Santo Domingo-Diversos juristas consideran preocupante el hecho de que la Procuraduría General de la República recurra a “artimañas” para interceptar teléfono de abogados y violar el secreto profesional entre cliente y representado, como supuestamente ocurrió esta semana en el caso Odebrecht con abogados de Conrado Pittaluga.
El jurista Manuel Castillo consideró el hecho como algo “inadmisible” que viola la confidencialidad abogado-cliente, también opina que es una “grosera violación al Derecho Defensa”.
La abogada Elizabeth Mateo entiende que ese es un hecho “gravísimo”. Opinó que “el problema no es este caso, sino en qué otros casos se está repitiendo ese patrón de solicitudes de interceptación de llamadas haciendo creer que es a un imputado y es a un abogado de la defensa. Esas son las acciones que crean desconfianza en la justicia”.
Entiende que la comunidad jurídica debe alarmarse de que el Ministerio Público haya confesado que intervino el teléfono del hijo de un encausado a sabiendas de que era su abogado.
El pasado lunes salió a relucir en audiencia que el Ministerio Público habría utilizado estrategia de “pinchar” teléfono de hijo de Conrado Pittaluga Arzeno para encontrar alguna “pista” de los sobornos de Odebrecht.
En opinión del abogado Félix Porte, carece de objeto que el Ministerio Público haya intervenido el teléfono del hijo de Conrado Pittaluga, ya que el artículo 196 del Código Procesal le faculta a abstenerse a prestar declaraciones. En tanto que Harold Modesto describe que pudo haber sido como una estrategia para presionar al imputado en la fase investigativa.
“Creo que si el Ministerio Público no aportó (registros de interceptación telefónica) es porque el propósito era encontrar alguna pista”, refirió Modesto al explicar que este tipo de prueba no requiere ser validado por un imputado y en tal sentido no aplica la excepción, o derecho a abstenerse de ser testigo en un proceso penal, que establece el Código Procesal Penal.
En relación “pinchar” los móviles de los abogados, Modesto explicó que parece ser una práctica del Ministerio Público estar interceptando conversaciones de imputados con abogados “para saber si los imputados sugieren información relativas al ocultamiento de las pruebas”.
El jurista Cándido Simon explicó que, en esta fase del proceso al juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, no le corresponde decidir sobre la nulidad de esa actuación, toda vez que Conrado Vicioso no está siendo acusado en el caso.