y si es legal el TSA, lo debería de respetar ya que ello no son los que deben de decidir, sino juzgar si lo actuado por la JCE es ajustado o no a la ley, al margen de lo que crean más deseable los miembros del tribunal.
Aun reconociendo que la sentencia del TSA es contraria a lo que pensamos, como todavía está sujeta a casación, todavía la bola está en la cancha, y no es de aplicación y ejecución inmediata. Podríamos decir que todavía, las espadas están en todo lo alto, y no hay perdedores ni ganadores, aunque nos atrevemos a pronosticar que el resultado del primer inning, no coincidirá con el resultado final del partido, una vez se pronuncie la Suprema Corte de Justicia y, quizás, hasta el Tribunal Constitucional. Y digo esto porque verdaderamente el TSA no se ha ahorrado generar una controversia en el ámbito de lo legal, sino también con su decisión obligará a tener que hacer una interpretación constitucional.
Esperemos al final de la película para saber en que acaba esta historia de despropósito jurídico y de imprevisibles consecuencias para el devenir político del país si sucede la desgracia de que se mantenga lo que inadecuadamente ha sentenciado el TSA.